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RESOLUCIÓN 2826 DE 2023
(julio 25)
Diario Oficial No. 52.469 de 27 de julio de 2023
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Por la cual se establecen los parámetros para la elaboración de la Hoja de Servicios para el personal uniformado y no uniformado de la Policía Nacional, y se dictan otras disposiciones.
EL MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en los artículos 59 numeral 3 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con el artículo 200 del Decreto ley 1212 del 8 de junio de 1990, artículo 144 del Decreto ley 1213 del 8 de junio de 1990, artículo 144 del Decreto ley 1214 del 8 de junio de 1990, artículo 104 del Decreto número 1091 del 27 de junio de 1995 y el artículo 93 del Decreto número 668 del 30 de abril de 2022.
CONSIDERANDO:
Que atendiendo la solicitud del Director General de la Policía Nacional de Colombia con oficio GS-2023-040987 - / DITAH-APROP - 1.10 y exposición de motivos del 4 de julio de 2023, se hace necesario establecer los parámetros para la elaboración de la Hoja de Servicios del personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Patrulleros de Policía y personal no uniformado, retirados del servicio activo de la Policía Nacional.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Establecer los parámetros y requisitos necesarios para la elaboración de la Hoja de Servicios del personal de Oficiales, Nivel Ejecutivo, Suboficiales, Agentes, Patrulleros de Policía y personal no Uniformado retirados del servicio activo de la Policía Nacional, para efectos de reconocimiento prestacional.
ARTÍCULO 2o. DEFINICIÓN. Para efectos de la presente resolución entiéndase como Hoja de Servicios, el acto preparatorio o de trámite, expedido en virtud de la desvinculación del personal uniformado y no uniformado de la Policía Nacional, que contiene la relación detallada de los datos personales del retiro, servicios prestados, información salarial, prestacional y deducciones, en cualquiera de las formas establecidas por la ley.
ARTÍCULO 3o. CONTENIDO. La Hoja de Servicios del personal uniformado y no uniformado retirado de la Policía Nacional se compone de los siguientes ítems:
1. MEMBRETE. Ciudad, fecha, libro y folio.
2. DATOS DEL RETIRADO. Grado, apellidos y nombres, cédula de ciudadanía, fecha de nacimiento, estado civil, disminución de la capacidad laboral, dirección actual, ciudad, teléfono, última unidad laboral, causal de retiro, disposición del retiro y fecha de retiro.
3. COMPOSICIÓN FAMILIAR. Nombre de la madre, nombre del padre, nombre del cónyuge, nombre de los hijos y fecha de nacimiento.
4. SERVICIOS PRESTADOS Y DEDUCCIONES: A través de este ítem se describen las novedades que dan lugar al reconocimiento de tiempos de servicio o deducciones que deban efectuarse de acuerdo a la normatividad vigente, relacionando detalladamente el número de disposición, la fecha de inicio y el término de las mismas.
5. FACTORES SALARIALES. Descripción de los haberes mensualmente devengados por el personal uniformado y no uniformado de la Policía Nacional, de acuerdo a la normatividad vigente.
6. FACTORES PRESTACIONALES. Descripción de partidas computables tenidas en cuenta para el reconocimiento de una asignación de retiro o pensión, según corresponda de acuerdo a la normatividad vigente.
7. OBLIGACIONES LEGALMENTE DEDUCIBLES. Descripción, código de descuento, fecha de inicio, fecha de término y valor total.
8. EMBARGOS PRESTACIONALES. Tipo de descuento, juzgado y porcentaje.
9. DESCUENTOS EN PROCESO. Descripción, código del descuento y valor.
10. NOTA. Corresponde a la información relacionada con la contabilización de la diferencia del año laboral como tiempo de servicios para efectos de asignación de retiro o pensión, llegado el caso.
11. OBSERVACIONES. Es la relación de las novedades encontradas durante la expedición de la Hoja de Servicios, para cada caso en particular.
12. FIRMAS. Para efectos de certificar la autenticidad de la Hoja de Servicios, esta será expedida, aprobada y firmada en forma manuscrita por los funcionarios competentes, sin embargo, la referida firma podrá ser, digital o electrónica, a través de las herramientas tecnológicas dispuestas para tal fin, de acuerdo con las siguientes definiciones:
12.1. Firma Manuscrita: Entendida como la impresión ológrafa o manual que se hace de puño y letra del firmante y la forma tradicional de recogerla es mediante un útil de escritura que plasma el trazo en un papel, a través del cual se da cuenta de quien o quienes han suscrito el documento físico
12.2. La Firma Digital: es un método criptográfico que asocia la identidad de una persona o de un equipo informático al mensaje o documento. En función del tipo de firma, puede, además, asegurar la integridad del documento o mensaje.
12.3. Firma Electrónica: es una herramienta digital que utiliza mecanismos de autenticación para sustituir la firma autógrafa, es decir, aquella manuscrita en papel.
13. DATOS BANCARIOS. Número de cuenta y entidad financiera.
PARÁGRAFO. La información para la elaboración de la Hoja de Servicios del personal uniformado y no uniformado retirado del servicio activo de la Policía Nacional, será extraída de la Historia Laboral de cada funcionario.
ARTÍCULO 4o. ELABORACIÓN. La Policía Nacional, elaborará la Hoja de Servicios del personal uniformado y no uniformado retirado del servicio activo, así como los actos administrativos con los que se realicen adiciones, de conformidad con la normatividad vigente.
ARTÍCULO 5o. REMISIÓN A DEPENDENCIAS. La Hoja de Servicios del personal uniformado y no uniformado retirado del servicio activo de la Policía Nacional, se elaborará en formato original, copia de la cual será remitida a las dependencias y entidades encargadas del pago de las prestaciones que se causen, procediendo finalmente a insertarla en la Historia Laboral del funcionario retirado.
ARTÍCULO 6o. CARACTERÍSTICA FÍSICA DEL DOCUMENTO. La Hoja de Servicios se elaborará en papel de seguridad, con marca de agua.
ARTÍCULO 7o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución número 8252 del 30 de noviembre de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de julio de 2023.
El Ministro de Defensa Nacional,
Iván Velásquez Gómez.