Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
RESOLUCIÓN 1206 DE 2016
(diciembre 22)
Diario Oficial No. 50.095 de 22 de diciembre de 2016
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
Por la cual se adopta el aplicativo de “Ingreso y Consulta de Información de Personas Capacitadas en el Manejo de Alcohosensores”.
EL DIRECTOR GENERAL,
en ejercicio de sus facultades legales, y en especial en las conferidas en la Ley 938 del 30 de diciembre 2004, en concordancia con el Acuerdo número 08 de 2012, y con la Ley 1696 de 2013, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, como responsable de la dirección, organización y control del Sistema Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en Colombia y en aras de dar cumplimiento a lo ordenado por la Ley 1696 de 2013, en cabeza de su Director, expidió la Resolución número 00181 del 27 de febrero de 2015 por medio de la cual se adoptó la “Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado”, la cual inició su vigencia a partir del 1 de septiembre de 2015.
Que así mismo, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, mediante Resolución número 000625 del 24 de agosto de 2015, estableció el contenido mínimo del Plan de Estudios para certificar la capacitación de los operadores de analizadores de alcohol en aire espirado (alcohosensores)”.
Que el 18 de diciembre de 2015, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, expidió la Resolución número 001844 por la cual se adoptó la segunda versión de la “Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado”, la cual inició su vigencia a partir del 1 de enero de 2016.
Que en el numeral 7.2 de la segunda versión de la “Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado”, adoptada mediante Resolución número 001844 de 2015, se determinó como requisito de aseguramiento de la calidad de la medición, la competencia del operador a través de la certificación de la capacitación conforme al Anexo 2, la cual tendrá una vigencia de cinco años.
Que así mismo, en el anexo 2 de la segunda versión de la “Guía para la Medición Indirecta de Alcoholemia a Través de Aire Espirado”, adoptada mediante Resolución número 001844 de 2015, se estableció que “El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses consolidará la información relacionada con las personas capacitadas en el manejo de alcohosensores, la cual estará disponible para ser consultada por la ciudadanía en general, a través del portal institucional (www.medicinalegal.gov.co). Este procedimiento será definido mediante acto administrativo”.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario que la Entidad determine el procedimiento de ingreso y consulta de información de personas capacitadas en el manejo de alcohosensores,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. ADOPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. Adoptar en todas sus partes el procedimiento denominado “Ingreso Y Consulta De Información De Personas Capacitadas en el Manejo De Alcohosensores” Código DG-M-P-67 -Versión 01, aprobado como documento del Sistema Integrado de Gestión de la Calidad, disponible en el aplicativo Isolución, el cual hace parte integral de la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 2016.
CARLOS EDUARDO VALDÉS MORENO.
INGRESO Y CONSULTA DE INFORMACIÓN DE PERSONAS CAPACITADAS EN EL MANEJO DE ALCOHOSENSORES.
<ANEXO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN DIARIO OFICIAL No. 50.095 de 22 de diciembre de 2016, PUBLICADO EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>