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RESOLUCION 416 DE 2005

(abril 11)

Diario Oficial No. 45.884 de 19 de abril de 2005

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

Por la cual se establecen los trámites para los usuarios externos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

EL DIRECTOR GENERAL,

en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 84 de la Constitución Política de Colombia se establece que cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para su ejercicio;

Que el artículo 3o del Código Contencioso Administrativo señala que en virtud del principio de celeridad, las autoridades podrán suprimir trámites innecesarios y utilizar los formularios para las actuaciones que lo hagan posible;

Que el artículo 59 de la Ley 489 de 1998 en su numeral 5, establece que las entidades del Estado deben cumplir con sus funciones y atender los servicios que les están asignados en desarrollo de la ley y sus decretos y dictar las normas necesarias para tal efecto;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Establecer en el presente acto administrativo los trámites para los usuarios externos del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses a nivel nacional, en lo relacionado con:

- Búsqueda de personas desaparecidas.

- Entrega de cadáveres, y

- Quejas, reclamos y sugerencias.

PARÁGRAFO. Los trámites anteriormente mencionados hacen parte del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2o. Delegar en la Oficina de Planeación la facultad de coordinar, acompañar y asesorar a las áreas responsables para que elaboren los trámites que deben cumplir los usuarios externos ante el Instituto y sus respectivas actualizaciones.

ARTÍCULO 3o. La Oficina de Planeación en asocio con el área responsable difundirá a la ciudadanía los trámites que deben cumplir los usuarios externos de los servicios que presta el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forense s a través de mecanismos idóneos, así como a toda la organización y especialmente a los servidores públicos responsables de su aplicación a nivel nacional.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 11 de abril de 2005.

El Director General,

MÁXIMO ALBERTO DUQUE PIEDRAHÍTA.

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