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RESOLUCIÓN 183 DE 2007
(marzo 27)
Diario Oficial No. 46.594 de 9 de abril de 2007
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
Por la cual se adopta el Código de Etica para el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
EL DIRECTOR GENERAL,
en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en la Ley 938 de diciembre 30 de 2004, la Ley 872 del 30 de diciembre de 2003, el Decreto 4110 del 9 de diciembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política en su artículo 209 establece: “La Administración Pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”;
Que a su vez, el artículo 269 de la Constitución Política establece que: “En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de Control Interno, de conformidad con lo que disponga la ley”;
Que el Decreto 1599 del 20 de mayo de 2005 expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, “por el cual se adoptó el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano”, determinó las generalidades y la estructura necesaria para establecer, documentar, implementar y mantener un Sistema de Control Interno en las entidades y agentes obligados conforme el artículo 5o de la Ley 87 de 1993;
Que mediante la Circular 03 del 27 de septiembre de 2005, “por la cual se establecen los lineamentos generales para la implementación del Modelo Estándar de Control Interno MECI 1000:2005” expedida por el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en Materia de Control Interno de las entidades del orden nacional y territorial, se dispone la complementariedad con el Sistema de Gestión de Calidad implementado bajo estándares de calidad de la Norma NTCGP 1000:2004;
Que el Decreto 3622 de 2005 del 10 de octubre de 2005 expedido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, “por el cual se adoptan las políticas de desarrollo administrativo y se reglamenta el Capítulo IV de la Ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de Desarrollo Administrativo”, en su artículo 7o define dentro de las políticas de desarrollo administrativo la moralización y transparencia en la Administración Pública;
Que teniendo en cuenta que en el Subsistema Estratégico de Control en su componente Ambiente de Control uno de sus elementos es el Código de Etica, se hace necesario adoptarlo al interior de la entidad como elemento de control para ser implementado en el Sistema de Control Interno de acuerdo con los requerimientos del MECI 1000:2005;
Que los reglamentos agilizan las actuaciones administrativas, dan transparencia y claridad en las funciones, responsabilidades y competencias a los comités internos que se establecen para la gestión de la Entidad;
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adoptar el Código de Etica Versión Uno (1) del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, dado por los Principios, Valores, y Directrices que en coherencia con el Código de Buen Gobierno, todo servidor público de la entidad debe observar en el ejercicio de su función, el cual hace parte integral de la presente resolución y se encuentra contenido en seis (6) folios.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de marzo de 2007.
El Director General,
MÁXIMO ALBERTO DUQUE PIEDRAHÍTA.