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RESOLUCION 00096 DE 2004

(marzo 8)

Diario Oficial No. 45.518, de 13 de abril de 2004

INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES

Por la cual se crea y organiza el Comité de Cadena de Custodia en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

EL DIRECTOR GENERAL

en uso de las facultades legales, en especial las conferidas en el Decreto 261 del 22 de febrero de 2000,

CONSIDERANDO:

Que la misión fundamental del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, es prestar auxilio y soporte técnico y científico a la administración de justicia en todo el territorio nacional, en lo concerniente a la medicina legal y las ciencias forenses;

Que el Código de Procedimiento Penal define los criterios que se deben tener en cuenta para la apreciación del dictamen pericial, la idoneidad del perito, la fundamentación técnico-científica que sustenta el dictamen, el aseguramiento de calidad aplicado, el sistema de cadena de custodia registrado y los demás elementos probatorios que obren en el proceso;

Que de conformidad con el inciso 3 del artículo 288 del Código de Procedimiento Penal, son responsables de la aplicación del Sistema de Cadena de Custodia todos los servidores públicos y los particulares que tengan relación con los elementos materia de prueba, incluyendo al personal de servicios de salud, que dentro de sus funciones tengan contacto con elementos físicos que puedan ser de utilidad en la investigación penal;

Que se hace necesario contar con un grupo de trabajo que tenga como finalidad, crear mecanismos expeditos con miras a revisar el procedimiento de Cadena de Custodia, debido al sistema acusatorio que entrará en vigencia en el año 2005;

Que por lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Crear y organizar en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses el Comité de Cadena de Custodia, el cual estará integrado por:

- Secretario General.

- Subdirector de Investigación Científica.

- Subdirector de Servicios Forenses.

- Jefe Oficina Jurídica.

- Director Regional Oriente.

- Director Regional Bogotá.

- Coordinadores de Grupo de la Dirección Regional Bogotá.

PARÁGRAFO. Actuará como secretario del Comité, un abogado de la Oficina Jurídica.

ARTÍCULO 2o. Funciones del Comité:

a) Hacer seguimiento al Sistema de Cadena de Custodia que se lleva a cabo en el Instituto;

b) Determinar junto con las autoridades y usuarios externos las debilidades y fortalezas de nuestro Sistema de Cadena de Custodia;

c) Establecer políticas de mejoramiento;

d) Darse su propio reglamento.

ARTÍCULO 3o. Los demás Directores Regionales, serán los encargados de coordinar y velar porque se cumplan los lineamientos fijados por el Comité de Cadera de Custodia, creado en la presente resolución..

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a 8 de marzo de 2004.

El Director General,

ALFONSO CUEVAS ZAMBRANO.

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