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RESOLUCIÓN No 1980A de 2019
(junio 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por la cual se efectúa un ajuste en el Presupuesto de Funcionamiento para la vigencia fiscal de 2019
LA SECRETARIA EJECUTIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018 "Por la cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2019", asignó a la Jurisdicción Especial para la Paz una partida presupuestal por valor de $292.465.828.023.
Que el Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018 "Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos", asignó a la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP en gastos de funcionamiento para las unidades 44-01-02 "Tribunal de Paz y Salas de Justicia", 44-01- 03 "Unidad de Investigación y Acusación" y 44-01-04 "Secretaría Ejecutiva", las partidas presupuéstales por valor de $103.049.541.676, $34.929.766.960 y $64.128.314.473, respectivamente y otra para los gastos de inversión de la unidad ejecutora 44-01-04 "Secretaría Ejecutiva" por valor de $90.358.204.914.
Que el artículo 8 del Decreto 412 del 2 de marzo de 2018, establece: "...Artículo 2.8.1.5.6. Modificaciones al Detalle del Gasto. Fas modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se liaran por resolución o acuerdo de las juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuéstales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación. ”
Que en la justificación Técnico - Económica suscrita por la Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz - JEP, se consideró necesario efectuar un traslado presupuestal entre Unidades Ejecutoras, con el objeto de atender la solicitud de la Subdirección de Talento Humano en la que requiere ajustar los rubros de nómina para dar cumplimiento a los Decretos del 06 de junio de 2019 números 991 "Por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Rama Judicial"; 992 "por el cual se modifica la bonificación judicial para los servidores de la Rama Judicial"; 993 "por el cual se modifica la bonificación judicial para los servidores de la Fiscalía General de la Nación"; 996 "por el cual se dictan normas sobre el régimen salarial y prestacional para los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones" y 1000 "por el cual se reajusta la bonificación de actividad judicial para jueces y fiscales", contracreditando los recursos de la cuenta de gastos de personal de la Unidad Ejecutora 44-01-04 "Secretaria Ejecutiva" en el objeto de gasto A-01-01-01 "Salarios", y acreditando los recursos de la cuenta de gastos de personal de las Unidades Ejecutoras 44-01-02 "Tribunal de Paz y Salas de Justicia", 44-01-03 "Unidad de Investigación y Acusación" y 44-01-04 "Secretaria Ejecutiva", en los objetos de gasto A-01-01-01 "Salario", A-01-01- 02 "Contribuciones Inherentes a la Nómina" y A-01-01-03 "Remuneraciones no Constitutivas de Factor Salarial".
Que en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento para la vigencia fiscal 2019, existe apropiación presupuestal disponible y libre de afectación en la Unidad Ejecutora 44-0104 "Secretaría Ejecutiva" por valor de $6.370.487.228, según Certificados de Disponibilidad Presupuestal 919 y 1019 expedidos por la Subdirección Financiera de la JEP el día 12 de junio de 2019.
Que el parágrafo 2 artículo 1 del Decreto 2107 de 2017 establece: "De conformidad con las facultades que se consagran el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección."
Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, se requiere efectuar el traslado en las cuentas de Funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz -JFP para la vigencia 2019.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. - Efectuar el siguiente traslado en el presupuesto de funcionamiento del Tribunal de Paz y las Salas de Justicia, de la Unidad de Investigación y Acusación y de la Secretaría Ejecutiva de la siguiente manera:
CONTRACRÉDITO
SECRETARÍA EJECITIVA - 4401-04 | ||||||
TIPO PPTO | CIA PROG | SUBC SUBP | OBJG 1 PROY | REC | DESCRIPCIÓN | VALOR |
A | FUNCIONAMIENTO | 6.370.487.228 | ||||
A | 01 | GASTOS DE PERSONAL | 6.370.487.228 | |||
A | 01 | 01 | PIANTA DE PERSONAL PERMANENTE | 6.370.487.228 | ||
A | 01 | 01 | 01 | 10 | Salario | 6.370.487.228 |
TOTAL CONTRACREDITO | CRÉDITO | 6.370.487.228 |
CREDITO
TRIBUNAL DE PAZ Y SALAS DEJUSTICIA - 4401-02 | ||||||
UPO PITO | CIA PROG | SUBC SUBP | OBJG PROY | REC | DESCRIPCIÓN | VALOR |
A | FUNCIONAMIENTO | 4.513.370.792 | ||||
A | 01 | GASTOS DE PERSONAL | 4.513.370.7921 | |||
A | 01 | 01 | PIANTA DE PERSONAL PERMANENTE | 4.513.370.792 | ||
A | 01 | 01 | 01 | 10 | Salario | 2.123.058.769 |
A | 01 | 01 | 02 | 10 | Contribuciones Inherentes a la Nómina | 1.049.922.873 |
A | 01 | 01 | 03 | 10 | Remuneraciones no Constitutivas de Factor Salarial | 1.340.389.150 |
UNIDAD DE INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN 44-01-03 | ||||||
TIPO PPTO | CIA PROG | SUBC SUBP | OBJG PROY | REC | DESCRIPCIÓN | VALOR |
A | FUNCIONAMIENTO | 1.356.774.231 | ||||
A | 01 | GASTOS DE PERSONAL | 1.356.774.231 | |||
A | 01 | 01 | PLANTA DF. PERSONAL PERMANENTE | 1.356.774.231 | ||
A | 01 | 01 | 01 | 10 | Salario | 586.88 1.037 |
A | 01 | 01 | 02 | 10 | Contribuciones Inherentes a la Nómina | 2ti8.065.153 |
A | 01 | 01 | 03 | 10 | Remuneraciones no Constitutivas de Factor salarial | 501.825.041 |
SECRETARÍA EJECUTIVA - 4401-04 | ||||||
FIPO PPTO | CIA PROG | SUBC SUBP | OBJG PROY | REC | DESCRIPCIÓN | VALOR |
A | FUNCIONAMIENTO | 500.342.205 | ||||
A | 01 | GASTOS DF. PERSONAL | 500.342.205 | |||
TIPO PPTO | CIA PROG | SUBC SUBP | OBJG PROY | REC | DESCRIPCIÓN | VALOR |
A | 01 | 01 | PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE | 500.342.205 | ||
A | 01 | 01 | 02 | 10 | Contribuciones Inherentes a la Nómina | 281.517.515 |
A | 01 | 01 | 03 | 10 | Remuneraciones no Constitutivas de Factor Salarial | 218.794.690 |
TOTAL CRÉDITO | 6.370.487.228 |
ARTÍCULO SEGUNDO. - La presente Resolución requiere para su validez, aprobación de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
ARTÍCULO TERCERO. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los 12 días del mes de junio de 2019
MARÍA DEL PILAR BAHAMÓN FALLA
Secretaria Ejecutiva