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RESOLUCIÓN No 571 de 2018

(agosto 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se modifica la desagregación efectuada en la Resolución No. 001 del 9 de enero de 2018 en la cuenta de Gastos de Personal, para la vigencia fiscal de 2018

LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017 y la Resolución 203 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluciones 018, 1564 y 1640 del 5 de enero, 1 de junio y 12 de junio de 2018, respectivamente, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuó distribución a las cuentas de Gastos de Personal y Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP para la vigencia fiscal 2018, por valores de Setenta y Cuatro Mil Millones ($74.000.000.000), Cuatro Mil Millones ($4.000.000.000) y Veintiséis Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro Millones ($26.554.000.000) de pesos M/cte., para un total de $104.554.000.000 recursos presupuestados.

Que el Artículo 2.8.1.7.5 del Decreto No. 1068 de 2015 establece "El registro de los compromisos con cargo al Presupuesto General de la Nación correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y de Gastos Generales en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el detalle establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional".

Que el Artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, establece la obligación por parte de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuéstales establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Que mediante Resolución 069 del 29 de diciembre de 2011, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Plan de Cuentas a que se refieren los considerandos anteriores.

Que mediante Resolución 001 del 9 de enero de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018, correspondiente a la cuenta de Gastos de Personal de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.

Que mediante Resolución No. 534 del 03 de agosto de 2018, refrendada por el Director General del Presupuesto Público Nacional, se efectúo un ajuste en el presupuesto de funcionamiento para la vigencia 2018, con el fin de amparar las primas técnicas a que tienen derecho los nombramientos de los cargos Director Estratégico grado I y Asesor grado I.

Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar desagregación al rubro A-1 -0-1 -4 Prima Técnica a nivel detallado en el rubro A-1-0-1 -4 -2 "Prima Técnica No Salarial", con el fin de atender nombramientos de la planta de personal de la JEP.

Que el Decreto 2107 de 2017 establece: "...el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección."

Que la Resolución No. 0203 de 2018 en el artículo 2 señala: "Delegar en el Director Administrativo la función de ordenación del gasto de la Jurisdicción.

Parágrafo. En virtud de esta delegación, el Director Administrativo se encargará de la desagregación del presupuesto y sus modificaciones, como también de la ordenación de los pagos respectivos."

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Efectuar una modificación a la desagregación en la cuenta de Gastos de Personal para la vigencia fiscal 2018, por valor de Sesenta y Siete Millones de Pesos ($67.000.000) discriminados así:

CTASUB
CTA
OBJ
GTO
ORDSUBORDCONCEPTODESAGREGACION
VALOR
10 GASTOS DE PERSONAL67.000.000
101 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A NOMINA67.000.000
1014PRIMA TECNICA67.000.000
10142Prima Técnica No Salarial67.000.000

ARTÍCULO SEGUNDO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 21 días del mes de agosto de 2018

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

Secretaria Ejecutiva (E)

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