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RESOLUCIÓN No 442 de 2018

(julio 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se modifica y adiciona la desagregación efectuada en la Resolución No. 001 del 9 de enero de 2018 en la cuenta de Gastos de Personal, para la vigencia fiscal de 2018

LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017 y la Resolución 203 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resoluciones 018, 1564 y 1640 del 5 de enero, 1 de junio y 12 de junio de 2018, respectivamente, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuó distribución a las cuentas de Gastos de Personal y Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP para la vigencia fiscal 2018, por valores de Setenta y Cuatro Mil Millones ($74.000.000.000), Cuatro Mil Millones ($4.000.000.000) y Veintiséis Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro Millones ($26.554.000.000) de pesos M/cte., para un total de $104.554.000.000 recursos presupuestados.

Que el Director General del Presupuesto Público Nacional mediante oficio No. 2-2018020271 del 21 de junio de 2018, aprobó el levantamiento de la leyenda "Previo concepto DGPPN" del rubro A-1-0-1-10 Otros Gastos de Personal, con el fin de complementar la apropiación de Gastos de personal para la provisión de cargos entre los meses de junio y septiembre de 2018.

Que mediante Resolución No. 431 del 28 de junio de 2018, refrendada por el Director General del Presupuesto Público Nacional, se efectúo un ajuste en el presupuesto de funcionamiento para la vigencia 2018, con el fin de recomponer los rubros de gastos de personal que amparen los nombramientos del personal entre los meses de junio y septiembre, acordado según la gradualidad aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que el Artículo 2.8.1.7.5 del Decreto No. 1068 de 2015 establece "El registro de los compromisos con cargo al Presupuesto General de la Nación correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y de Gastos Generales en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el detalle establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional".

Que el Artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, establece la obligación por parte de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuestaos establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Que mediante Resolución 069 del 29 de diciembre de 2011, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Plan de Cuentas a que se refieren los considerandos anteriores.

Que mediante Resolución 001 del 9 de enero de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018, correspondiente a la cuenta de Gastos de Personal de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.

Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar una modificación a los rubros desagregados inicialmente al interior de los conceptos A-1-0- 1 -1 "Sueldos de Personal de Nómina", A-1 -0-1-4 "Prima Técnica", A-1 -0-1 -5 "Otros", A-1-0- 1-9 "Horas Extras, Días Festivos e Indemnización por Vacaciones" y A-1-0-5 "Contribuciones Inherentes a la Nómina Sector Privado y Público" correspondientes a la cuenta de Gastos de Personal de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de atender los nombramientos a realizarse entre los meses de julio y agosto.

Que el Decreto 2107 de 2017 establece: "...el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección."

Que la Resolución No. 0203 de 2018 en el artículo 2 señala: "Delegar en el Director Administrativo la función de ordenación del gasto de la Jurisdicción.

Parágrafo. En virtud de esta delegación, el Director Administrativo se encargará de la desagregación del presupuesto y sus modificaciones, como también de la ordenación de los pagos respectivos."

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. - Efectuar una modificación y una adición a la desagregación inicial en la cuenta de Gastos de Personal para la vigencia fiscal 2018, por valor de Dos Mil Novecientos Ochenta y Seis millones Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Pesos ($2.986.056.354) discriminados así:

CTASUBCOBJGORDSUB
ORD
RECCONCEPTOValor a
Desagregar
1O  GASTOS DE PERSONAL2.986.056.354
1o14 PRIMA TECNICA19.195.086
10142Prima Técnica No Salarial19.195.086
1o1510OTROS1.588.828.771
10151Gastos de Representación82.979-423
10152Bonificación por Servicios Prestados47.228.862
10157Bonificación por Compensación267.452.031
101511Otras Bonificaciones no Provisionadas459.040.616
101514Prima de Servicios71.219.947
101515Prima de Vacaciones76.887.529
101516Prima de Navidad223.529.157
101522Prima Especial de Servicios251.132.342
1o1560Otras Primas Provisionadas109.358.864
1o19 HORAS EXTRAS, DIAS FESTIVOS E INDEMNIZACION POR VACACIONES181.447.112
1019 Horas Extras181.447.112
1o5 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO1.196.585.385
1o51 ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PRIVADO309.192.263
10511Cajas de Compensación Privadas61.084.614
10513Fondos Administradores de Pensión Privados114.859.717
10514Empresas Privadas Promotoras de Salud133.247.932
1o52 ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PUBLICO800.947.557
10522Fondo Nacional de Ahorro278.514.087
10523Fondos Administradores de Pensión Públicos114.865.794
10526Empresas Públicas Promotoras de Salud30.605.142
10527Administradoras Públicas de Aportes para Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales376.962.534
1056 Aportes al ICBF45.813.460
1057 Aportes al SENA7.635.577
1059 Aportes a Escuelas Industriales e Institutos Técnicos32.996.528

ARTÍCULO SEGUNDO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los 17 días del mes de julio de 2018

MARTHA LUCÍA ZAJMORA ÁVILA

Directora Administrativa

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