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RESOLUCIÓN No 442 de 2018
(julio 17)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por la cual se modifica y adiciona la desagregación efectuada en la Resolución No. 001 del 9 de enero de 2018 en la cuenta de Gastos de Personal, para la vigencia fiscal de 2018
LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017 y la Resolución 203 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resoluciones 018, 1564 y 1640 del 5 de enero, 1 de junio y 12 de junio de 2018, respectivamente, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuó distribución a las cuentas de Gastos de Personal y Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP para la vigencia fiscal 2018, por valores de Setenta y Cuatro Mil Millones ($74.000.000.000), Cuatro Mil Millones ($4.000.000.000) y Veintiséis Mil Quinientos Cincuenta y Cuatro Millones ($26.554.000.000) de pesos M/cte., para un total de $104.554.000.000 recursos presupuestados.
Que el Director General del Presupuesto Público Nacional mediante oficio No. 2-2018020271 del 21 de junio de 2018, aprobó el levantamiento de la leyenda "Previo concepto DGPPN" del rubro A-1-0-1-10 Otros Gastos de Personal, con el fin de complementar la apropiación de Gastos de personal para la provisión de cargos entre los meses de junio y septiembre de 2018.
Que mediante Resolución No. 431 del 28 de junio de 2018, refrendada por el Director General del Presupuesto Público Nacional, se efectúo un ajuste en el presupuesto de funcionamiento para la vigencia 2018, con el fin de recomponer los rubros de gastos de personal que amparen los nombramientos del personal entre los meses de junio y septiembre, acordado según la gradualidad aprobada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Que el Artículo 2.8.1.7.5 del Decreto No. 1068 de 2015 establece "El registro de los compromisos con cargo al Presupuesto General de la Nación correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y de Gastos Generales en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el detalle establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional".
Que el Artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, establece la obligación por parte de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuestaos establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Que mediante Resolución 069 del 29 de diciembre de 2011, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Plan de Cuentas a que se refieren los considerandos anteriores.
Que mediante Resolución 001 del 9 de enero de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018, correspondiente a la cuenta de Gastos de Personal de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.
Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar una modificación a los rubros desagregados inicialmente al interior de los conceptos A-1-0- 1 -1 "Sueldos de Personal de Nómina", A-1 -0-1-4 "Prima Técnica", A-1 -0-1 -5 "Otros", A-1-0- 1-9 "Horas Extras, Días Festivos e Indemnización por Vacaciones" y A-1-0-5 "Contribuciones Inherentes a la Nómina Sector Privado y Público" correspondientes a la cuenta de Gastos de Personal de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de atender los nombramientos a realizarse entre los meses de julio y agosto.
Que el Decreto 2107 de 2017 establece: "...el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección."
Que la Resolución No. 0203 de 2018 en el artículo 2 señala: "Delegar en el Director Administrativo la función de ordenación del gasto de la Jurisdicción.
Parágrafo. En virtud de esta delegación, el Director Administrativo se encargará de la desagregación del presupuesto y sus modificaciones, como también de la ordenación de los pagos respectivos."
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. - Efectuar una modificación y una adición a la desagregación inicial en la cuenta de Gastos de Personal para la vigencia fiscal 2018, por valor de Dos Mil Novecientos Ochenta y Seis millones Cincuenta y Seis Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Pesos ($2.986.056.354) discriminados así:
CTA | SUBC | OBJG | ORD | SUB ORD | REC | CONCEPTO | Valor a Desagregar |
1 | O | GASTOS DE PERSONAL | 2.986.056.354 | ||||
1 | o | 1 | 4 | PRIMA TECNICA | 19.195.086 | ||
1 | 0 | 1 | 4 | 2 | Prima Técnica No Salarial | 19.195.086 | |
1 | o | 1 | 5 | 10 | OTROS | 1.588.828.771 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 1 | Gastos de Representación | 82.979-423 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 2 | Bonificación por Servicios Prestados | 47.228.862 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 7 | Bonificación por Compensación | 267.452.031 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 11 | Otras Bonificaciones no Provisionadas | 459.040.616 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 14 | Prima de Servicios | 71.219.947 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 15 | Prima de Vacaciones | 76.887.529 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 16 | Prima de Navidad | 223.529.157 | |
1 | 0 | 1 | 5 | 22 | Prima Especial de Servicios | 251.132.342 | |
1 | o | 1 | 5 | 60 | Otras Primas Provisionadas | 109.358.864 | |
1 | o | 1 | 9 | HORAS EXTRAS, DIAS FESTIVOS E INDEMNIZACION POR VACACIONES | 181.447.112 | ||
1 | 0 | 1 | 9 | Horas Extras | 181.447.112 | ||
1 | o | 5 | CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO | 1.196.585.385 | |||
1 | o | 5 | 1 | ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PRIVADO | 309.192.263 | ||
1 | 0 | 5 | 1 | 1 | Cajas de Compensación Privadas | 61.084.614 | |
1 | 0 | 5 | 1 | 3 | Fondos Administradores de Pensión Privados | 114.859.717 | |
1 | 0 | 5 | 1 | 4 | Empresas Privadas Promotoras de Salud | 133.247.932 | |
1 | o | 5 | 2 | ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PUBLICO | 800.947.557 | ||
1 | 0 | 5 | 2 | 2 | Fondo Nacional de Ahorro | 278.514.087 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 3 | Fondos Administradores de Pensión Públicos | 114.865.794 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 6 | Empresas Públicas Promotoras de Salud | 30.605.142 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 7 | Administradoras Públicas de Aportes para Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales | 376.962.534 | |
1 | 0 | 5 | 6 | Aportes al ICBF | 45.813.460 | ||
1 | 0 | 5 | 7 | Aportes al SENA | 7.635.577 | ||
1 | 0 | 5 | 9 | Aportes a Escuelas Industriales e Institutos Técnicos | 32.996.528 |
ARTÍCULO SEGUNDO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los 17 días del mes de julio de 2018
MARTHA LUCÍA ZAJMORA ÁVILA
Directora Administrativa