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RESOLUCIÓN No 430 de 2018
(junio 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por la cual se efectúa una modificación a las Resolución 039 del 1 de febrero de 2018, mediante la que se realizó la desagregación en las cuentas de Gastos Generales para la vigencia fiscal de 2018
LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017 y la Resolución 203 de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 018 del 5 de enero de 2018, el Ministerio de Hacienda efectuó una distribución en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fisca 2018, asignando a la Jurisdicción Especial para la Paz recursos por valor de Setenta y Cuatro Mil Millones de Pesos ($74.000.000.000) M/cte.
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público efectuó una distribución a las cuentas de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz -JEP mediante Resolución 1564 del 1 de jumo de 2018, por valor Cuatro Mil Millones de Pesos ($4.000.000.000) M/cte.
Que el Artículo 2.8.1.7.5 del Decreto No. 1068 de 2015 establece "El registro de los compromisos con cargo al Presupuesto General de la Nación correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y de Gastos Generales en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el detalle establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional".
Que el Artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, establece la obligación por parte de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuéstales establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Que mediante Resolución 069 del 29 de diciembre de 2011, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Plan de Cuentas a que se refieren los considerandos anteriores.
Que mediante Resolución 039 del 1 de febrero de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018, correspondiente a la cuenta de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.
Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar una modificación a los rubros desagregados inicialmente en los conceptos A-2-0-4-11-1 "Viáticos y Gastos de Viaje al Exterior" y A-2-0-4-11-2 "Viáticos y Gastos de Viaje al Interior" correspondientes a la cuenta de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de reajustar el rubro de viáticos al interior.
Que el Decreto 2107 de 2017 establece: "...el Secretario Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en la respectiva sección."
Que el artículo 2 de la Resolución No. 203 de 2018, señala lo siguiente:
"Delegar en el Director Administrativo la función de ordenación del gasto de la Jurisdicción.
PARÁGRAFO. En virtud de esta delegación, el Director Administrativo se encargará de la desagregación del presupuesto y sus modificaciones, como también de la ordenación de los pagos respectivos".
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Efectuar una modificación a la desagregación inicial en la cuenta de Gastos Generales - Viáticos y Gastos de Viaje para la vigencia fiscal 2018, por valor de Treinta Millones de Pesos ($30.000.000) discriminados así:
CTA | SUBC | OBJG | ORD | SUB ORD | REC | CONCEPTO | CONTRACREDITOS | CREDITOS |
FUNCIONAMIENTO | 30.000.000 | 30.000.000 | ||||||
2 | GASTOS GENERALES | 30.000.000 | 30.000.000 | |||||
2 | 0 | 4 | ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS | 30.000.000 | 30.000.000 | |||
2 | 0 | 4 | 11 | VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE | 30.000.000 | 30.000.000 | ||
2 | 0 | 4 | 1 | 1 | Viáticos y Gastos de Viaje al Exterior | 30 000.000 | ||
2 | 0 | 4 | 4 | 2 | Viáticos y Gastos de Viaje al Interior | 30.000.000 |
ARTÍCULO 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los 28 días del mes de junio de 2018
MARTHA LUCÍAZAMORA ÁVILA
Secretaria Ejecutiva (E)