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RESOLUCIÓN No 263 de 2018

(abril 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se efectúa una modificación a la Resolución 039 del 1 de febrero de 2018, mediante la cual se realizó la desagregación en la cuenta de Gastos Generales para la vigencia fiscal de 2018

LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el Decreto 2107 de 2017 y la Resolución 203 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 018 del 5 de enero de 2018, el Ministerio de Hacienda efectuó una distribución en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal 2018, asignando a la Jurisdicción Especial para la Paz recursos por valor de Setenta y Cuatro Mil Millones de Pesos ($74.000.000.000) M/cte.

Que el Artículo 2.8.1.7.5 del Decreto No. 1068 de 2015 establece "El registro de los compromisos con cargo al Presupuesto General de la Nación correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y de Gastos Generales en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el detalle establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional".

Que el Artículo 2.9.1.2.7 del Decreto 1068 de 2015, establece la obligación por parte de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuéstales establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.

Que mediante Resolución 069 del 29 de diciembre de 2011, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Plan de Cuentas a que se refieren los considerandos anteriores.

Que mediante Resolución 039 del 1 de febrero de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018, correspondiente a la cuenta de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.

Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar una modificación a los rubros desagregados inicialmente en los conceptos A-2-0-9-11 "Seguros Generales", A-2-0-2-4-15 "Papelería, Útiles de Escritorio y Oficina", A-2-0-4-4-17 "Productos de Aseo y Limpieza", A-2-0-4-4- 18 "Productos de Cafetería y Restaurante", A-2-0-4-4-20 "Repuestos", A-2-0-4-4-21 "Utensilios de Cafetería", A-2-0-4-4-23 "Otros Materiales y Suministros", A-2-0-4-51 "Mantenimiento de Bienes Inmuebles", A-2-0-4-52 "Mantenimiento de Bienes Muebles, Equipos y Enseres", A-2-0-4-6-2 "Correo", A-2-0-4-6-7 "Transporte", A-2-0-4-7-6 "Otros Gastos por Impresos y Publicaciones", A-2- 0-4-17-1 "Gastos Imprevistos Bienes", A-2-0-4-17-2 "Gastos Imprevistos Servicios" y A-2-0-4-9-11 "Seguros Generales" correspondientes a los gastos generales de la Jurisdicción Especial para la Paz, con el fin de viabilizar los procesos de contratación requeridos durante la vigencia.

Que el Decreto 2107 de 2017 establece: "...el Secretarlo Ejecutivo como representante legal y judicial de la JEP, se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos de la Jurisdicción Especial para la Paz. Para el efecto, tendrá la capacidad de suscribir convenios, contratar, comprometer los recursos y ordenar el gasto a nombre de la JEP en desarrollo de las apropiaciones Incorporadas en la respectiva sección."

Que la Resolución No. 0203 de 2018 en el artículo 2 señala: "Delegar en el Director Administrativo la función de ordenación del gasto de la Jurisdicción.

Parágrafo. En virtud de esta delegación, el Director Administrativo se encargará de la desagregación del presupuesto y sus modificaciones, como también de la ordenación de los pagos respectivos."

RESUELVE

ARTÍCULO 1. - Efectuar una modificación a la desagregación inicial en la cuenta de Gastos Generales para la vigencia fiscal 2018, así:

CTASUBCOBJGORDSUB
ORD
RECCONCEPTOCONTRACRÉDITOSCRÉDITOS
2  GASTOS GENERALES73.970.00073.970.000
204 ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS73.970.00073.970.000
2044 MATERIALES Y SUMINISTROS-20.400.000
20441510PAPELERIA, UTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA1.200.000
20441710PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA1.200.000
204418 10PRODUCTOS DE CAFETERIA Y RESTAURANTE6.000.000
20442010REPUESTOS3.600.000
20442110UTENSILOS DE CAFETERIA2.400.000
20442310OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS6.000.000
2045 MANTENIMIENTO-8.400.000
2045110MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES6.000.000
2045210MANTENIMIENTO DE BIENES MUEBLES, EQUIPOS Y ENSERES2.400.000
2046 COMUNICACIONES Y TRANSPORTE-3.600.000
2046211CORREO1.200.000
2046710TRANSPORTE2.400.000
2047 IMPRESOS Y PUBLICACIONES-17.570.000
20476OTROS GASTOS POR IMPRESOS Y PUBLICACIONES17.570.000
2049 SEGUROS73.970.000-
20491110SEGUROS GENERALES73.970.000
20417 GASTOS IMPREVISTOS-24.000.000
' 20417110GASTOS IMPREVISTOS BIENES12.000.000
20417210GASTOS IMPREVISTOS SERVICIOS12.000.000

ARTÍCULO 2. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C. a los trece (13) días del mes de abril de dos mil dieciocho (2018).

MARTHA LUCIA ZAMORA ÁVILA

Directora Administrativa

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