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RESOLUCIÓN No 225 de 2018

(marzo 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Por la cual se constituye la Caja Menor de Gastos Generales en la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018 y se asigna su manejo.

EL SECRETARIO EJECUTIVO

En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2107 del 14 de diciembre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el Título Quinto del Decreto 1068 de 2015 reglamentó la constitución y funcionamiento de las Cajas Menores en los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación y las entidades nacionales, con régimen presupuestal de Empresas Industriales y Comerciales del Estado y Sociedades de Economía Mixta y con carácter no financiero respecto de los recursos que le asigna la Nación.

Que de conformidad con el artículo 2.8.5.2. del citado Decreto "(...) las cajas menores se constituirán para cada vigencia fiscal, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano, en la cual se indique la cuantía, el responsable, la finalidad y la clase de gasto que se puede realizar. Así mismo, se deberá indicar la unidad ejecutora y la cuantía de cada rubro presupuestal".

Que según lo señala el artículo 2.8.5.4. del Decreto 1068 de 2015, se debe establecer la cuantía de la caja menor, teniendo en cuenta el presupuesto vigente de cada organismo o entidad.

Que la Jurisdicción Especial para la Paz requiere disponer de una Caja Menor con el fin de sufragar los gastos imprevistos y urgentes que se presenten, en desarrollo de las funciones y los objetivos a ella asignados.

Que mediante Resoluciones No. 039 y 191 de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución 18 del 5 de enero de 2018 y modificación a la desagregación, correspondiente a las cuentas de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.

Que, para cubrir la constitución de la Caja Menor, se cuenta con los recursos financieros de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1118 de 2018, expedido por el Coordinador del Grupo de Gestión Financiera.

Que el manejo y las operaciones que se realicen a través de la Caja Menor serán registradas por el responsable de ésta en el SIIF Nación. Esto incluye los procesos relacionados con la apertura, ejecución, reembolso y de legalización para el cierre de la Caja Menor.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Constitúyase la Caja Menor de Gatos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal 2018, por cuantía de CINCO MILLONES DE PESOS ($ 5.000.000.00) MCTE.

ARTÍCULO 2. Designar al funcionarlo que autorizará los gastos y responsable del manejo de la caja menor así:

MARTHA LUCIA ZAMORA ÁVILA, Directora Administrativa de la Jurisdicción Especial para la Paz, Identificada con cédula No. 41.786.499 de Bogotá.

ARTÍCULO 3. El funcionamiento de la Caja Menor de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz estará sujeto a lo reglamentado en el Decreto 1068 de 2015, en particular en lo referente a la destinación de los dineros, legalización, prohibiciones, manejo del dinero, giro de los recursos, registro de operaciones y reembolso, entre otros.

ARTÍCULO 4. Todo gasto de la Caja Menor deberá contener la siguiente Información: concepto del gasto, valor en letras y números, fecha de pago, firma de quien recibió el bien o servicio, firma del responsable del manejo de la Caja Menor.

ARTÍCULO 5. El funcionarlo responsable de la caja menor deberá adoptar las medidas que garanticen el control y la adecuada ejecución de los recursos, así como su debido uso y manejo. Por lo tanto, los recursos serán utilizados para sufragar gastos y/o erogaciones que tengan el carácter de situación Imprevista, urgente, Imprescindible e Inaplazable para la adecuada gestión de la Jurisdicción Especial para la Paz.

PARÁGRAFO. Para el amparo del manejo de recursos a través de la Caja Menor establecida en la presente resolución, se constituyó la Póliza de Seguros No. 33-42-101001215 de la Compañía Seguros del Estado.

ARTÍCULO 6. La Caja Menor de Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz se constituye para sufragar gastos de los siguientes rubros presupuéstales:

SECCION: 44-01-01

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

RUBROCONCEPTOVALOR
A-2-0-4-4-15PAPELERIA, UTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA100.000
A-2-0-4-4-17PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA100.000
A-2-0-4-4-18PRODUCTOS DE CAFETERIA Y RESTAURANTE500.000
A-2-0-4-4-20REPUESTOS300.000
A-2-0-4-4-21UTENSILIOS DE CAFETERIA200.000
A-2-0-4-4-23OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS500.000
A-2-0-4-51MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES500.000
A-2-0-4-52MANTENIMIENTO DE BIENES MUEBLES, EQUIPOS Y ENSERES200.000
A-2-0-4-6-2CORREO100.000
A-2-0-4-6-7TRANSPORTE200.000
A-2-0-4-7-6OTROS GASTOS POR IMPRESOS Y PUBLICACIONES300.000
A-2-0-4-17-1GASTOS IMPREVISTOS BIENES1.000.000
A-2-0-4-17-2GASTOS IMPREVISTOS SERVICIOS1.000.000
TOTAL5.000.000

ARTÍCULO 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición

PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en la ciudad de Bogotá, D.C, el veintiuno (21) de marzo de dos mil dieciocho (2018).

NÉSTOR RAÚL CORREA HENAO

Secretario Ejecutivo

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