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RESOLUCION 40 DE 2019
(febrero 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por la cual se designa a la presidenta del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz-JEP
LA PRESIDENTA DE LA JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ - JEP
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en especial la prevista en el artículo 2 el Acuerdo n.o AOG 023 del 29 de junio del 2018 -parágrafo 1-, mediante el cual se creó el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz-JEP,
CONSIDERANDO
Que el artículo 5o transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 creó la Jurisdicción Especial para la Paz- JEP, con régimen legal propio, autonomía administrativa, presupuestal y técnica.
Que el artículo 15 del Acto Legislativo 01 de 2017 dispone que la JEP "(...) entrará en funcionamiento a partir de la aprobación de este Acto Legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo, sin perjuicio de la aprobación posterior de normas de procedimiento y lo que establezca el reglamento de dicha-jurisdicción".
Que el artículo 12 del Acuerdo 001 de 2018 de la Plenaria de la Jurisdicción Especial para la Paz -Reglamento General de la JEP- establece que "La JEP tendrá un órgano de gobierno cuyo objeto será el establecimiento de los objetivos, planificación, orientación de la acción y fijación de la estrategia general de la Jurisdicción. De tal forma, se enfoca en la toma de decisiones de planeación, diseño y/o mejoramiento organizacional, definición de herramientas, lineamientos y criterios generales necesarios para el funcionamiento, así como la definición de políticas públicas que involucren a la jurisdicción".
Que el Órgano de Gobierno, mediante Acuerdo n.o AOG 023 del 29 de junio del 2018, creó el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz COPASST, atendiendo al deber contenido en el Decreto 1072 del 26 de mayo de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.
Que, en atención a que la Resolución 2013 de 6 de junio de 1986 señala que el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes, el Acuerdo AOG 023 del 29 de junio del 2018 indicó en su artículo 2 que el COPASST de la JEP estaría conformado por 3 miembros, con sus respectivos suplentes, designados por el empleador; y 3 miembros, con sus respectivos suplentes, elegidos por votación libre de los servidores públicos de la Corporación.
Que el 22 de febrero del 2019 se adelantó votación virtual entre los servidores de la Jurisdicción Especial para la Paz con el objeto de seleccionar a los 3 miembros, y sus respectivos suplentes, que representan a los empleados en el COPASST de la JEP.
Que, como resultado de tal votación, se escogió como representantes de los empleados en el COPASST, a las siguientes personas:
PRINCIPAL | SUPLENTE |
INGRID ASTRID OCHOA VIVAS | BETTSY KATERINE CÁRDENAS VIVAS |
Secretaría Ejecutiva | Secretaría Ejecutiva |
ELKIN ALEXANDER CORREAL MATALLANA | JUAN MANUEL CARO SANDOVAL |
Tribunal para la Paz | Salas de Justicia |
GLORIA PATRICIA HOYOS QUIMBAYO | MARY LUZ TIBAMOSO TORRES |
GRAI | GRAI |
Que mediante resolución n.o358 del 22 de febrero del 2019 la doctora María de Pilar Bahamón Falla, Secretaria Ejecutiva de la Jurisdicción Especial para la Paz, oficializó el resultado de las votaciones y designó como representante del empleador en el COPASST a las siguientes personas:
PRINCIPAL | SUPLENTE |
ANA MARÍA OLIVELLA LÓPEZ Secretaría Ejecutiva | GONZALO ÁVILA PULIDO Secretaría Ejecutiva |
FRANCY ELENA PALOMINO MILLÁN Subdirección de Talento Humano | MARÍA TERESA LÓPEZ GARCÍA Secretaría Ejecutiva |
MARCELO GIRALDO ÁLVAREZ UIA | CARMEN LUZ CONSUEGRA PEÑA UIA |
Que según el parágrafo 1 del artículo 2 del Acuerdo AOG 023 del 29 de junio del 2018, le corresponde a la Presidenta de la JEP la designación del Presidente del Comité, en los siguientes términos:
Parágrafo 1.- El/la Presidente/a de la JEP, en calidad de Presidente del Órgano de Gobierno designará al Presidente del Comité de los representantes que él designa y este Comité en pleno, elegirá al Secretario de entre la totalidad de los miembros que lo conforman.
Que, aunque el citado acuerdo no establece criterios para la elección, se evidencia que la doctora Francy Elena Palomino Millán, Subdirectora de Talento Humano de la Corporación, cuenta con conocimientos específicos sobre el tema de administración de talento humano que pueden ser de utilidad para la conducción y orientación del comité.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Designar a la doctora Francy Elena Palomino Millán, Subdirectora de Talento Humano de la Jurisdicción Especial para la Paz, como presidenta del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Jurisdicción Especial para la Paz.
ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente resolución a la doctora Francy Elena Palomino Millán, los demás miembros del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST de la Jurisdicción Especial para la Paz y la Secretaría Ejecutiva.
ARTÍCULO 3o. Para estrictos efectos de transparencia, publíquese el presente acto administrativo en la página web de la Jurisdicción Especial para la Paz.
ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su expedición.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del mes de febrero del dos mil diecinueve (2019).
La Presidenta,
PATRICIA LINARES PRIETO