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RESOLUCIÓN No 037 de 2018
(enero 30)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ
Por la cual se modifica, adiciona y asigna la desagregación del detalle la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018 en la cuenta de Gastos de Personal, para la vigencia fiscal de 2018
EL SECRETARIO EJECUTIVO
En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el Decreto 2107 del 14 de diciembre de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución 018 del 5 de enero de 2018, el Ministerio de Hacienda, efectuó una distribución en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2018, asignando a la Jurisdicción Especial para la Paz recursos por valor de Setenta y Cuatro Mil Millones de Pesos ($74.000.000.000) M/cte.
Que el Artículo 2.8.1.7.5. del Decreto No. 1068 de 2015 establece "El registro de los compromisos con cargo al Presupuesto General de la Nación correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y de Gastos Generales en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación, deberá hacerse de conformidad con el detalle establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional".
Que el Artículo 2.9.1.2.7. del Decreto 1068 de 2015, establece la obligación por parte de las entidades usuarias del SIIF Nación de desagregar el presupuesto, al máximo nivel de conformidad con el detalle de los rubros presupuéstales establecido en el plan de cuentas expedido por la Dirección General del Presupuesto Público Nacional.
Que mediante Resolución 069 del 29 de diciembre de 2011, el Director General del Presupuesto Público Nacional estableció el Plan de Cuentas a que se refieren los considerandos anteriores.
Que mediante Resolución 001 del 9 de enero de 2018 se efectuó la desagregación al detalle de la Resolución No. 018 del 5 de enero de 2018, correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y Gastos Generales de la Jurisdicción Especial para la Paz para la vigencia fiscal de 2018.
Que, en virtud de las disposiciones legales señaladas, es necesario efectuar una modificación a los rubros desagregados ¡nicialmente en las Contribuciones Administradas por el sector Público y adicionalmente, se requiere adicionar y asignar otros rubros de Contribuciones Inherentes a la Nómina Sector Privado y Público de la Jurisdicción Especial para la Paz,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. - Efectuar una modificación a los rubros desagregados inicialmente en las Contribuciones Administradas por el sector Público de la cuenta de Gastos de Personal para la vigencia fiscal 2018, con el objeto de dar cumplimiento a la Resolución 069 del 28 de diciembre de 2011, así:
RUBROS RESOLUCION JEP 001 DE 2018 | CONCEPTO | RUBROS RESOLUCION 069 DE 2011 | ||||||||
CTA | SUB CTA | OBJ GTO | ORD | SUB ORD | CTA | SUB CTA | OBJ GTO | ORD | SUB ORD | |
1 | 0 | 5 | CONTRIBUICIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO | 1 | 0 | 5 | ||||
1 | 0 | 5 | 2 | 6 | Aportes al ICBF | 1 | 0 | 5 | 6 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 7 | Aportes al SENA | 1 | 0 | 5 | 7 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 8 | Aportes a la ESAP | 1 | 0 | 5 | 8 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 9 | Aportes a Escuelas Industriales e Institutos Técnicos | 1 | 0 | 5 | 9 |
ARTÍCULO SEGUNDO. - Efectuar una modificación al detalle de las cuentas de Gastos de Personal del Presupuesto de Funcionamiento de la Jurisdicción Especial para la Paz, para la vigencia fiscal de 2018, así:
CTA | SUBC | OBJG | ORD | SUB ORD | CONCEPTO | CONTRACREDITOS | CREDITOS |
1 | GASTOS DE PERSONAL | 360.000.000 | 360.000.000 | ||||
1 | 0 | 5 | CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO | 360.000.000 | 360.000.000 | ||
1 | 0 | 5 | 1 | ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PRIVADO | 10.000.000 | 150.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 1 | 3 | Fondos Administradores de Pensión Privada | 150.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 1 | 4 | Empresas Privadas Promotoras de Salud | 10.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 2 | ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PUBLICO | 350.000.000 | 210.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 2 | Fondo Nacional de Ahorro | 200.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 3 | Fondos Administradores de Pensiones Públii | 150.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 6 | Empresas Públicas Promotoras de Salud | 10.000.000 | |
1 | 0 | 5 | 2 | 7 | Administradoras Públicas de Aportes para Accidentes de Trabajo y Enfermedades | 200.000.000 |
ARTÍCULO TERCERO. - La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C. a los (30) días del mes de enero de 2018.
NÉSTOR RAÚL CORREA HENAO
Secretario Ejecutivo