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RESOLUCIÓN 2016012088 DE 2016
(abril 12)
Diario Oficial No. 49.848 de 18 de abril de 2016
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 31844 de 2016>
Por la cual se modifica la Resolución 2015035016 del 4 de septiembre de 2015 por medio de la cual se actualizan las tarifas en el Invima.
EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA),
en ejercicio de las facultades legales, en especial de las conferidas en los artículos 10, numeral 22, del Decreto 2078 de 2012, 4, 5, 6, 7 y el parágrafo del artículo 9o de la Ley 399 de 1997, y del Decreto 1632 del 14 de agosto de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Congreso de la República a través de la Ley 399 de 1997 autorizó el cobro de una tasa por parte del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) a los usuarios de los servicios prestados por la entidad.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 1o de la Ley 399 de 1997, el objetivo de la creación de dicha tasa, es la recuperación de los costos por los servicios prestados por el Invima.
Que el artículo 6o y 7o de la Ley 399 de 1997 establecieron respectivamente el método y el sistema para la determinación de la tarifa, para lo cual se señalaron las pautas técnicas a utilizar.
Que el artículo 6o de la Ley 399 de 1997, establece las pautas técnicas para la fijación de las tarifas que se cobrarán como recuperación de los costos de los servicios prestados por la entidad, teniendo en cuenta los costos totales de operación y los costos de los programas de tecnificación, y ordena que las tarifas deben fijarse en salarios mínimos legales diarios vigentes.
Que en cumplimiento al mandato legal impuesto en la Ley 399 de 1997 este Instituto expidió la Resolución 2015035016 del 4 de septiembre de 2015 “por la cual se actualizan las tarifas en el Invima”, modificada por las Resoluciones 2015038549 del 25 de septiembre de 2015 y 2016006578 del 25 de febrero de 2016.
Que la Resolución 1319 de 2010, señala que los establecimientos donde se elaboren y adapten dispositivos médicos sobre medida de prótesis y órtesis ortopédica externa, deberán contar con un certificado de Buenas Prácticas de Manufactura, razón por la cual, se constituyó el concepto y el valor identificado con el Código 4069 “Visitas de certificación en Buenas Prácticas de Manufactura de Dispositivos Médicos sobre Medida de Prótesis y Órtesis Ortopédica Externa” en el Manual Tarifario Vigente.
Que por medio de la Resolución 2968 de 2015, “por la cual se establecen los requisitos sanitarios que deben cumplir los establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica externa ubicados en el territorio nacional”, se derogó en su totalidad la Resolución 1319 de 2010, motivo por el cual se hace necesario modificar el concepto y valor del código 4069 del manual tarifario actual, en razón a que el artículo 5o de la Resolución 2698 de 2015, estableció que para la apertura y funcionamiento de los establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida, deben contar con la autorización por parte del Invima, así:
“(…)
Artículo 5o. Autorización de apertura y funcionamiento de los establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica externa. Con el propósito de que el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) autorice la apertura y funcionamiento, el establecimiento, previa la inscripción, debe solicitar a dicha entidad la correspondiente visita en la cual este verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente resolución. (Subrayado fuera del texto).
(…)”
En mérito de lo anterior, este Instituto
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 31844 de 2016> Modificar el artículo primero de la Resolución 2015035016 del 4 de septiembre de 2015 “por la cual se actualizan las tarifas en el Invima”, modificada por las Resoluciones 2015038549 del 25 de septiembre de 2015 y 2016006578 del 25 de febrero de 2016, en el sentido de cambiar el concepto del código enunciado en la parte motiva, de la siguiente manera:
Código | Concepto | SMLDV |
4069 | Visita y certificado sanitario de apertura y funcionamiento de establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos médicos sobre medida de tecnología ortopédica externa. | 205,52 |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 31844 de 2016> Las demás disposiciones de la Resolución 2015035016 del 4 de septiembre de 2015 siguen vigentes.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 31844 de 2016> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de abril de 2016.
El Director General (e),
JAVIER HUMBERTO GUZMÁN CRUZ.