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RESOLUCIÓN 1127 DE 2013

(diciembre 26)

Diario Oficial No. 49.133 de 25 de abril de 2014

INSTITUTO NACIONAL DE SALUD

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 334 de 2015>

Por la cual se modifica la Resolución número 0339 de 2013, por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la Planta de Personal del Instituto Nacional de Salud.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD,

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 28 del Decreto número 2772 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que “No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente”.

Que el artículo 28 del Decreto número 2772 de 2005 establece: “(…) La adopción, adición, modificación o actualización del manual específico se efectuará mediante resolución interna del jefe del organismo respectivo, de acuerdo con el manual general. El manual específico no requerirá refrendación por parte del Departamento Administrativo de la Función Pública. (…)”.

Que la Circular Conjunta número 004 del 27 de abril 2011 de la Comisión Nacional del Servicio Civil y el Departamento Administrativo de la Función Pública señala: “El Manual se debe adoptar por Resolución del jefe del organismo o entidad, con base en los estudios que adelante la unidad de personal para la adopción, actualización, modificación o adición del Manual de Funciones y Requisitos y, por ser un acto de contenido general, deberá ser publicado en la página web de la respectiva institución”.

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 3o del Decreto número 2775 del 2012: “El Director General distribuirá los cargos de la planta global a que se refiere el artículo 2o del presente decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad”.

Que de acuerdo con el análisis de los perfiles efectuado por el Director Técnico de la Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública, se encontró pertinente ampliar los requisitos de estudio en un empleo Profesional Especializado del Grupo de Prevención, Vigilancia y Control de Factores de Riesgo Ambiental de la Subdirección de Prevención, Vigilancia y Control en Salud Pública de esta Dirección, para efectuar conceptos toxicológicos.

Que de acuerdo con las necesidades del servicio se determinó la necesidad de fortalecer el área de nómina del Grupo de Talento Humano con un empleo Profesional Especializado.

Que de acuerdo con las funciones propias de la dependencia, la revisión de los perfiles efectuados por el Director Técnico de Investigaciones en Salud Pública y las necesidades del servicio, se identificó pertinente efectuar el ajuste de unos empleos del nivel profesional de las Subdirecciones de Investigación, Científica y Tecnológica e Innovación en Salud Pública, de la Dirección mencionada.

Que de acuerdo al estudio efectuado por parte del Grupo de Talento Humano, las necesidades del servicio y la solicitud y viabilidad técnica presentada por el Director Técnico de la Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública, se encontró pertinente efectuar el ajuste del manual de funciones y competencias laborales.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 334 de 2015> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 0339 de 2013, en el sentido de ajustar los requisitos de estudio del siguiente empleo:

F091

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Universitario
Código:2044
Grado:11
número de empleos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar la propuesta, planeación y desarrollo de las actividades, planes, programas y proyectos relacionados con los asuntos administrativos, contractuales, financieros y logísticos de los distintos grupos de la Subdirección de Investigación Científica del Instituto Nacional de Salud, según los procedimientos y lineamientos establecidos.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA

DESPACHO

1. Ejecutar las actividades de carácter administrativo, logística, contractual y financiero de los distintos grupos según los procedimientos y lineamientos establecidos.

2. Realizar estudios técnicos y económicos de las diferentes contrataciones que se requieren para el desarrollo de las actividades y labores de los grupos, según los lineamientos y necesidades presentadas por cada uno.

3. Realizar el análisis y revisión de los informes presentados por los distintos grupos, según los lineamientos establecidos por la dirección.

4. Participar en los comités institucionales, actividades colectivas del INS, diversas reuniones y en Comités Interinstitucionales, de conformidad con las instrucciones recibidas.

5. Participar en la realización y ejecución del Plan Operativo Anual (POA), y en la elaboración y presentación oportuna de los informes periódicos requeridos sobre su cumplimento, de conformidad con las instrucciones recibidas.

6. Participar en el diseño y elaboración de manuales de procedimientos operativos estandarizados (POE) de su área, con la asesoría de la Oficina Asesora de Planeación.

7. Participar en la implementación y normalización del sistema de gestión de la calidad de la institución de acuerdo con los parámetros establecidos.

8. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Documentos elaborados reflejan que las actividades de carácter administrativo, logístico, contractual y financiero de los distintos grupos se efectúan según los procedimientos y lineamientos establecidos.

2. Estudios realizados según los lineamientos y necesidades presentadas por cada grupo.

3. Informes analizados y revisados según los lineamientos establecidos por la dirección.

4. Documentos elaborados reflejan que la participación en los comités institucionales, actividades colectivas del INS, diversas reuniones y en Comités Interinstitucionales, se realiza de conformidad con las instrucciones recibidas.

5. Plan Operativo Anual (POA) e informes periódicos elaborados de conformidad con las instrucciones recibidas.

6. Manuales de procedimientos operativos estandarizados (POE) elaborados con la asesoría de la Oficina Asesora de Planeación.

7. Sistema de gestión de la calidad implantado de acuerdo con los parámetros establecidos.

V. RANGO

Entidades que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud del orden nacional o territorial y dependencias misionales y/o de apoyo.

Trabajo de campo necesario para recolección de información.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente, lineamientos del Instituto y normatividad vigente que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Gestión de calidad.

2. Contratación Estatal.

3. Manejo financiero de proyectos de investigación con entidades nacionales e internacionales.

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: Documentos de las actividades de carácter administrativo, logístico, contractual y financiero.

Estudios técnicos-económicos. Informes de análisis de los grupos.

Documentos de participación en los comités institucionales, actividades colectivas del INS, diversas reuniones y en Comités Interinstitucionales.

Plan Operativo Anual (POA) e informes periódicos.

Manuales de procedimientos operativos estandarizados (POE).

Sistema de gestión de la calidad implantado de acuerdo con los parámetros establecidos. Conocimiento: actividades, planes, programas y proyectos relacionados con los asuntos administrativos, contractuales, financieros y logísticos, y prueba (oral, escrita y/o práctica, según el conocimiento) de la aplicación de los conocimientos básicos esenciales, correspondientes a cada función.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
– Título profesional en Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Contaduría Pública, Administración Financiera, Administración Financiera y de Sistemas o Administración Pública.

– Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Treinta (30) meses de experiencia.

profesional relacionada con las funciones del empleo

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
– Título profesional en Administración de Empresas, Ingeniería Industrial, Contaduría Pública, Administración Financiera, Administración Financiera y de Sistemas o Administración Pública.

– Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

– Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Seis (6) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

F167

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:19
número de empleos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Desarrollar actividades técnicas y científicas que contribuyan a la emisión de conceptos sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad, de plaguicidas que vayan a ser utilizados en el país.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

SUBDIRECCIÓN DE PREVENCIÓN, VIGILANCIA Y CONTROL EN SALUD PÚBLICA

FACTORES DE RIESGO AMBIENTAL

1. Desarrollar las actividades técnicas y científicas, necesarias para la emisión de conceptos sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad, de plaguicidas que vayan a ser utilizados en el país.

2. Revisar, clasificar, sistematizar y actualizar la información requerida para la emisión de conceptos toxicológicos de plaguicidas a utilizar en el país, siguiendo los procedimientos y lineamientos del INS y la normatividad nacional e internacional.

3. Elaborar los documentos requeridos para el desarrollo y fortalecimiento de los procesos y procedimientos establecidos por el INS para la emisión de conceptos sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad, de plaguicidas que vayan a ser utilizados en el país.

4. Establecer acciones de comunicación y divulgación de la información de interés de los clientes internos y externos en concordancia con las herramientas diseñadas y los lineamientos de la entidad.

5. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Las actividades técnicas y científicas, necesarias para la emisión de conceptos sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad, de plaguicidas que vayan a ser utilizados en el país, se definen y desarrollan de acuerdo a la normatividad vigente y a las solicitudes presentadas por los clientes externos.

2. Procesos y procedimientos documentados y definidos según directrices de la entidad para la emisión de conceptos toxicológicos.

3. La información técnica y científica emitida es sistematizada, actualizada y archivada según los lineamientos del INS.

4. Los conceptos, informes y dictámenes científicos emitidos son revisados por el área jurídica de la entidad, aprobados por jefe inmediato y firmados por la Dirección General del INS.

5. Los conceptos sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad, de plaguicidas son emitidos de acuerdo con los lineamientos de la entidad y la normatividad nacional e internacional, bajo estrictas normas de confidencialidad.

6. La comunicación y divulgación de la información de interés de los clientes internos y externos se llevará a cabo en concordancia con las herramientas diseñadas y los lineamientos establecidos para tal fin por la entidad.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades públicas y privadas que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud, ambientales, agrícolas, comerciales del orden nacional o territorial y dependencias misionales y/o de apoyo.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente a la dirección, lineamientos del Instituto y normatividad vigente nacional e internacional que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Interpretación de la normatividad en plaguicidas.

2. Clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad de plaguicidas.

3. La organización del Estado y políticas gubernamentales en salud, agricultura, comercio.

4. Metodologías de formulación, desarrollo, control y evaluación de proyectos.

5. Inglés básico.

6. Manejo de software y bases de datos.

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: Informes correspondientes al desarrollo de su función.

Conocimiento: Plaguicidas y procesos para la emisión de conceptos sobre clasificación toxicológica y evaluación del riesgo de toxicidad de plaguicidas.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título Profesional Universitario en Ingeniería Agronómica, Agronomía, Medicina, Enfermería o Ingeniería Química.

Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Veintiocho (28) meses de experiencia profesional relacionada.

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 334 de 2015> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 0339 de 2013, en el sentido de ajustar los conocimientos básicos y requisitos de estudio de los empleos del manual de funciones que a continuación se presentan:

F140

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del Empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:22
número de empleos:Tres (3)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe Inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Formular proyectos de investigación en innovación en salud y biomedicina para identificar productos y servicios patentados o no en Colombia y traducir el conocimiento científico en desarrollos tecnológicos útiles para el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los colombianos.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

SUBDIRECCIÓN DE INNOVACIÓN

BIOPROSPECCIÓN E INNOVACIÓN EN TECNOLOGÍA

1. Proponer investigaciones y acciones destinadas a identificar avances científicos y tecnológicos que sirvan para traducir el conocimiento científico y tecnológico en bienes y servicios hacia la salud y la biomedicina, de acuerdo con las prioridades de salud pública y con base en los problemas de salud con mayores índices de mortalidad y morbilidad.

2. Ejecutar los procesos y actividades científico-técnicas y administrativas necesarias requeridas en la ejecución de proyectos y procesos de innovación en salud y biomedicina, para resolver necesidades dirigidas a la mejora de productos existentes y asesorar la generación de nuevas propuestas de investigación en innovación, según los lineamientos y procedimientos establecidos.

3. Realizar la búsqueda e identificación de productos y estrategias experimentales novedosas de utilidad en salud y biomedicina para contribuir en el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los colombianos.

4. Contribuir con la realización de investigaciones multidisciplinarias sobre prioridades de salud local y regional, capacitación local y transferencia tecnológica, tanto en el descubrimiento y mejora de productos, como en su manejo, procurando que los derechos de propiedad intelectual sean equitativos, según la normatividad vigente y los lineamientos y políticas del Instituto.

5. Estandarizar los protocolos y modelos para la revisión sistemática y oportuna de avances científicos y tecnológicos en el INS y otras instituciones nacionales e internacionales.

6. Generar bases de datos históricas y robustas para el manejo de datos e información relevante en la formulación de proyectos de investigación en innovación en salud pública.

7. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los proyectos de investigación de innovación en salud y biomedicina propuestos están de acuerdo con las prioridades de salud pública del país y de conformidad con las políticas y lineamientos Institucionales, del Ministerio de la Protección Social y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

2. Bases de datos robustas e información sobre patentes generadas permite incrementar la eficiencia y aplicación de la información consignada en ellas.

3. La información sobre productos, servicios y avances científicos y tecnológicos conformada está acorde al estado actual del conocimiento.

4. Documentos de soporte elaborados reflejan que la vigilancia científica y tecnológica contribuye a mejorar la aplicación del conocimiento y a encaminar los procesos y proyectos de investigación en salud pública.

5. Los proyectos de investigación en innovación ejecutados contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos y son desarrollados en el marco normativo de investigación en salud.

6. Artículos científicos, seminarios, conferencias en eventos científicos, publicados según normas y lineamientos del instituto, permite divulgar resultados obtenidos a partir de la ejecución de proyectos de investigación en innovación en salud pública.

7. Los documentos derivados de los procesos administrativos, gestión contractual, gestión de talento humano, planeación, sistema integrado de gestión, POA y demás son realizados de acuerdo con los procedimientos.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud del orden nacional o territorial y dependencias misionales y/o de apoyo. Trabajo de campo necesario para recolección de información.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente a la dirección, lineamientos del Instituto y normatividad vigente que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Tecnologías de aplicación en salud humana.

2. Bioestadística.

3. Epidemiología y Salud Pública: diseño e implementación de procesos estratégicos para el manejo de programas de salud, sistemas de salud, modelos de atención en salud, gestión de conocimiento en Salud Pública.

4. Educación en Salud: Transferencia y apropiación social del conocimiento.

5. Inglés básico

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: Propuestas de innovación en Salud Pública formuladas, Análisis de impacto en Salud Pública y evaluaciones de modelos de atención y sistemas de salud, Productos y servicios de posible explotación comercial, Lineamientos para la formación y transferencia.

Conocimiento: Manejo de proyectos de investigación en innovación en salud y biomedicina, y pruebas (oral, escrita y/o práctica, según el conocimiento) de la aplicación de los conocimientos básicos esenciales, correspondientes a cada función.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Medicina, Enfermería, Microbiología.

Título de Posgrado en la modalidad de Especialización, en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 334 de 2015> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 0339 de 2013, en el sentido de ajustar las funciones, los conocimientos básicos y los requisitos de estudios de los siguientes empleos:

F090

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del empleo:Profesional Universitario
Código:2044
Grado:11
número de empleos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Participar en la elaboración de propuestas, ejecución y la divulgación de planes, programas y proyectos de investigación biomédica básica y aplicada en el área de entomología médica, en el marco del Plan Nacional de Salud Pública, dentro de las líneas definidas por la Subdirección de Investigación Científica y Tecnológica y acordes con las políticas generales del INS.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

SUBDIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

ENTOMOLOGÍA

1. Realizar actividades que contribuyan en la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de investigación en el área de entomología médica de acuerdo con los lineamientos institucionales y los requerimientos de las entidades financiadoras externas, nacionales e internacionales.

2. Realizar actividades que contribuyan al desarrollo de planes, programas y proyectos de investigación con el fin de dar cumplimiento a los objetivos, presupuesto, cronograma, compromisos establecidos con las entidades financiadoras y con los asociados de las propuestas de investigación.

3. Colaborar en el desarrollo del Sistema de Gestión de Calidad en el laboratorio y en el manejo y control de los insumos químicos del laboratorio, de acuerdo con los lineamientos de la Subdirección.

4. Desarrollar actividades de apoyo administrativo e investigación que contribuyan al buen desempeño de la Subdirección y el grupo, y den cumplimiento de los programas y procedimientos establecidos.

5. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los planes, programas y proyectos de investigación biomédica básica y aplicada en el área de entomología médica son presentados dentro del marco del Plan Nacional de Salud Pública, las líneas definidas por la Subdirección de Investigación Científica y acordes con las políticas generales del INS.

2. Los planes, programas y proyectos de investigación biomédica básica y aplicada en el área de entomología médica, se ejecutan acordes con las propuestas de investigación.

3. Los planes, programas y proyectos de investigación biomédica básica y aplicada en el área de entomología médica elaborados cumplen con los compromisos establecidos con las entidades financiadoras y con los asociados de las propuestas de investigación.

4. Documentos de soporte elaborados reflejan que las actividades administrativas para el funcionamiento del Grupo de Entomología cumplen las normas de calidad, seguridad industrial y bioseguridad requeridas.

5. Documentado el Sistema de Gestión de Calidad del Instituto funcionando en el laboratorio e integrado con el personal del Grupo.

6. El manejo y control de los insumos químicos del laboratorio organizado y bajo un sistema de control establecido en el laboratorio.

7. Gestión ambiental para un manejo integral de los vectores de enfermedades dentro de los proyectos de investigación desarrollados en el grupo.

8. Los documentos derivados de los procesos administrativos, gestión contractual, gestión de talento humano, planeación, sistema integrado de gestión, POA y demás son realizados de acuerdo con los procedimientos.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud del orden nacional o territorial y dependencias misionales y/o de apoyo. Trabajo de campo necesario para recolección de información.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente a la dirección, lineamientos del Instituto y normativa vigente que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Sistema Integrado de Gestión

2. Manejo de sistemas de almacenamiento de reactivos

3. Gestión ambiental

4. Inglés básico.

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: planes, programas y proyectos de investigación en el área de entomología médica.

Conocimiento: elaboración de propuestas, ejecución y la divulgación de planes, programas y proyectos de investigación biomédica básica y aplicada, entomología médica y pruebas (oral, escrita y/o práctica, según el conocimiento) de la aplicación de los conocimientos básicos esenciales, correspondientes a cada función.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Química, Licenciatura en Química.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

IX. ALTERNATIVA

Título profesional en Química, Licenciatura en Química.

Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Seis (6) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

F096

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del empleo:Profesional Universitario
Código:2044
Grado:11
Número de empleos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar actividades derivadas de los proyectos de investigación biomédica en el área de la salud ocupacional, laboral y del ambiente de importancia en salud pública dentro de las líneas definidas por el grupo, la Subdirección de Investigación Científica y Tecnológica, y acordes con las políticas generales del INS.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

SUBDIRECCIÓN INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

SALUD OCUPACIONAL Y DEL AMBIENTE

1. Realizar las actividades relacionadas con los proyectos de investigación biomédica en el área de salud ocupacional, laboral y del ambiente en investigación básica y aplicada en salud, en el marco del Plan Nacional de Salud Pública, dentro de las líneas definidas por el grupo, acordes con las políticas generales del INS.

2. Participar y aportar en la construcción de propuestas de investigación, planeación y ejecución del trabajo de campo, revisión y ajuste de bases de datos, análisis de información y elaboración de informes de los proyectos, de acuerdo con lo estipulado por el grupo.

3. Contribuir en la elaboración de los documentos requeridos para el funcionamiento de la dependencia de acuerdo con las funciones de la Subdirección y siguiendo los lineamientos del INS.

4. Apoyar la preparación de material para el desarrollo del trabajo de campo de los proyectos de investigación en el área de salud ocupacional, laboral y del ambiente, de acuerdo con lo estipulado por el grupo.

5. Redactar manuscritos científicos y elaborar informes y presentaciones con el fin de divulgar a la comunidad científica y a los tomadores de decisiones los resultados de los proyectos de investigación realizados en el grupo.

6. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Los proyectos de investigación científica en salud y biomedicina en el área de salud ocupacional, laboral y del ambiente se desarrollan conforme con las políticas y lineamientos del Ministerio de Salud y Protección Social.

2. Los documentos elaborados derivados de la asesoría científico-técnica contribuyen a la solución de inquietudes de los diferentes grupos y a la dirección del INS y a instituciones externas en el área de salud ocupacional, laboral y del ambiente.

3. Las actas de las reuniones y actividades científico-técnicas del INS y demás entidades externas elaboradas permiten planear y desarrollar las actividades de los proyectos de investigación del grupo de conformidad con las instrucciones del subdirector.

4. Las encuestas realizadas permiten desarrollar los proyectos y las líneas de investigación del grupo de Salud Ocupacional y del Ambiente.

5. Los manuscritos científicos, informes y presentaciones son realizados con el fin de divulgar a la comunidad científica y a los tomadores de decisiones los resultados de los proyectos de investigación realizados en el grupo.

6. Los documentos derivados de los procesos administrativos, gestión contractual, sistema integrado de gestión, gestión de talento humano y planeación son realizados de acuerdo con los lineamientos y objetivos del INS.

7. Tesis de pregrado y posgrado desarrolladas reciben la asistencia técnica, científica y administrativa para el logro de los objetivos de la investigación.

8. Los documentos derivados de los procesos administrativos, gestión contractual, gestión de talento humano, planeación, sistema integrado de gestión, POA y demás son realizados de acuerdo con los procedimientos.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud del orden nacional o territorial y dependencias misionales y/o de apoyo. Trabajo de campo necesario para recolección de información.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente a la dirección, lineamientos del Instituto y normativa vigente que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Salud Ocupacional

2. Epidemiología

3. Análisis de bases de datos

4. Elaboración de documentos científicos.

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: Informes, artículos, manuscritos y demás documentos técnicos.

Conocimiento: proyectos de investigación biomédica, Salud ocupacional, laboral y del ambiente, y pruebas (oral, escrita y/o práctica, según el conocimiento) de la aplicación de los conocimientos básicos esenciales, correspondientes a cada función.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Medicina, Enfermería, Bacteriología, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Fisioterapia o Psicología.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Treinta (30) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

IX. ALTERNATIVA

Título profesional en Medicina, Enfermería, Bacteriología, Ingeniería Ambiental, Ingeniería Sanitaria, Fisioterapia o Psicología.

Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Seis (6) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

F139

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:22
Número de empleos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Realizar la gestión administrativa de proyectos de investigación en innovación para el desarrollo de bienes y servicios, y el mejoramiento de la salud y calidad de vida de los colombianos.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

BIOPROSPECCIÓN E INNOVACIÓN EN TECNOLOGÍA

1. Realizar procesos tecnológicos necesarios para obtener productos, procesos y servicios o mejorar los ya existentes.

2. Organizar los procesos y actividades científico-técnicas y administrativas necesarias requeridas en la ejecución de proyectos y procesos de innovación en salud pública.

3. Generar matrices de tecnología vs. productos con el fin de establecer los conocimientos y capacidades tecnológicas que se dominan y cuáles deben adquirirse a través de planes de capacitación oportunos, o establecimiento de alianzas estratégicas.

4. Realizar la consolidación de la información de estudios e informes para determinar la competitividad y potencial tecnológico propio, con el fin de formular estrategias de mejoramiento misional institucional y lograr emplear los recursos científicos y tecnológicos de la manera más eficientemente posible.

5. Realizar la implementación de los procedimientos de gestión de calidad, y la generación de indicadores que permitan asegurar los requisitos de seguimiento y medición en el desarrollo de las diferentes actividades de innovación y desarrollo, según los lineamientos y procedimientos establecidos.

6. Desarrollar procesos que orienten la formulación y seguimiento de los proyectos de investigación e innovación que permitan asegurar el cumplimiento de los requisitos técnicos y éticos exigidos por los comités de evaluación, así como apoyar la presentación de proyectos ante convocatorias para la búsqueda de financiación.

7. Contribuir con la organización y disponibilidad de información generada durante las fases de desarrollo de productos y servicios, innovaciones e invenciones hacia objetivos específicos, evaluación y transferencia de resultados de investigación y desarrollo, según los lineamientos y procedimientos establecidos.

8. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. Documentos de soporte elaborados reflejan que la gestión científico-técnica y administrativa en innovación sirve de instrumento, para toma de decisiones, priorización de recursos en investigación, innovación y desarrollo y al mejoramiento institucional.

2. Estudios predictivos sobre competitividad y potencial tecnológico realizados permiten estar en alerta constante sobre la evolución de la nueva tecnología y herramientas disponibles que deben ser incorporadas en la institución.

3. Conocimientos e innovaciones protegidas según la normatividad y políticas de la entidad, le permiten al INS renovar su patrimonio vía inversión en tecnología propia y realizar la explotación sistemática de la misma.

4. Los proyectos de investigación y estudios en gestión realizados están de acuerdo con las prioridades de salud pública del país y de conformidad con las políticas y lineamientos Institucionales, del Ministerio de Salud y Protección Social y del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.

5. Procesos de planeación y control de proyectos, estandarizados y ejecutados según las órdenes impartidas, permiten tomar acciones correctivas y decisiones oportunas para que mediante los proyectos ejecutados se logre el desarrollo e innovación de productos y servicios en salud.

6. Los procedimientos de control de calidad aplicados y el seguimiento de las diferentes actividades en innovación y desarrollo permiten la organización de los proyectos según prioridades, mejora la coordinación y maximiza el control para la consecución de sus objetivos.

7. Información organizada y actualizada de manera continua permite mejor acceso de la misma para su análisis, materializa la aplicación de resultados y mejora las estrategias para su difusión y transferencia.

8. Los documentos derivados de los procesos administrativos, gestión contractual, gestión de talento humano, planeación, sistema integrado de gestión, POA y demás son realizados de acuerdo con los procedimientos.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud del orden nacional o territorial y dependencias misionales o de apoyo.

Trabajo de campo necesario para recolección de información.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente a la dirección, lineamientos del Instituto y normatividad vigente que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Procesos de gestión técnico-administrativa en salud y biomedicina.

2. Gestión de activos de Propiedad intelectual, interventorías y auditorías.

3. Gestión del conocimiento científico, tecnológico y de innovación.

4. Software y bases de datos de patentes.

5. Herramientas de transferencia de resultados y tecnología en universidades o centros de investigación.

6. Inglés básico.

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: Formulación de estudios previos, Evaluación y aval de las investigaciones del INS, Lineamientos para la formación y transferencia, Elaboración de informes, Gestión de procesos de contratación, Formulación de estudios previos, Evaluación y aval de las investigaciones del INS, Comité editorial, Lineamientos para la formación y transferencia, Presentaciones, conferencias y representación institucional.

Conocimiento: Manejo de la gestión administrativa de proyectos de investigación en innovación, y pruebas (oral, escrita y/o práctica, según el conocimiento) de la aplicación de los conocimientos básicos esenciales, correspondientes a cada función.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería Química, Ingeniería Industrial, Diseño Industrial o Ingeniería Biomédica.

Título de posgrado en la modalidad de Especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Treinta y siete (37) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 334 de 2015> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 0339 de 2013, en el sentido de adicionar la siguiente ficha en el manual de funciones:

F362

I. IDENTIFICACIÓN

Nivel:Profesional
Denominación del empleo:Profesional Especializado
Código:2028
Grado:15
Número de empleos:Uno (1)
Dependencia:Donde se ubique el empleo
Empleo del jefe inmediato:Quien ejerza la supervisión directa

II. PROPÓSITO PRINCIPAL

Gestionar y verificar que el proceso de nómina del Instituto se efectúe de acuerdo con la normatividad vigente y los sistemas de información que la entidad establezca para tal efecto.

III. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES

SECRETARIA GENERAL – GRUPO DE TALENTO HUMANO

1. Gestionar y analizar la nómina del personal del Instituto, revisando y verificando los procesos y cálculos efectuados para la cancelación de los diversos conceptos, a fin de garantizar su correcta elaboración.

2. Gestionar las actividades requeridas para la actualización permanente del sistema de información del recurso humano de la entidad, de acuerdo con los lineamientos establecidos para tal fin.

3. Consolidar y revisar la liquidación de la nómina y las prestaciones sociales, seguridad social y parafiscales del personal según las novedades del personal presentadas, teniendo en cuenta los periodos establecidos y la normatividad vigente.

4. Verificar el costo mensual de nómina y ejecutar el presupuesto de gastos de personal asociados a la nómina dentro de los términos fijados por la entidad.

5. Orientar a los usuarios del software administrativo y financiero del Estado, de acuerdo al procedimiento establecido.

6. Elaborar los informes y documentos que se soliciten dentro y fuera de la entidad, de conformidad con los lineamientos establecidos para tal fin.

7. Las demás asignadas por el jefe inmediato de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el área de desempeño del empleo.

IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES (CRITERIOS DE DESEMPEÑO)

1. La nómina del personal del Instituto es gestionada, analizada, revisada y verificada, a fin de garantizar su correcta elaboración.

2. Las actividades requeridas para la actualización permanente del sistema de información del recurso humano de la entidad son gestionadas de acuerdo con los lineamientos establecidos para tal fin.

3. La nómina y las prestaciones sociales, seguridad social y parafiscales del personal se liquidan según las novedades del personal presentadas, teniendo en cuenta los periodos establecidos y la normatividad vigente.

4. El costo mensual de nómina es proyectado y el presupuesto de gastos de personal asociados a la nómina es ejecutado dentro de los términos fijados por la entidad.

5. Los usuarios del software administrativo y financiero del Estado son orientados de acuerdo al procedimiento establecido.

6. Los informes y documentos que se soliciten dentro y fuera de la entidad son elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos para tal fin.

7. Respuestas a usuarios internos o externos, relacionadas con la liquidación de la nómina y aportes al Sistema de Seguridad Social emitidas oportunamente.

8. Los documentos derivados de los procesos administrativos, gestión contractual, gestión de talento humano, planeación, sistema integrado de gestión, POA y demás son realizados de acuerdo con los procedimientos.

V. RANGO O CAMPO DE APLICACIÓN

Entidades que realicen solicitudes, las relacionadas con la salud del orden nacional o territorial y dependencias misionales y/o de apoyo.

Medidas establecidas en el proceso correspondiente a la Secretaría General, lineamientos del Instituto y normatividad vigente que aplique.

Tipo de usuario interno y externo.

VI. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES

1. Sistema de Seguridad Social Integral

2. Manejo de software y aplicativos de nómina

3. Carrera administrativa

4. Financieros y contables

5. Software ofimático

6. Soporte a usuarios.

VII. EVIDENCIAS

Desempeño: Seguimiento y registro de observación de las competencias comportamentales, aplicadas al desarrollo de las funciones y/o seguimiento y registro de la observación del cumplimiento de los criterios de desempeño (o contribuciones individuales).

Producto: Nómina, registros actualizados, reportes, informes, respuestas a usuarios internos y externos.

Conocimiento: relacionados con el proceso de nómina y prueba (oral, escrita y/o práctica, según el conocimiento) de la aplicación de los conocimientos básicos esenciales, correspondientes a cada función.

VIII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

ESTUDIOEXPERIENCIA
Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas, Administración Pública o Economía.

Título de posgrado en la modalidad de especialización en áreas relacionadas con las funciones del empleo.

Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Dieciséis (16) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

IX. ALTERNATIVA

ESTUDIOEXPERIENCIA
– Título profesional en Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Administración de Empresas, Administración Pública o Economía.

– Tarjeta o matrícula profesional, en los casos reglamentados por ley.
Cuarenta (40) meses de experiencia profesional relacionada con las funciones del empleo.

ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 13 de la Resolución 334 de 2015> La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución número 0339 de 2013.

Dada en Bogotá D. C, a 26 de diciembre de 2013.

Comuníquese y cúmplase.

El Director General,

FERNANDO DE LA HOZ RESTREPO.

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