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RESOLUCIÓN 323-2019 DE 2019

(julio 30)

Diario Oficial No. 51.032 de 1 de agosto 2019

INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 15 de 2020>

Por la cual se aclara y modifica la Resolución número 013 de 2019 por medio de la cual se fijan las tasas que por los servicios de metrología presta el Instituto Nacional de Metrología (INM) vigencia 2019.

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y en particular, las previstas en el artículo 70 de la Ley 1480 de 2011, y el artículo 9o del Decreto 4175 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Metrología (INM) es un organismo de carácter técnico, científico y de investigación, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y presupuestal, adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que de conformidad con lo señalado en el Decreto 4175 de 2011, y artículo 70 de la Ley 1480 de 2011, el Instituto Nacional de Metrología (INM) expidió la Resolución número 013 del 15 de enero de 2019, por medio de la cual se fijan las tasas que por los servicios de metrología presta el Instituto - vigencia 2019.

Que en la citada resolución en su artículo primero ítem número 5. “Producto: materiales de referencia certificados”, se requiere modificar la siguiente publicación de oferta de calibrantes inorgánicos:

Producto Tasa COP Tasa smmlv TASA USD
Disolución de zinc (Zn) con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76
Disolución de calcio (Ca) con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76
Disolución de magnesio (Mg) con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76
Disolución de sodio (Na) con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76
Disolución de potasio (K) con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76
Disolución de hierro (Fe) con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76

Adicionalmente se incluye el siguiente calibrante inorgánico, en la oferta a modificar:

Producto Tasa COP Tasa smmlv TASA USD
Disolución de cadmio (Cd) en HNO3 con valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76

Que según se observa en la Resolución 013 de 2019, los materiales de referencia de Na, K, Ca, Mg, Zn y Fe, se tratan de materiales que ostentan el mismo valor de tasa, y según lo informado por el Subdirector de la Subdirección de Metrología Química y Biomedicina, el texto de los materiales de referencia se puede unificar, señalándose para el efecto lo siguiente: “Material de referencia certificado monoelemental. Valor nominal 1.000 mg/L” y esto aplica para todos los calibrantes inorgánicos.

Que por otro lado, el laboratorio de volumen ha revisado y determinado que los instrumentos que pueden usarse como patrones viajeros, además de la complejidad en la logística para su transporte, no permiten obtener mediciones en sitio con la incertidumbre requerida por el mercado y que las calibraciones en sitio pueden ser cubiertas por los laboratorios acreditados de conformidad con lo señalado en el Decreto 1595 de 2015 recogido por el Decreto Único Reglamentario 1074 del sector Comercio, Industria y Turismo y modificado por el Decreto 2621 de 2015.

Que en virtud de lo anterior, y según consta en radicado 194940 del 12 de julio de 2019 suscrito por el Subdirector de Metrología Física, los servicios que se enlistan, habrán de ser redirigidos a la red de los laboratorios acreditados:

- Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio, de 10 L a 49 L - método volumétrico.

- Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio de 50 L a 99 L - método volumétrico.

Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio, de 100 L a 499 L - método volumétrico.

Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio, de 500 L a 999 L - método volumétrico.

- Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio de 1.000 L a 4.000 L - método volumétrico.

Que conforme con lo anteriormente señalado, se requiere aclarar y modificar la Resolución 013 de 2019.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 15 de 2020> Aclarar y modificar el artículo primero de la Resolución 013 del 15 de enero de 2019, ítem número 5. “Producto: materiales de referencia certificados” estableciendo para el efecto como oferta de los materiales de referencia certificados mencionados arriba, de la forma que sigue:

Producto Tasa COP Tasa smmlv TASA USD
Material de referencia certificado monoelemental. Valor nominal 1.000 mg/L 205.500 0,248154 76

ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 15 de 2020> Dicha tasa es aplicable para la vigencia 2019 a los siguientes materiales de referencia:

- Disolución de zinc (Zn) con valor nominal 1.000 mg/L

- Disolución de calcio (Ca) con valor nominal 1.000 mg/L

- Disolución de magnesio (Mg) con valor nominal 1.000 mg/L

- Disolución de sodio (Na) con valor nominal 1.000 mg/L

- Disolución de potasio (K) con valor nominal 1.000 mg/L

- Disolución de hierro (Fe) con valor nominal 1.000 mg/L

- Disolución de cadmio (Cd) en HNO3 con valor nominal 1.000 mg/L

Así como, para todos los calibrantes inorgánicos que se produzcan como material de referencia por parte del INM en la presente vigencia.

Los demás productos y servicios no son objeto de aclaración o modificación alguna.

ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 15 de 2020> Modificar el artículo primero de la Resolución 013 del 15 de enero de 2019, ítem número 1. “Servicios de Calibración” para eliminar los siguientes servicios debido a la justificación técnica expuesta en los considerandos:

SERVICIOS LABORATORIO DE VOLUMEN

Nombre del servicio Tasa COP Tasa smmlv Tasa USD
Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio, de 10 L a 49 L - método volumétrico 1.451.600 1,752895 537
Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio de 50 L a 99 L - método volumétrico 988.700 1,193915 366
Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio, de 100 L a 499 L - método volumétrico 1.044.600 1,261417 387
Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio, de 500 L a 999 L - método volumétrico 1.044.600 1,261417 387
Calibración recipientes volumétricos metálicos en sitio de 1.000 L a 4.000 L - método volumétrico 1.103.300 1,332301 408

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 30 de julio de 2019.

El Director general,

Edwin Arvey Cristancho Pinilla.

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