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RESOLUCIÓN 43-2019 DE 2019
(febrero 1)
Diario Oficial No. 50.857 de 4 de febrero 2019
INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 15 de 2020>
Por la cual se aclara la Resolución número 013 de 2019 por medio de la cual se fijan las tasas que por los servicios de metrología presta el Instituto Nacional de Metrología (INM) vigencia 2019.
EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE METROLOGÍA,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y en particular, las previstas en el artículo 70 de la Ley 1480 de 2011, y el artículo 9o del Decreto 4175 de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Metrología (INM) es un organismo de carácter técnico, científico y de investigación, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y presupuestal, adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
Que de conformidad con lo señalado en el Decreto 4175 de 2011, y artículo 70 de la Ley 1480 de 2011, el Instituto Nacional de Metrología (INM) expidió la Resolución Nro. 013 del 15 de enero de 2019, por medio de la cual se fijan las tasas que por los servicios de metrología presta el Instituto Nacional de Metrología (INM) vigencia 2019.
Que en la citada resolución en su artículo primero ítem Nro. 4 “Servicios de Ensayo de Aptitud”, se indicó de forma incorrecta los siguientes valores:
- Para el servicio de participación en ensayo de aptitud en medidores de flujo de gas tipo diafragma G 1.6
Tasa SMMLV 5,050017 y Tasa USD 1.546.
- Para el Servicio de participación en ensayo de aptitud en temperatura – calibración de medio isotermo
Tasa SMMLV 6,526863 y Tasa USD 1.998.
Cuando los valores correctos corresponden:
- Para el servicio de participación en ensayo de aptitud en medidores de flujo de gas tipo diafragma G 1.6
Tasa SMMLV 3,059958 y Tasa USD 937.
- Para el servicio de participación en ensayo de aptitud en temperatura - calibración de medio isotermo Tasa SMMLV 3,081694 y Tasa USD 944.
Que en virtud de lo anterior, se requiere aclarar la Resolución 013 de 2019.
En mérito de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 9 de la Resolución 15 de 2020> Aclarar el artículo primero de la Resolución 013 del 15 de enero de 2019, ítem Nro. 4 “Servicios de Ensayo de Aptitud” de la forma que sigue:
Los demás servicios no son objeto de aclaración o modificación alguna.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 1 de febrero de 2019.
El Director General,
Edwin Arvey Cristancho Pinilla