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RESOLUCIÓN 475 DE 2021
(marzo 12)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
“Por la cual se modifica las resoluciones 0620 de 2014, 0666 de 2017 y 1860 de 2019 expedidas por el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA relacionadas con la cobertura de tasa de interés del Decreto 1077 de 2015”
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL FONDO NACIONAL DE VIVIENDA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 8 del Decreto Ley 555 de 2003 y en desarrollo de lo previsto en el Capítulo 2.1.3.1, la Sección 2.1.1.3.3 y la Sección 2.1.1.4.2 del Decreto 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que la Superintendencia Financiera de Colombia ha expedido las Circulares Externas 007, 014 y 022 de 2020, por medio de las cuales impartió instrucciones a los establecimientos de crédito relacionadas con periodos de gracia, modificaciones o redefiniciones a las operaciones activas de crédito necesarias para mitigar los efectos originados por el Covid- 19 en los ingresos o capacidad de pago de los deudores.
Que el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA, expidió la Resolución 3269 de 2020 por medio de la cual estableció al Banco de la República y a los establecimientos de crédito las condiciones adicionales para realizar el intercambio de flujos derivados de la cobertura, cuando se pacten periodos de gracia o prórrogas en capital e intereses y/o la aplicación de cualquier medida para la redefinición o modificación de las condiciones en créditos y contratos de leasing habitacional con el beneficio de la cobertura con la finalidad de lograr la efectividad de este mecanismo.
Que la Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Circular Externa 039 de 2020 de la cual impartió instrucciones relacionadas con la extensión hasta el 30 de junio de 2021 de la vigencia del Programa de Acompañamiento de Deudores -PAD definido en la Circular Externa 022 de 2020.
Que dado lo anterior, se hace necesario modificar las resoluciones 0620 de 2014, 0666 de 2017 y 1860 de 2019, con el fin de ampliar el plazo respecto del Plan de Acompañamiento al Deudor en ellas previsto en el marco de aplicación de la Circular Externa 022 de 2020 de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Modifíquense el primer inciso y el ultimo inciso al artículo transitorio “Plan de Acompañamiento al Deudor” al Capítulo I “De los contratos marco de permuta financiera de tasa de interés e intercambio de flujos” de las Resoluciones 0620 de 2014, 0666 de 2017 y 1860 de 2019, el cual queda así:
“Artículo transitorio. Plan de Acompañamiento al Deudor. Cuando se pacte la redefinición de las condiciones de los créditos de vivienda y contratos de leasing habitacional que cuenten con el beneficio de la cobertura de tasa de interés del FRECH en el marco del Plan de Acompañamiento al Deudor-PAD de que trata la Circular Externa 022 de 2020 de la Superintendencia Financiera de Colombia, y de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo transitorio de los artículos 2.1.1.3.3.5, 2.1.1.4.2.5 y 2.1.3.1.5 del Decreto 1077 de 2015, y las demás normas que las adicionen, modifiquen, sustituyan o complementen, no se entenderá como causal de terminación anticipada de la cobertura.”
(...)
“Lo anterior aplicará para los créditos de vivienda o contratos de leasing habitacional a los que los establecimientos de crédito otorguen las medidas aquí contempladas a sus deudores hasta el 30 de junio de 2021 en las condiciones previstas en la Circular Externa 022 de 2020 de la Superintendencia Financiera de Colombia.”
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las Resoluciones 0620 de 2014, 0666 de 2017 y 1860 de 2019.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 12 MARZO 2021
ERLES E. ESPINOSA
Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda