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RESOLUCIÓN 11177 DE 2011

(24 de octubre)

Diario Oficial No. 48.239 de 31 de octubre de 2011

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por medio de la cual se modifican los artículos 1o y 6o de la Resolución 10621 de 2008.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas en los numerales 5 y 22 del artículo 6o del Decreto 4048 de 2008,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modifícase el artículo 1o de la Resolución 10621 de 2008, el cual queda así:

Artículo 1o. Actualízase a la versión 2, el Código de Buen Gobierno de los empleados públicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, como la expresión voluntaria y participativa de autorregulación y compromiso de su cuerpo directivo y de sus empleados públicos, y como instrumento para garantizar una gestión pública íntegra y generar confianza al interior y exterior de la entidad. El Código de Buen Gobierno es el contenido en el Anexo 1 de la presente Resolución y forma parte integral de la misma”.

ARTÍCULO 2o. Modifícase el artículo 6o de la Resolución 10621 de 2008, el cual queda así:

Artículo 6o. Mapa de Procesos. Adóptase como mapa de procesos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en su versión 6, el contenido en el Anexo 2 de la presente resolución y que hace parte integral de la misma, el cual incluye los procesos estratégicos, misionales, de apoyo y de evaluación, así como los subprocesos y procedimientos que los integran, a través de los cuales la entidad cumple con su misión institucional”.

ARTÍCULO 3o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias, en especial la Resolución 5610 de 18 de mayo de 2011.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de octubre de 2011.

El Director General,

JUAN RICARDO ORTEGA LÓPEZ.

ANEXO 2.

LISTADO MAESTRO DE PROCESOS VERSIÓN 6.

<ANEXO NO INCLUIDO. VER ORIGINAL EN 48.239 de 31 de octubre de 2011; EN LA CARPETA “ANEXOS” O EN LA PÁGINA WEB www.imprenta.gov.co>

(1) Nota: Los procedimientos de Gestión Administrativa Documental e Investigación, Pruebas y/o Evidencias y Decisión son aplicables a los subprocesos de Investigación y Determinación de Impuestos y Gravámenes, Determinación e Imposición de Sanciones, Control y Prevención a Operaciones Sospechosas de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, Denuncias de Fiscalización, Devolución de automotores en virtud de convenios internacionales, Declaratoria de incumplimiento de obligaciones y efectividad de garantías;

Definición de situación jurídica de mercancías aprehendidas y atención a solicitudes.

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