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RESOLUCIÓN 505 DE 2019

(enero 23)

Diario Oficial No. 50.850 de 28 de enero de 2019

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se autoriza el apoyo de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera a los empleados públicos de la DIAN en el desarrollo de actividades de control en el Puente Internacional de Rumichaca del municipio de Ipiales, Nariño.

EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,

en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 53 de la Ley 633 del 2000 modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, en los numerales 1 y 23 del artículo 6o y los parágrafos de los artículos 35 y 36 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, establece que los funcionarios de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera podrán desarrollar funciones de control conforme a la delegación y lineamientos impartidos por el Director General de la UAE-DIAN.

Que los parágrafos de los artículos 35 y 36 del Decreto 4048 de 2008 establecen que cuando las circunstancias lo exijan, previa autorización del Director General, los funcionarios de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, podrán apoyar temporalmente a los empleados públicos de la DIAN, en ejercicio de las funciones y competencias que desarrollen en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera y establecimientos de comercio no abiertos al público.

Que el artículo 1o de la Resolución 1241 de 2008, establece la organización interna de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, en la cual se encuentra la División de Gestión de Control Operativo de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, cuya competencia territorial se circunscribe a las vías de comunicación terrestre y los establecimientos de comercio abiertos al público del departamento de Nariño.

Que el artículo 14 de la Resolución 0009 de 2008 establece las funciones de las Divisiones de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, funciones para el ejercicio del control aduanero en el territorio nacional.

Que el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales solicitó el apoyo de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera, para el control de mercancías que ingresan a territorio aduanero nacional en el Puente Internacional de Rumichaca.

Que es necesario contar con el apoyo de un cuerpo armado en el Puente Internacional de Rumichaca del municipio de Ipiales, Nariño, facultado para apoyar los procesos de fiscalización y control de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, encaminadas a garantizar no solo la sostenibilidad fiscal del Estado, sino también a la prevención, disuasión y represión del crimen organizado.

Que el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales establecerá de manera concertada con el Jefe de la División de Gestión Control Operativo un protocolo de trabajo conjunto entre los funcionarios de operación aduanera y los funcionarios de apoyo de la Policía Fiscal y Aduanera.

Que el proyecto de resolución se publicó en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), durante los días 11 y 12 de enero de 2019, dando cumplimiento al artículo 8o de la Ley 1437 de 2011.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Autorizar hasta el 31 de diciembre de 2019, a los funcionarios de la Policía Fiscal y Aduanera para ejercer actividades de apoyo en el control aduanero a los funcionarios de la División de Gestión de Operación Aduanera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales en el Puente Internacional de Rumichaca del municipio de Ipiales, Nariño.

El apoyo por parte de la Policía Fiscal y Aduanera será ejercido de manera permanente durante el periodo autorizado en la presente resolución y para ello podrá disponer de mecanismos y medios de detección acordes con el Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos.

ARTÍCULO 2o. Ordenar al Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, que conjuntamente con el Jefe de la División de Gestión de Control Operativo, establezcan un protocolo para efectos del cumplimiento de lo previsto en el artículo 1o de la presente resolución.

ARTÍCULO 3o. Comunicar por intermedio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, la presente resolución, al Director de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales y al jefe de la División de Gestión de Control operativo de la misma Dirección Seccional.

ARTÍCULO 4o. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá D.C., a 23 enero de 2019.

La Directora General (E),

Gabriela Barriga Lesmes.

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