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RESOLUCIÓN 10 DE 2021
(febrero 8)
Diario Oficial No. 51.584 de 10 de febrero de 2021
DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
Por la cual se autoriza el apoyo de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera a los empleados públicos de la DIAN, en el desarrollo de actividades de control en el Puente Internacional de Rumichaca, del municipio de Ipiales, Nariño.
EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES,
en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 53 de la Ley 633 del 2000, modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, en los numerales 1 y 23 del artículo 6o, los parágrafos de los artículos 35 y 36 del Decreto 4048 del 22 de octubre de 2008, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 53 de la Ley 633 de 2000, modificado por el artículo 30 de la Ley 1762 de 2015, establece que los miembros de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera podrán desarrollar funciones de control conforme a la delegación y lineamientos impartidos por el Director General de la UAE-DIAN.
Que los parágrafos de los artículos 35 y 36 del Decreto 4048 de 2008, disponen que cuando las circunstancias lo exijan, previa autorización del Director General, los miembros de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera podrán apoyar temporalmente a los empleados públicos de la DIAN, en ejercicio de las funciones y competencias que desarrollen en materia aduanera y cambiaria en zona primaria aduanera y establecimientos de comercio no abiertos al público.
Que el artículo 1o de la Resolución 1241 de 2008, establece la organización interna de la Dirección de Gestión de Policía Fiscal y Aduanera, dentro de la cual se encuentra la División de Gestión de Control Operativo de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, cuya competencia territorial se circunscribe a las vías de comunicación terrestre y a los establecimientos de comercio abiertos al público del departamento de Nariño.
Que el artículo 1o de la Resolución 000012 de 2020, autoriza hasta el 31 de diciembre de 2020, a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera, ejercer actividades de apoyo en el control aduanero a los funcionarios de la División de Gestión de Operación Aduanera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales en el Puente Internacional de Rumichaca del municipio de Ipiales, Nariño.
Que el Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales mediante correo electrónico fechado el 27 de octubre de 2020, solicitó el apoyo de los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera, para el control de mercancías que ingresan a territorio aduanero nacional por el Puente Internacional de Rumichaca.
Que es necesario contar con el apoyo de un cuerpo armado en el Puente Internacional de Rumichaca del municipio de Ipiales, Nariño, facultado para apoyar los procesos de fiscalización y control de los funcionarios de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, encaminadas a garantizar no solo la sostenibilidad fiscal del Estado, sino también a la prevención, disuasión y represión del crimen organizado.
Que el proyecto de resolución se publicó en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), durante los días 18 al 24 de diciembre de 2020, dando cumplimiento al artículo 8o de la Ley 1437 de 2011.
Que se hace necesario dar aplicación a la excepción prevista en el parágrafo 2 del artículo 2o de la ley 1609 del 2 de enero de 2013, por cuanto lo previsto en la presente resolución debe entrar en vigencia de manera inmediata.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Autorizar desde la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución hasta el 31 de diciembre de 2021, a los miembros de la Policía Fiscal y Aduanera para ejercer actividades de apoyo en el control aduanero a los funcionarios de la División de Gestión de la Operación Aduanera de la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales en el Puente Internacional de Rumichaca del municipio de Ipiales, Nariño.
El apoyo por parte de la Policía Fiscal y Aduanera será ejercido de manera permanente durante el periodo autorizado en la presente resolución y para ello podrá disponer de mecanismos y medios de detección acordes con el Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos.
ARTÍCULO 2o. Ordenar al Director Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales, que conjuntamente con el Jefe de la División de Gestión de Control Operativo, establezcan un protocolo de trabajo conjunto entre los funcionarios encargados de la operación aduanera y los miembros de apoyo de la Policía Fiscal Aduanera para efectos del cumplimiento de lo previsto en el artículo 1o de la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. Comunicar por intermedio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, la presente resolución al Director Seccional de Impuestos y Aduanas Ipiales y al Jefe de la División de Gestión de Control Operativo de la misma Dirección Seccional.
ARTÍCULO 4o. Publicar la presente resolución de conformidad con el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO 5o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de febrero de 2021.
El Director General,
José Andrés Romero Tarazona.