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RESOLUCIÓN 3 DE 2024

(enero 25)

Diario Oficial No. 52.653 de 29 de enero de 2024

DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Por la cual se modifica la Resolución número 000025 de 9 de abril de 2019 “Por la cual se establecen los criterios, el porcentaje y el procedimiento para la asignación de la Prima Técnica en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se efectúa una delegación”.

EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN),

en uso de las facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 24 del artículo 8o del Decreto número 1742 de 2020, el artículo 5o del Decreto número 1661 de 1991, artículos 5o y 8o del Decreto número 2164 de 1991 modificado por el Decreto número 1164 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1o del Decreto número 1661 de 1991 y el artículo 1o del Decreto Reglamentario número 2164 del mismo año, la prima técnica es un reconocimiento económico para atraer o mantener en el servicio del Estado a funcionarios o empleados altamente calificados que se requieran para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la aplicación de conocimientos técnicos o científicos especializados en la realización de labores de dirección o de especial responsabilidad, de acuerdo con las necesidades específicas de cada organismo, así como reconocimiento al desempeño en el cargo.

Que el artículo 8o del Decreto número 2164 de 1991, confiere la facultad al jefe del organismo para proferir el acto administrativo mediante el cual se determine la ponderación de los factores a tener en cuenta para determinar el porcentaje con el cual se asignará la prima técnica.

Que el artículo 2o del Decreto número 1268 de 1999, establece que, a criterio del Director General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales a los empleados de la Entidad, se les podrá otorgar Prima Técnica.

Que el parágrafo 1o del artículo referido anteriormente, dispone que el reconocimiento de la Prima Técnica se hará en los mismos términos y condiciones señaladas en las normas que regulan la materia.

Que el artículo 3o del Decreto número 2164 de 1991 modificado por el artículo 1o del Decreto número 2177 de 2006, establece como criterios para la asignación de prima técnica: a) Título de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada; y, b) Evaluación del desempeño.

Que los artículos 1o del Decreto número 1336 de 2003 y 1o del Decreto número 1164 de 2012, establecen que la prima técnica, solo podrá asignarse por cualquiera de los criterios existentes, a quienes estén nombrados con carácter permanente en los empleos del Nivel Directivo, los de Jefe de Oficina Asesora y a los de Asesor cuyo empleo se encuentre adscrito entre otros, a los despachos de Director de Unidad Administrativa Especial.

Que mediante la Resolución número 000025 de 9 de abril de 2019 se establecen los criterios, el porcentaje y el procedimiento para la asignación de la Prima Técnica en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se efectúa una delegación.

Que en la referida Resolución número 000025 de 9 de abril de 2019 se señala que tendrán derecho a la prima técnica por el criterio de evaluación de desempeño “los funcionarios que ocupen cargos del nivel asesor que obtengan un porcentaje mínimo del noventa por ciento (90%) en la evaluación de las competencias laborales y comportamentales en la valoración individual del desempeño definitiva anual”, excluyendo el componente de evaluación de la dependencia, el cual hace parte de la evaluación del desempeño individual establecida en la entidad.

Que el artículo 5o del Decreto número 2164 de 1991 modificado por el artículo 1o del Decreto número 1164 de 2012, establece que la prima técnica por el criterio de evaluación del desempeño se asignará si el servidor público obtiene en la evaluación del desempeño un porcentaje igual o superior al 90%, y que corresponda a un período mínimo de tres (3) meses en el empleo que ejerza en propiedad.

Que teniendo en cuenta lo anterior, la entidad considera preciso acoger los criterios establecidos en las disposiciones generales en relación con el reconocimiento de la prima técnica por evaluación de desempeño, caso en el cual se tomarán los tres componentes que hacen parte de la evaluación del desempeño individual resultando del caso pertinente modificar el artículo 10 de la Resolución número 000025 del 9 de abril de 2019.

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, el respectivo proyecto de resolución fue publicado en sitio web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), del 23 de noviembre al 30 de noviembre de 2023 con el fin de recibir los comentarios de los interesados, los cuales fueron valorados y analizados de manera previa a la expedición del presente acto administrativo.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 10 de la Resolución número 000025 del 9 de abril de 2019 “Por la cual se establecen los criterios, el porcentaje y el procedimiento para la asignación de la Prima Técnica en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se efectúa una delegación”, el cual quedará así:

Artículo 10. Requisitos. Tendrán derecho a la prima técnica por este criterio los servidores públicos que ocupen cargos del nivel asesor que obtuvieren un porcentaje correspondiente al noventa por ciento (90%), como mínimo, del total de la última evaluación del desempeño, correspondiente a un período no inferior a tres (3) meses en el ejercicio del cargo en propiedad. La prima técnica por este criterio no constituye factor salarial para ningún efecto.

Una vez otorgada la prima técnica, el servidor deberá ser evaluado anualmente y el porcentaje de reconocimiento corresponderá a lo señalado en el artículo 11 de la presente resolución.

Será causal de pérdida de la misma obtener una calificación definitiva inferior al noventa por ciento (90%).

PARÁGRAFO 1o. La prima técnica por el criterio de evaluación del desempeño regulada mediante la presente resolución, no aplica para los empleos del Nivel Directivo de la planta de personal en la DIAN, dado que para ellos se fijó la prima técnica automática que es incompatible con esta.

PARÁGRAFO 2o. En todo caso para la obtención de esta prima por primera vez y en periodos diferentes a los establecidos para la realización de la valoración individual del desempeño definitiva anual, deberá realizarse la correspondiente evaluación parcial del desempeño, caso en el cual solo se tendrán en cuenta la medición de los componentes de competencias funcionales y comportamentales.

ARTÍCULO 2o. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y en el portal institucional DIANNET.

ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de su expedición y modifica en lo pertinente el artículo 10 de la Resolución número 000025 del 9 de abril de 2019.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 25 de enero de 2024.

El Director General,

Luis Carlos Reyes Hernández.

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