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RESOLUCIÓN 5564 DE 2014
(diciembre 15)
Diario Oficial No. 49.366 de 15 de diciembre de 2014
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 142 de la Resolución 93 de 2019>
Por la cual se modifica la Resolución número 5042 de 2014, que creó el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 49 del Decreto 1649 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 357 de 2008, la Contaduría General de la Nación adoptó el procedimiento de control interno contable, el cual establece que los entes públicos podrán constituir el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable, como una instancia asesora del área contable de las entidades, que procura por la generación de información contable confiable, relevante y comprensible, sin perjuicio de las responsabilidades y autonomía que caracterizan el ejercicio profesional del contador público.
Que mediante Decreto 1649 del 2 de septiembre de 2014, fue modificada la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, mediante la Resolución número 5042 del 8 de octubre de 2014, creó el Comité Técnico de Sostenibilidad Contable de la Entidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 142 de la Resolución 93 de 2019> Modificar el artículo 2o de la Resolución número 5042 del 8 de octubre de 2014, el cual quedará así:
“Artículo 2o. Conformación del Comité. El Comité Técnico de Sostenibilidad Contable estará conformado por los funcionarios que desempeñen los siguientes cargos:
– El Subdirector de Operaciones del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo presidirá, o su delegado del nivel asesor.
– Un asesor del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, quien lo presidirá en ausencia del Subdirector de Operaciones.
– El Jefe del Área Financiera.
– El Jefe de la Oficina de Planeación.
– El Coordinador del Grupo de Contabilidad, quien ejercerá la Secretaría Técnica del Comité.
PARÁGRAFO 1o. El Jefe de la Oficina de Control Interno asistirá como invitado, con voz pero sin voto, y deberá acompañar y evaluar en forma separada, independiente y objetiva, el cumplimiento de lo ordenado por la ley en materia de sostenibilidad del sistema contable.
PARÁGRAFO 2o. Se podrá invitar a otros funcionarios de la entidad cuando sea del caso y el tema lo amerite”.
ARTÍCULO 2o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C, a 15 de diciembre de 2014.
El Director,
NÉSTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA.