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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA EJECUTIVA REG-EJE-0145 de 2025

(marzo 12)

Diario Oficial No. 53.056 de 12 de marzo de 2025

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta Nacional de Colombia el 13 de marzo de 2025

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se autoriza la apertura de la Categoría única de información del presupuesto ordinario (GUIPO) correspondiente al cuarto trimestre del año 2024 y la del sistema general de regalías correspondiente al cuarto trimestre del primer año del bienio 2024 - 2025 del consolidador de hacienda e información pública (CHIP).

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto Ley 267 de 2000, la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, en armonía con los principios consagrados en la Constitución Política.

Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el Decreto Ley 2037 de 2019 y el Decreto Ley 405 de 2020, establece como función del Contralor General de la República, la de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.

Que la Resolución Reglamentaria Orgánica 063 de 2023, por la cual se reglamenta la rendición de información por parte de las entidades o particulares que manejen fondos o bienes públicos, en todos los niveles administrativos y respecto de todo tipo de recursos públicos, para la vigilancia y el control fiscal de las finanzas y contabilidad públicas, contempla los plazos de rendición de la mencionada información.

Que el artículo 20 de la Resolución Reglamentaria Orgánica 063 de 2023, establece que para el reporte del cuarto trimestre o anual acumulado, la información será la del período comprendido entre el 1o de enero y el 31 de diciembre, con plazo de reporte hasta el 20 de febrero del año inmediatamente siguiente.

Que la Resolución Reglamentaria Orgánica 063 de 2023 establece que la presentación de la información de que trata dicha Resolución se hará a través del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) o de la herramienta que señale la CGR.

Que el Régimen de Contabilidad Presupuestal Pública (RCPP) y el Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal (CICP) son las herramientas con base en las cuales se reporta al Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP) la información presupuestal a la que se refiere la Resolución Reglamentaria Orgánica 063 de 2023, o la que la modifique o sustituya.

Que la Contaduría General de la Nación, el día 19 de febrero de 2025, informó al público en general que “se encuentra disponible la nueva versión 24.14.0 del CHIP Local...”, y da instrucciones para que los usuarios de esa herramienta la puedan instalar.

Que varias entidades manifiestan a la Contraloría delegada para Economía y Finanzas Públicas (CDEFP) que por el cambio de herramienta (versión 24.14.0 del CHIP Local) no pudieron realizar el reporte de la categoría GUIPO o Sistema General de Regalías dentro del plazo previsto en la Resolución Orgánica 063 de 2023.

Que, por lo expuesto, se hace necesario autorizar la apertura de la categoría única de información del presupuesto ordinario (CUIPO) correspondiente al cuarto trimestre del año 2024, y la del sistema general de regalías, correspondiente al cuarto (4o) trimestre acumulado del primer año del bienio 2024 - 2025, del consolidador de hacienda e información pública (CHIP), para las entidades que no reportaron o reportaron con inconsistencias la información de la categoría y periodo mencionados.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. APERTURA DE LA CATEGORÍA ÚNICA DE INFORMACIÓN DEL PRESUPUESTO ORDINARIO (CUIPO) DEL CONSOLIDADOR DE HACIENDA E INFORMACIÓN PÚBLICA (CHIP). Con el fin de permitir el reporte o corrección de la información de que tratan los artículos 15, inciso segundo y tercero, 16, 17, 18, 19 de la Resolución reglamentaria orgánica 0063 del 3 de mayo de 2023, correspondiente al cuarto (4o) trimestre acumulado del año 2024, se abrirá la plataforma del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), durante el periodo comprendido entre las 00:01 a. m. del 14 de marzo de 2025 y las 11:59 p. m. del 20 de marzo de 2025.

ARTÍCULO 2o. APERTURA DE LA CATEGORÍA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS DEL CONSOLIDADOR DE HACIENDA E INFORMACIÓN PÚBLICA (CHIP). Con el fin de permitir el reporte o corrección de la información de que trata el artículo 29 de la Resolución Reglamentación Orgánica 0063 del 3 de mayo de 2023, correspondiente al cuarto (4o) trimestre acumulado del primer año del bienio 2024 - 2025, se autoriza la apertura de la plataforma del Consolidador de Hacienda e Información Pública (CHIP), durante el periodo comprendido entre las 00:01 a. m. del 14 de marzo de 2025 y las 11:59 p. m., del 20 de marzo de 2025.

ARTÍCULO 3o. PUBLICIDAD. La presente resolución se deberá publicar en el Diario Oficial y en el sitio web de la Contraloría General de la República.

ARTÍCULO 4o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a 12 de marzo de 2025.

El Contralor General de la República,

CARLOS HERNÁN RODRÍGUEZ BECERRA

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