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RESOLUCIÓN 1458 DE 2016

(agosto 11)

Diario Oficial No. 49.969 de 18 de agosto de 2016

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE

Por la cual se definen las condiciones generales para la presentación de proyectos de Infraestructura Deportiva, criterios de priorización y asignación de recursos para su ejecución.

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL DEPORTE, LA RECREACIÓN, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL APROVECHAMIENTO DEL TIEMPO LIBRE (COLDEPORTES),

en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas en el decreto 4183 de 2011 y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia señala en el artículo 52 el reconocimiento de “todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas”.

Que los artículos 300 y 311 del ordenamiento constitucional, señalan respectivamente: “Regular, en concurrencia con el municipio, el deporte, la educación y la salud en los términos que determina la Ley”. (...) “Al municipio como entidad fundamental de la división políticoadministrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes”.

Que la Ley 152 de 1994, “por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo” cuyo propósito es “establecer los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo, así como la regulación de los demás aspectos contemplados por el artículo 342 y en general por el Capítulo 2 del Título XII de la Constitución Política y demás normas constitucionales que se refieran al plan de desarrollo y la planificación”.

Que la ley orgánica del plan de desarrollo se aplicará a la Nación, a las entidades territoriales y a los organismos públicos de todo orden y sus actuaciones se regirán por los principios de autonomía, ordenación de competencias, coordinación, consistencia, prioridad del gasto público social, participación, sostenibilidad ambiental, desarrollo armónico de las regiones, proceso de planeación, eficiencia, viabilidad, coherencia y conformación de los planes de desarrollo.

Que el artículo 3o literal n) de la Ley 152 de 1994, establece “para efectos de la elaboración de los planes de inversión y con el propósito de garantizar coherencia y complementariedad en su elaboración, la nación y las entidades territoriales deberán tener actualizados bancos de programas de proyectos”.

Que la Ley 181 de 1995, “por el cual se dictan disposiciones para el fomento del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la Educación Física y se crea el Sistema Nacional del Deporte”, señala en el artículo 3o lo siguiente: “Para garantizar el acceso del individuo y de la comunidad al conocimiento y práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, el Estado tendrá en cuenta los siguientes objetivos rectores”: (...) 12. Planificar y programar la construcción de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios, procurando su óptima utilización y uso de los equipos y materiales destinados a la práctica del deporte y la recreación”. Negrilla y subrayado fuera de texto.

Que el numeral 5 del artículo 58 de la Ley 489 de 1998 señala que es competencia de los Departamentos Administrativos “coordinar la ejecución de sus planes y programas con las entidades territoriales y prestarles asesoría, cooperación y asistencia técnica”.

Que el artículo 6o de la precitada ley consagra que “En virtud del principio de coordinación y colaboración, las autoridades administrativas deben garantizar la armonía en el ejercicio de sus respectivas funciones con el fin de lograr los fines y cometidos estatales”.

Que el artículo 76 de la Ley 715 de 2001, señala las competencias del municipio, indicando que le corresponde, directa o indirectamente, con recursos propios, del Sistema General de Participaciones u otros recursos, promover, financiar o cofinanciar proyectos de interés municipal y en especial ejercer las siguientes competencias (...) “76.7.2. Construir, administrar, mantener y adecuar los respectivos escenarios deportivos”.

Que mediante el Decreto 4183 del 03 de noviembre de 2011, se transformó el Establecimiento Público Instituto Colombiano del Deporte (Coldeportes), en el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes), como organismo principal de la administración pública, del nivel central, rector del sector y Sistema Nacional del Deporte, con una estructura orgánica diferente.

Que esta Entidad tiene como objetivo dentro del marco de sus competencias y de la ley, “formular, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar la política pública, planes, programas y proyectos en materia del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física, para promover el bienestar, la calidad de vida, así como contribuir a la salud pública, a la educación, a la cultura, a la cohesión social, a la conciencia nacional y a las relaciones internacionales, a través de la participación de los actores públicos y privados”.

Que el artículo 4o del Decreto 4183 de 2011, señala las funciones de Coldeportes, entre otras las siguientes: 1. “Formular, coordinar la ejecución y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos en materia de deporte, la recreación, la actividad física, y el aprovechamiento del tiempo libre”. “11. Fomentar la generación y creación de espacios que faciliten la actividad física, la recreación y el deporte”. “12. Planificar y programar la construcción de instalaciones deportivas con los equipamientos necesarios, procurando su óptima utilización y uso de los equipos y materiales destinados a la práctica del deporte y la recreación”. “13. Promover que los municipios expidan normas urbanísticas que incluyen la reserva de espacios suficientes e infraestructuras mínimas para cubrir las necesidades sociales y colectivas de carácter deportivo y recreativo”. “22. Establecer criterios de cofinanciación frente a los planes y programas que respondan a las políticas públicas en materia de deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física”. “24. Brindar asistencia técnica a los entes departamentales, distritales y municipales para la formulación de planes deportivos y la ejecución de proyectos relacionados con el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la educación física”. “27. Establecer los criterios generales de cofinanciación de los proyectos de origen regional”.

Que conforme al artículo 11 del Decreto 4183 de 2011 corresponde al Despacho del Director del Departamento: 1. Formular, dirigir, coordinar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con el deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la actividad física. 3. Definir, dirigir y coordinar los planes, programas, y proyectos a cargo del Departamento. 4. Ordenar los gastos y suscribir, de acuerdo con la ley, los contratos y convenios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Departamento Administrativo. 11. Expedir los actos administrativos que le correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra los mismos; 20. Formular y orientar los planes, programas y proyectos del Departamento”.

Que con fundamento en los procesos de planeación, optimización de la inversión de recursos públicos, Coldeportes ha definido los siguientes criterios básicos, esto en armonía con lo determinado en el Sistema Unificado de Inversión Pública, y la posibilidad de asignar recursos a las entidades formuladoras de los proyectos, para apoyar la construcción, adecuación y/o intervención de escenarios deportivos y recreativos, en todo el territorio nacional.

En consideración a lo expuesto anteriormente;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto definir las condiciones generales para la presentación de proyectos de infraestructura recreativa y deportiva y establecer los criterios de priorización y asignación de recursos para su ejecución.

ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Las disposiciones previstas en la presente resolución, aplican a los proyectos de infraestructura deportiva que presentan las entidades territoriales, institutos departamentales y/o municipales de deportes (entidades ejecutoras) para la construcción, ampliación, adecuación; terminación de escenarios deportivos y/o recreativos inconclusos.

ARTÍCULO 3o. DESTINACIÓN DE LOS RECURSOS. Atendiendo a la fuente de financiación, los recursos que se otorguen en cumplimiento del presente acto administrativo, se destinarán a la financiación de proyectos de construcción de escenarios nuevos, ampliación, adecuación y terminación de infraestructura deportiva y/o recreativa inconclusa.

ARTÍCULO 4o. FORMULACIÓN DE LOS PROYECTOS. Todos los proyectos de Infraestructura Deportiva y/o Recreativa, deben ser formulados de conformidad con las metodologías y lineamientos que para el efecto defina el Departamento Nacional de Planeación y Coldeportes.

ARTÍCULO 5o. PLANIFICACIÓN DEL PROYECTO. En la planificación del proyecto se deben considerar los tiempos que requiere el ente ejecutor para la maduración del proyecto, el desarrollo del proceso de selección del contratista ejecutor y el trámite de licencias, permisos y autorizaciones previas al inicio de la ejecución de los proyectos.

ARTÍCULO 6o. PRESENTACIÓN DE PROYECTOS. Los proyectos de inversión en materia de infraestructura deportiva y/o recreativa serán presentados a Coldeportes por las entidades formuladoras de los mismos, acompañados de los respectivos estudios técnicos, diseños y soportes con los permisos y licencias que se requieran, previa revisión del cumplimiento de las características técnicas a que se refiere el artículo 7o de la presente resolución y la armonización con los planes de desarrollo territoriales.

PARÁGRAFO 1o. REGISTRO DE LOS PROYECTOS. El proyecto se debe presentar mediante comunicación formal en medio físico y magnético y adjuntar los soportes y anexos que le den integralidad, asegurando que estos se encuentren completos y legibles.

PARÁGRAFO 2o. Los proyectos que se presenten a Coldeportes deberán encontrarse a nivel de estudio fase III, es decir, diseños integrales y estudios técnicos definitivos aprobados por las entidades competentes en el municipio o distrito donde se ejecute el proyecto.

PARÁGRAFO 3o. Con la presentación del proyecto la Entidad Territorial garantiza que no realizará variaciones al contenido o alcance del objeto, o finalidades del mismo, las cuales, de ser necesario deberán ser sometidas a la valoración y actualización del concepto de la factibilidad del proyecto emitido por Coldeportes.

ARTÍCULO 7o. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LOS PROYECTOS A COFINANCIAR. Los proyectos susceptibles de ser cofinanciados con recursos de Coldeportes deben estar en concordancia con el Plan Nacional de Desarrollo y los planes de desarrollo de las entidades territoriales, así como cumplir con las siguientes características:

a) Pertinencia. Cuando el proyecto guarda congruencia con las condiciones y necesidades socioculturales, económicas y ambientales de la población objetivo;

b) Impacto. Entendido como la contribución efectiva que realice el proyecto al cumplimiento de las metas locales, sectoriales, regionales y los objetivos y fines del Sistema Nacional del Deporte y mejoramiento de las condiciones de vida y bienestar de la comunidad beneficiaria del Proyecto;

c) Articulación. Requisito para que el proceso de formulación y evaluación de los proyectos, se realice bajo un enfoque integral que lo articule con el plan de desarrollo, y el componente presupuestal de la entidad formuladora. En consonancia con los principios antes expuestos, el proceso de formulación y evaluación de los proyectos en deporte, recreación, actividad física, y uso del tiempo libre, deberá fundamentarse integralmente en los enfoques de derecho diferencial, y mínimo vital.

Se debe identificar esta articulación con el Plan Nacional de Desarrollo, con las Políticas del Gobierno nacional, el Plan Decenal 2009-2019 y el Plan Estratégico 2014-2018;

d) Prioridad. En función de las estrategias y acciones señaladas en los planes de deporte, recreación y actividad física;

e) Sostenibilidad. La sostenibilidad implica que la entidad ejecutora dispone de: a) la capacidad técnica y de gestión necesaria para mantener las obras generadas por el proyecto; y b) los recursos financieros suficientes para financiar los costos corrientes que generará el mantenimiento y sostenimiento de la infraestructura construida, o intervenida.

ARTÍCULO 8o. REQUISITOS MÍNIMOS DE LOS PROYECTOS. De acuerdo con lo establecido en la presente resolución, los proyectos de infraestructura deportiva y/o recreativa presentados, deben cumplir como mínimo con los siguientes requisitos:

a) Sustentación de la necesidad a atender. A partir del balance general de infraestructura deportiva con la que cuenta el ente ejecutor, se deberá sustentar la necesidad y/o determinar el déficit que atenderá el proyecto; dicho balance deberá partir del registro, tipificación y magnitud de inversiones en materia de infraestructura deportiva existente;

b) El alcance del proyecto. Una correcta definición del alcance del proyecto; debe tener en cuenta: i) los requisitos de los entregables o productos; ii) la correcta descripción de los productos entregables del proyecto, y sus criterios de aceptación; iii) los límites del Proyecto, para tener claridad explícita de qué está excluido del mismo; iv) las restricciones para la ejecución del proyecto; v) los supuestos en los que se basa el Proyecto; vii) los riesgos identificados que impactan el proyecto; vi) cronograma e hitos representativos del proyecto.

c) Infraestructura asociada al proyecto:

-- Construcción de una obra nueva.

-- Terminación de obras inconclusas.

-- Intervención sobre obra existente para realizar: Adecuación, ampliación;

d) Tipología general del proyecto. Dentro de la gama de proyectos de infraestructura, que pueden someterse a consideración de Coldeportes, es preciso que se tenga en cuenta la tipología contenida en el Anexo 3 - Inventario de infraestructura deportiva;

e) Documentación general y técnica: De acuerdo al alcance definido para el proyecto se deben allegar los documentos generales y técnicos requeridos, conforme a los Anexos número 1, 1.1, 1.2, 2 y 3, que hacen parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 9o. CRITERIOS GENERALES DE SELECCIÓN DE PROYECTOS. Para emitir el concepto técnico de viabilidad del proyecto, Coldeportes realizará la revisión en dos fases:

a) Verificación del cumplimiento de requisitos técnicos mínimos. En una primera fase se realiza una revisión general de la documentación del proyecto, la cual no genera ningún puntaje y está orientada a verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria, entre otros los siguientes: i) Verificación técnica de los estudios y diseños del proyecto, ii) El pleno cumplimiento de requisitos técnicos; iii) la posibilidad de ajustar, subsanar falencias del proyecto o aportar algún documento necesario para acreditar los requisitos definidos en la convocatoria respectiva, teniendo como base los siguientes aspectos:

Calidad y coherencia del proyecto. En este punto se verifica la información relacionada con el objetivo del proyecto, sus planteamientos básicos, la dimensión de las variables que intervienen, soluciones y actividades.

Impacto social: determina los efectos sociales sobre los grupos de personas afectadas por el proyecto, traducido en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes o en la solución práctica de una problemática local.

Impacto económico: compara los beneficios a generar con los costos o inversiones necesarias para la ejecución del proyecto.

Impacto ambiental: establece los posibles efectos sobre el medio ambiente causados por la modificación del entorno natural como consecuencia de la ejecución de la obra, así como como las medidas planteadas para su mitigación, prevención o compensación, según sea el caso;

b) Priorización de la inversión: En una segunda fase se establece la prioridad de inversión y destinación de los recursos para los proyectos que habiendo cumplido con los requisitos mínimos en la primera fase, se ajusten en mayor medida a los siguientes criterios conforme a los parámetros de evaluación y selección que se definan para cada convocatoria:

1. Importancia estratégica del proyecto para el país.

2. Que beneficie a población vulnerable o grupos de minorías.

3. Que beneficie a una mayor cantidad de población.

4. Que se encuentre en un municipio de consolidación, municipio afectado por la violencia (posconflicto), por emergencias producto de ola invernal o por catástrofe natural, y/o situaciones antrópicas, entre otras, frente a otro que no presente esta condición.

5. Presentación de aporte económico por parte de la entidad ejecutora para la ejecución del proyecto.

6. Antecedentes de la entidad territorial en la ejecución de proyectos de infraestructura con recursos de Coldeportes.

No obstante lo anterior, Coldeportes en cualquier momento podrá hacer uso de su facultad institucional de priorizar aquellos proyectos que considere necesarios para el desarrollo de sus políticas de fomento y fortalecimiento de la infraestructura recreativa y deportiva.

PARÁGRAFO. De conformidad con lo señalado en el presente artículo, la Dirección Técnica de Recursos y Herramientas del SND, presentará al(a) al Director(a) un informe técnico, financiero y jurídico del resultado de aplicación las variables de priorización y asignación de recursos definidas específicamente para cada convocatoria, con el propósito de establecer la asignación de los mismos, en función de la disponibilidad presupuestal existente.

ARTÍCULO 10. FINANCIACIÓN DE PROYECTOS. Las entidades interesadas en presentar sus proyectos para la construcción, adecuación, ampliación, reforma de escenarios deportivos, recreativos, lúdicos y de actividades físicas en Colombia de uso público, deberán cumplir con un aporte mínimo referente a los estudios técnicos, diseños integrales del proyecto, así como acreditar la propiedad o posesión del predio donde se ejecutarán las obras, debidamente saneado, con los impuestos al día y la conexión definitiva a los servicios públicos.

Para los proyectos de infraestructura priorizados, el aporte de Coldeportes podrá cubrir hasta el 100% de los costos de la obra, de conformidad con los criterios definidos para cada convocatoria.

PARÁGRAFO 1o. Excepcionalmente el Director de Coldeportes, podrá asignar financiación de 100% de los recursos necesarios para el proyecto, en los proyectos relacionados con infraestructura para los juegos nacionales o internacionales desarrollados en Colombia o proyectos que se consideren estratégicos para el Gobierno nacional.

La asignación de recursos por parte de Coldeportes, estará sujeta a la disponibilidad presupuestal, en la vigencia fiscal correspondiente.

ARTÍCULO 11. EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA. Los proyectos de infraestructura que se financien con recursos de Coldeportes, serán ejecutados por las entidades formuladoras de los proyectos, con estricta sujeción al régimen presupuestal y al de contratación pública vigente y aplicable. La entidad ejecutora garantizará la correcta ejecución de los recursos asignados al proyecto, así como el suministro y registro de la información requerida por el sistema de monitoreo, seguimiento, control y evaluación que adopte la entidad.

PARÁGRAFO. En función de la complejidad del proyecto y en atención a las condiciones particulares de la entidad formuladora de estos, Coldeportes podrá utilizar esquemas alternos para facilitar y optimizar la ejecución de los proyectos, a través de contratos de gerencia o de administración de proyectos.

ARTÍCULO 12. INTERVENTORÍA. Los costos correspondientes a la interventoría de la obra serán asumidos por Coldeportes, y el trámite de contratación se adelantará de acuerdo con la normatividad de contratación vigente.

ARTÍCULO 13. INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. La Entidad formuladora de los proyectos es responsable de los estudios y diseños aportados con el proyecto presentado a la Entidad. La calidad de la información allegada y de los documentos aportados en el proyecto de infraestructura deportiva, es responsabilidad exclusiva de la entidad formuladora del mismo.

ARTÍCULO 14. SUPERVISIÓN. La supervisión de la ejecución de los proyectos estará a cargo de Coldeportes a través de los funcionarios o contratistas designados para el efecto.

ARTÍCULO 15. VIGENCIA. La presente resolución rige desde la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias y en particular la Resolución número 00312 de 15 de marzo de 2016.

ARTÍCULO 16. PUBLICACIÓN. La publicación del presente acto administrativo se hará en la página web del Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre (Coldeportes): www.coldeportes.gov.co.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

La Directora Coldeportes,

CLARA LUZ ROLDÁN GONZÁLEZ.

ANEXO NÚMERO 1.

RELACIÓN DE DOCUMENTACIÓN BÁSICA QUE DEBE ADJUNTARSE AL PROYECTO.

1Carta de presentación del proyecto dirigida a Coldeportes con nombre de la entidad territorial y datos básicos del proyecto, suscrita por el representante legal, o persona delegada para tal fin (acreditación). Según anexo 1.1
2Certificado de planeación municipal y/o departamental donde indique que el alcance, proyecto presentado atiende al propósito del plan de desarrollo municipal respectivo, referenciando la estrategia, meta y objetivo, según corresponda. De igual forma certificar que la localización y alcance del proyecto se encuentra armonizado con el uso del suelo y lineamientos establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT), Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT), o Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), según corresponda.
4Certificado de disponibilidad presupuestal incluyendo la fecha de la vigencia que corresponda al monto de cofinanciación al ente territorial y autorización para comprometer vigencias futuras (cuando aplique) generadas por la autoridad competente, indicando el monto que aportaría la entidad territorial, para la ejecución del proyecto.
5Licencia ambiental o permisos ambientales por parte de la entidad ambiental competente o certificado de la CAR (Corporación Autónoma Regional), y/o autoridad competente comunicando que no es necesario el licenciamiento ambiental.
6Licencia de construcción requerida para ejecutar el proyecto.
7Certificado de tradición y libertad del predio expedido por la respectiva oficina de instrumentos públicos, con fecha de expedición no superior a 30 días, respecto de la fecha de radicación del proyecto en Coldeportes, con el número de matrícula claramente identificado. De igual forma adjuntar copia de la escritura pública de propiedad del predio y certificado catastral.
En su defecto la acreditación de la posesión conforme a la Ley 1551 de 2012.
8Acta de concertación y socialización del proyecto con la comunidad, que incluya el nombre del proyecto, fecha de realización, objetivo de su realización, firmas legibles con nombres, apellidos y números de cédulas, dirección de vivienda y número telefónico de cada participante, quienes deben corresponder a población ubicada dentro del área de influencia del proyecto.
9Certificación juramentada que el proyecto no ha sido presentado a otra entidad del Estado con el propósito de canalizar recursos para su ejecución. (En caso afirmativo deberá indicar a qué entidades ha sido presentado y cuál fue su alcance y propósito).
10Ficha EBI del Proyecto a partir del diligenciamiento de la metodología general ajustada (MGA vigente) del DNP.
11Memorial de responsabilidad del profesional que realizó los cálculos y diseños en cada uno de los componentes del proyecto, indicando el cumplimiento de las normas y reglamentos vigentes con las que se realizó. (Nombre del proyecto, municipio, dirección del predio, fecha de elaboración, planos entregados en versión final para construcción, debidamente firmados por el profesional y avalados por el municipio, etc.).
12Copia tarjeta profesional del responsable según norma y componente, acompañado del certificado de idoneidad.
13Certificado de disponibilidad de servicios públicos.
14Registro fotográfico a color, con fecha legible, que evidencie el estado actual del área sobre la cual se ejecutaría el proyecto, identificando su entorno.
15Planos del proyecto en medio físico y magnético, formatos .DWG y .PDF
16Documentación técnica del proyecto de conformidad con el alcance del Anexo número 2.
17Presupuesto para la ejecución del Proyecto.
18Cronograma para la ejecución del proyecto incluyendo etapa precontractual.
19Flujo de inversión para la ejecución del proyecto. Incluyendo etapa precontractual.
20Registro de inventario de infraestructura deportiva del municipio de conformidad con el alcance del Anexo número 3.

Nota: Los estudios, memorias de cálculo, presupuesto, planos, que se alleguen deberán contar con la firma original del profesional que corresponda según componente del proyecto y competencias legales.

Nota 1: Los proyectos que se radiquen con información incompleta, serán devueltos a la entidad territorial sin revisión para que sean presentados de manera adecuada en una nueva convocatoria.

Anexo 1.1 - Nombre del ente territorial

Ciudad y fecha

Doctor

--------------------

Director

COLDEPORTES

Av. 68 No 55-65

Bogotá, D. C.

Asunto: Remisión de Proyecto de Infraestructura Deportiva para efectos de revisión. **

Respetado doctor,

En mi calidad de Representante legal del (Ente Territorial), con NIT _______________ y en concordancia con Resolución número ______________ de 2016, presentó a su consideración el proyecto viabilizado por este ente territorial, con el fin de someterlo a revisión, de igual forma que se evalúe la posibilidad de aporte de recursos para su ejecución, para el efecto manifiesto que conocemos los requisitos por ustedes definidos en la resolución antes citada.

Nombre del proyecto: “__________________________________”

Costo total proyecto, sin incluir interventoría: $__________________

Valor posible aporte fuente Coldeportes: $__________________

Valor financiado con recursos del municipio (u otra fuente): $ __________________

En cuanto a los recursos para el mantenimiento, operación y sostenibilidad del mismo, estos provienen de: ____________________________________________________.

Manifiesto de igual forma que el proyecto cuenta con la respectiva viabilización técnica económica y social de parte del responsable del (Ente Territorial), soportada en los estudios y diseños realizados por: _____________________ (Indique mes y año).

Con toda consideración y respeto,

_______________________________________

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL DEL ENTE TERRITORIAL

Representante Legal

** El proyecto que remita el ente territorial podrá tener como propósito revisión técnica para trámites de financiamiento con tasa compensada de Findeter, financiamiento del proyecto con recursos propios o por otra fuente.

Anexo 1.2. Nombre del ente territorial

Ciudad y fecha

Doctor

---------------------

Director

COLDEPORTES

Av. 68 No 55-65

Bogotá, D. C.

Asunto: Certificación Banco de Proyectos

Respetado doctor,

En mi calidad de responsable del Banco de Proyectos del (ente territorial), con NIT _______________ certifico que:

El proyecto denominado “(Nombre del Proyecto)” radicado en este banco de proyectos, con el número __________________, cuenta con viabilización técnica, económica y social, soportado en los estudios y diseños que hacen parte también del radicado y que reposan en este banco.

Atentamente,

_______________________________________

NOMBRE RESPONSABLE DE BANCO PROYECTOS ENTE TERRITORIAL

CARGO:

C.C. No

ANEXO NÚMERO 2.

ASPECTOS GENERALES DE ALCANCE Y CONTENIDO GENERAL DEL PROYECTO DE INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA **.

1CONTEXTO Y ANTECEDENTES: Documento en el que se registre la siguiente información firmado por el representante legal.
1.1Disciplinas Deportivas destacadas en el municipio.
1.2Inventario de Escenarios Deportivos (según Anexo 3).
1.3Plan de Desarrollo Local.
1.4Población del municipio.
1.4Población afectada por la problemática.
1.6Población beneficiada con la ejecución y operación del proyecto.
2.ASPECTOS JURÍDICOS Y LEGALES
2.1Propiedad del predio.
2.2Ordenamiento territorial.
2.3Servicios públicos.
2.4Normas y reglamentos.
2.5Condiciones especiales – Localización.
3.CONDICIONES TÉCNICAS DEL PREDIO
3.1Área del predio.
3.1.1Área del campo de juego.
3.1.2Zonas de seguridad.
3.1.3Zonas de graderías y servicios conexos para público.
3.1.4Zonas de servicios conexos para Deportistas.
3.1.5Zonas exteriores.
3.2Condiciones topográficas.
3.3Colindantes.
3.4Aislamientos.
3.5Macro-localización y micro-localización del proyecto.
3.6Accesibilidad al predio donde se propone desarrollar el proyecto.
3.7Riesgos de la naturaleza y riesgos ambientales.
3.8Registro fotográfico del predio seleccionado para adelantar el proyecto.
4CONDICIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO
4.1Levantamiento topográfico
4.1.1Certificado del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), donde la planimetría y la altimetría estén referenciados a la red vigente nacional.
4.1.2Plano de localización con traslado de coordenadas, indicando materialización de mojones en el proyecto.
4.1.3Planimetría con coordenadas reales que incluya vías colindantes y de acceso al proyecto, linderos, construcciones existentes, accidentes geográficos, afectaciones por rondas de rio o líneas de alta tensión, redes hidrosanitarias y eléctricas, norte, cuadro de áreas y de coordenadas.
4.1.4Altimetría con cotas reales y perfiles de terreno con cuadro de cotas.
4.1.5Carteras de campo y memoria de cálculo
4.1.6Registro fotográfico del predio, alrededores y evidencia de toma mediciones.
4.1.7Informe del levantamiento topográfico, describiendo metodología y técnica empleada para el traslado de coordenadas
4.2 Diseño Arquitectónico
4.2.1Plano de ubicación del proyecto dentro del municipio, con área total del proyecto.
4.2.2Plano de localización y entorno inmediato del proyecto, indicando acceso al proyecto.
4.2.3Plano de implantación del proyecto, incluyendo cuadro de áreas de corte y relleno.
4.2.4Plantas arquitectónicas con cuadros de áreas.
4.2.5Cortes arquitectónicos, alzados, fachadas y secciones.
4.2.6Planos de detalles constructivos, especificaciones y convenciones.
4.2.7Implantación del proyecto con cuadro de áreas de cortes y rellenos.
4.2.8Render del proyecto.
4.2.9Memoria arquitectónica descriptiva (Texto).
4.2.10Accesibilidad para movilidad reducida (espacios para circulación, rampas, baños).
4.2.11Zonas de seguridad áreas de juego.
4.2.12Zonas de gradería y servicios conexos para público.
4.2.13Zonas para deportistas con áreas y unidades básicas sanitarias, conforme a disciplina deportiva.
4.2.14Zonas para jueces con áreas y unidades básicas sanitarias.
4.3Estudio de Suelos
4.3.1Plano localización de sondeos conforme NSR10 para las estructuras, indicando coordenadas reales del proyecto.
4.3.2Plano del proyecto con localización de apiques, de conformidad con el alcance tipología y complejidad del proyecto. Incluye cuadro de coordenadas reales.
4.3.3Perfil estratigráfico para sondeos y apiques realizados.
4.3.4Ensayos de laboratorio con firma del geotecnista.
4.3.5Pruebas de infiltración y percolación que determinan permeabilidad del suelo.
4.3.6Informe de estudio geotécnico que incluya como mínimo caracterización y clasificación del suelo, capacidad portante, nivel freático, recomendaciones para cimentaciones de cada escenario o edificación, recomendaciones para estructuras de contención, si aplica.
4.3.7Registro fotográfico en sitio de las exploraciones a color.
4.4Diseño Estructural
4.4.1Planta de cimentación que incluya ejes y niveles estructurales, en escala que permita la visualización y revisión del proyecto.
4.4.2Planos de cortes y detalles de elementos estructurales y no estructurales.
4.4.3Plano de despiece de elementos estructurales.
4.4.4Memoria del diseño estructural que incluya parámetros adoptados para el cálculo de estructuras, cargas totales, memorias de despiece y detalles de elementos estructurales, especificaciones técnicas, conexiones, diseño de platinas y elementos de anclaje.
4.4.5Memoria de diseño según tipología, alcance y complejidad del proyecto.
4.4.6Memorias de diseño de tanques de almacenamiento de agua potable o de reserva contra incendios, con fundamento en el dimensionamiento del estudio hidráulico.
4.5Diseño hidráulico
4.5.1Plano hidráulico en planta, acotado, con diámetros, punto de captación, convenciones y en escala que permita la visualización y revisión del proyecto.
4.5.2Planos de cortes e isometrías, cuadro de caudales, longitudes y accesorios.
4.5.3Plano con detalles constructivos, especificaciones técnicas y especificaciones de materiales.
4.5.4Memoria de cálculo de la red de agua potable, que incluya la red de distribución desde registros de control, parámetros de diseño, cálculo de caudales, isometría, ruta crítica, presión de llegada punto más distante. Diseño de red y de equipos de presión en caso de requerirse.
4.5.5Memoria de cálculo para dimensionamiento de tanque de reserva agua potable.
4.6Diseño de Filtros y Drenajes (Instalaciones generales y campo de juego)
4.6.1Plano de planta de captación aguas lluvias, con diámetros, área aferente, cajas y puntos de entrega, convenciones y en escala que permite su revisión.
4.6.2Planos de cortes y detalles de acoples.
4.6.3Plano con detalles constructivos, especificaciones técnicas y especificaciones de materiales.
4.6.4Memoria de diseño de red de drenaje de campo de juego.
4.7Diseño sanitario
4.7.1Plano de planta de alcantarillado, ubicación de pozos y/o cajas de inspección, todo debidamente acotado y catalogado.
4.7.2Plano sanitario en planta, acotado, con diámetros, convenciones y en escala que permita su revisión.
4.7.3Planos de cortes y detalles de acoples.
4.7.4Plano con detalles constructivos, especificaciones técnicas y especificaciones de materiales.
4.7.5Memoria de cálculo de la red de aguas negras, parámetros de diseño, indicando descole a red primaria.
4.8Aprovechamiento de aguas lluvias
4.8.1Plano de planta de captación aguas lluvias, con diámetros, red, cajas y punto de entrega, convenciones y en escala que permita su revisión.
4.8.2Planos de cortes y detalles de acoples.
4.8.3Plano con detalles constructivos, especificaciones técnicas y especificaciones de materiales.
4.8.4Cálculo de canales y bajantes referidas a niveles de precipitación anual y sus variaciones, en el sector. Indicar parámetros de diseño y punto de entrega o reutilización, en cuyo caso debe incluirse cálculo de tanque de reserva.
4.9Diseño red contraincendios
4.9.1Plano de planta de RCI, ubicación de gabinetes, tipo de gabinetes, ubicación de rociadores, todo debidamente acotado y catalogado, en función de la tipología y complejidad del proyecto.
4.9.2Diseño de red contraincendios que incluya dimensionamiento de la fuente de aprovisionamiento.
4.10Diseño eléctrico
4.10.1Plano en planta con la ubicación de las redes de distribución según sea el alcance del proyecto (Primaria, secundaria, acometida, instalaciones internas), con equipos de medida, de protección, elementos y dispositivos que componen el sistema eléctrico. Diagrama unifilar con la información antes descrita, y cortes de elevación de la subestación eléctrica (Cuando aplique).
4.10.2Cuadros de carga, memorias de cálculo con la selección de conductores, de ductos, cálculo del transformador (Cuando aplique), constantes y cálculos de regulación, coordinación de protecciones, cálculo del sistema de puesta a tierra, selección equipo de medida, cálculo de barrajes (armarios - tableros), distancias de seguridad, análisis de riesgos eléctricos, cálculo de SIPRA, factibilidad o condiciones de servicio entregadas por el operador de red y demás componentes que apliquen al diseño según el Retie.
4.10.3Estudio fotométrico completo, ficha técnica de las luminarias, plano en planta con la ubicación de las luminarias y resultados del nivel de iluminancia en luxes sobre la zona de competencia del escenario y zonas conexas que apliquen según el Retilap.
4.10.4Especificaciones técnicas de los materiales, cantidades de obra, presupuesto de actividades eléctricas y APU respectivo.
5ASPECTOS FINANCIEROS DEL PROYECTO
5.1Presupuesto general estructurado por capítulos. (En físico, Excel y PDF). Para el caso de varios escenarios debe presentarse presupuesto individualizado. El presupuesto no debe contemplar unidades globales.
5.1.1Análisis de Precios Unitarios (APU) y debe contener cada actividad del presupuesto, rendimiento coherente de mano de obra y equipos, análisis de precios del mercado (Adjuntando el listado de precios de referencia aclarando la fuente).
5.1.2Discriminación y análisis de Administración, Imprevistos y Utilidad (AIU).
5.1.3Memorias de cálculo de cantidades de obra.
5.2Flujo de inversión corresponde al presupuesto estimado, la totalidad de los ítems del presupuesto, correlacionado con el cronograma de actividades.
5.3Fuentes de financiamiento.
5.4Plan de mantenimiento.
5.5Gastos de funcionamiento y operación normal.
5.6Programación de obra, cronograma completo relacionando las actividades asociadas al presupuesto, correlación en las actividades (predecesoras, simultaneas, sucesión de actividades, tiempos de espera), ruta crítica.
6COSTO ESTIMADO DE INTERVENTORÍA
6.1Análisis de disponibilidad de personal de la interventoría
6.2Plazos de ejecución de la interventoría
7PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO
7.1Fundamentos, supuestos y parámetros de programación del proyecto.
7.2Cronograma de ejecución del Proyecto incluyendo la fase precontractual.
8COMPONENTE DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL DEL PROYECTO
8.1Aprovechamiento de aguas lluvias, energías alternativas, entre otras.

** El nivel de detalle y profundización deberá estar en función de la tipología, magnitud, complejidad y condiciones particulares de localización del proyecto.

Nota: Cada componente del proyecto (Geotecnia, estructural, Eléctrico, Hidrosanitario, Arquitectónico, entre otros) deberá dar cabal cumplimiento de la normatividad vigente.

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