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RESOLUCIÓN 73 DE 2018

(febrero 26)

Diario Oficial No. 50.822 de 30 de diciembre de 2018

CENTRO NACIONAL DE MEMORIA HISTÓRICA

Por la cual se efectúa una delegación especial de ordenación del gasto del Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH).

EL DIRECTOR GENERAL,

 en uso de las facultades legales y estatutarias contempladas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 4803 del 20 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la función administrativa de conformidad con los artículos 209 y 211 de la Constitución Política está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones;

Que de conformidad con el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley;

Que mediante el artículo 146 de la Ley 1448 de 2011 se creó el Centro Nacional de Memoria Histórica, como establecimiento público del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo para la Prosperidad, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera;

Que mediante el artículo 148 de la precitada ley, se señalaron las funciones del Centro Nacional de Memoria Histórica;

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 9o del Decreto 4803 de 2011, por el cual se establece la estructura del Centro Nacional de Memoria Histórica, una de las funciones a cargo del Director General es la de dirigir, coordinar, controlar y evaluar las políticas, planes, programas y proyectos, y ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Centro Nacional de Memoria Histórica;

Que en virtud de lo previsto en el artículo 16 ibidem, son funciones de la Dirección Administrativa y Financiera del Centro Nacional de Memoria Histórica, entre otras, dirigir y controlar las actividades relacionadas con proveedores, adquisición, almacenamiento, custodia, distribución e inventarios de los elementos, equipos y demás bienes necesarios para el funcionamiento del Centro, y diseñar los procesos de organización, estandarización de métodos, elaboración de manuales de funciones, y todas aquellas actividades relacionadas con la racionalización de procesos administrativos de la Entidad, así como dirigir y controlar la prestación de los servicios de archivo y correspondencia, aseo, cafetería, vigilancia y demás servicios generales;

Que no obstante lo anterior, mediante la Resolución número 136 del 10 de julio de 2017, este Despacho delegó en cabeza de cada uno de los Directores Técnicos de la Entidad y en el Asesor de la Dirección General en asuntos de Planeación Institucional la facultad de ordenación del gasto y realizar todos los trámites inherentes a los procesos de selección y la suscripción de contratos y convenios sin límites de cuantías, así como sus adiciones hasta el máximo legal, de todos aquellos contratos y convenios que se relacionen con las funciones legales a su cargo y, en particular, en lo que alude al Asesor de la Dirección General en asuntos de Planeación Institucional, se delegó además la ordenación del gasto en relación con los temas de Grupos Transversales de Enfoque Diferencial, Estrategia Nación - Territorio, Participación y Pedagogía;

Que para el cumplimiento de los objetivos planteados en sus distintos proyectos, el Centro Nacional de Memoria Histórica requiere de servicios de mensajería expresa a nivel nacional e internacional, y transporte de carga, a nivel urbano, nacional, departamental y de difícil acceso para tramitar los diferentes paquetes y documentos que genera la Entidad en cumplimiento de las actividades de los diferentes proyectos;

Que la cantidad de los servicios requeridos se estima con base en la dinámica de los proyectos del año 2016 y 2017. El valor se estima con base en el simulador que para el efecto dispone Colombia Compra Eficiente;

Que por lo anterior y teniendo en cuenta que la Entidad cada año demuestra un incremento importante y convenios y alianzas con entidades que hace que se realicen, con más frecuencia, envíos de paquetería al exterior y a nivel nacional, se estimó que se requiere adelantar la contratación de servicios de mensajería en los segmentos de Mensajería Expresa Nacional, Mensajería Expresa Internacional y Transporte de Carga, a través del Acuerdo Marco de Servicios de Distribución, para lo cual se destinó el rubro C-4101-1500-2-0-17, con cargo al CDP número 25718 del día 25 de enero de 2018, la suma de cincuenta y ocho millones setenta y seis mil doscientos cincuenta y seis pesos ($58'076.256,oo) moneda corriente;

Que la dirección de los inmuebles para la entrega de los bienes o servicios es l siguiente: Carrera 35 No. 5-81; Calle 34 No. 5-27; Calle 34 5-37; Calle 34 No. 5-62 y Carrera 7 No. 32-29 Piso 9, en la ciudad de Bogotá, D. C.; Calle 34 No. 29-27 Edificio AURUM Apartamento 1201 (Bucaramanga); Calle 52 No. 49-27 piso 7 Edificio Santa Helena (Medellín); Calle 6 C No. 13 A-32 (Valledupar); y, Calle 99 No. 105-38 (Apartadó);

Que para dicho proceso de contratación, la entidad ha contemplado un presupuesto estimado de cincuenta y ocho millones setenta y seis mil doscientos cincuenta y seis pesos ($58'076.256,oo) moneda corriente, amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) número 25718 del 25 de enero de 2018, tal como se puede apreciar en los estudios previos y demás documentos precontractuales;

Que dichos servicios se encuentran contemplados actualmente en el Acuerdo Marco de Precios de Servicios de Distribución CCE-441-1-AMP-2016, celebrado entre Colombia Compra Eficiente y (i) Servientrega S. A., (ii) Servicios Postales Nacionales S. A., (iii) Surenvíos S.A.S., (iv) Red Especializada en Transporte Redetrans S. A., (v) Urbano Express Logística y Mercadeo S.A.S., (vi) Portes de Colombia S.A.S., (vii) Élite Logística y Rendimiento S.A.S., (xviii) TCC S.A.S., (ix)Envía Colvanes S.A.S.; y (x) RGQ Logística Group International S.A.S., como agregación de demanda de las Entidades del Estado sometidas a dicho Acuerdo, como lo es el Centro Nacional de Memoria Histórica, con sujeción a lo previsto en el artículo 2.2.1.2.1.2.7. del Decreto 1082 de 2015;

Que la referida contratación se encuentra financiada por el siguiente recurso: C-4101-1500-2-0-17 Proyecto de Inversión: Implementación del Programa Nacional de Derechos Humanos y Memoria Histórica en Colombia, correspondiente al proyecto poner a disposición el Registro Especial de Archivos READH (p) de memoria histórica, a cargo de la Dirección de Archivo de DDHH, en virtud de la Resolución número 136 de 2017;

Que de conformidad con las delegaciones efectuadas mediante la referida Resolución número 136 de 2017, y los recursos previstos para dicha contratación, la ordenación del gasto para dicho proceso de selección estaría radicada en la Dirección de Archivo de los Derechos Humanos. Sin embargo, actualmente la Entidad solo dispone de un ordenador del gasto en la plataforma dispuesta por la Agencia de Contratación Colombia Compra Eficiente para la adquisición por Acuerdo Marco de Precios, el cual se encuentra a cargo del Director Administrativo y Financiero;

Que en atención a dicha circunstancia, y con sujeción a los principios de la función administrativa descritos en el artículo 209 de la Constitución Política, en particular los de economía y eficiencia, así como los principios contemplados en el Estatuto General de Contratación (artículo 23 de la Ley 80 de 1993), se hace necesario efectuar una delegación especial en la Dirección Administrativa y Financiera, respecto a la facultad de ordenación del gasto, realización de todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación para la adquisición de servicios de mensajería en los segmentos de Mensajería Expresa Nacional, Mensajería Expresa Internacional y Transporte de Carga, a través del Acuerdo Marco de Servicios de Distribución, bajo el esquema de contratación del Acuerdo Marco de Precios administrado por la Agencia de Contratación Colombia Compra Eficiente, en su respectiva plataforma informática;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

PRIMERO. Delegar Especialmente en la Dirección Administrativa y Financiera la facultad de ordenación del gasto, realización de todos los actos y trámites inherentes al proceso de contratación para los servicios de mensajería en los segmentos de Mensajería Expresa Nacional, Mensajería Expresa Internacional y Transporte de Carga, a través del Acuerdo Marco de Servicios de Distribución, así como los trámites para las adiciones, prórrogas o modificaciones a que haya lugar, junto con los trámites necesarios para proceder a la liquidación del respectivo contrato, por un valor de cincuenta y ocho millones setenta y seis mil doscientos cincuenta y seis pesos ($58'076.256,oo) moneda corriente, amparado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal CDP número 25718 del 25 de enero de 2018 bajo el esquema de contratación del Acuerdo Marco de Precios de servicios de distribución celebrado por la Agencia de Contratación Colombia Compra Eficiente, identificado con el número CCE-441-1-AMP-2016.

PARÁGRAFO. La presente delegación especial se confiere hasta cuando se genere el respectivo usuario ordenador del gasto en cabeza de la Dirección de Archivo de los Derechos Humanos (DADH), caso en el cual los trámites relativos a la referida contratación serán reasumidos por dicha Dirección, de conformidad con la Resolución número 136 de 2017.

SEGUNDO. Que por virtud de la presente delegación especial no se entiende derogada la Resolución número 136 de 2017, respecto a las facultades de ordenación del gasto señaladas para las Direcciones del Centro Nacional de Memoria Histórica.

TERCERO. Las facultades aquí delegadas podrán ser reasumidas por el Director General del Centro Nacional de Memoria Histórica en cualquier momento, sin perjuicio de la competencia que le asiste al mismo para ejercer la vigilancia e inspección necesaria para velar porque los fines de la delegación se cumplan en los términos de ley.

CUARTO. Comunicar por conducto de la Dirección Administrativa y Financiera el contenido de la presente resolución a las Direcciones de Acuerdos de la Verdad, de Construcción para la Memoria, de Archivo de Derechos Humanos, Dirección del Museo, así como a la Oficina Asesora Jurídica.

QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 26 de febrero de 2018.

El Director General,

Gonzalo Sánchez Gómez.

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