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RESOLUCIÓN 1282 DE 2023
(diciembre 14)
Diario Oficial No. 52.676 de 21 de febrero de 2024
AGENCIA DE RENOVACIÓN DEL TERRITORIO
Por la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico en la Agencia de Renovación del Territorio para el período comprendido entre 2024 y 2025.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE RENOVACIÓN DEL TERRITORIO,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 90 y 209 de la Constitución Política, el numeral 1 del artículo 118 y numeral 1 del artículo 120 de la Ley 2220 de 2022 y el artículo 6o del Decreto número 1223 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa debe estar al servicio de los intereses generales, y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad; mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones.
Que el artículo 90 de la Constitución Política contempla que el Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades.
Que mediante el Decreto Ley 2366 de 2015 se creó la Agencia de Renovación del Territorio (ART), como una Agencia estatal de naturaleza especial, del sector descentralizado de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, con personería Jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, técnica y financiera; adscrita al Sector Administrativo de la Presidencia de la República por disposición del artículo 14 de la Ley 2294 de 2023 y el Decreto número 2647 de 2022, la cual tiene por objeto coordinar la intervención de las entidades nacionales y territoriales en las zonas rurales afectadas por el conflicto priorizadas por el Gobierno nacional, a través de la ejecución de planes y proyectos para la renovación territorial de estas zonas, que permitan su reactivación económica, social y su fortalecimiento institucional, para que se integren de manera sostenible al desarrollo del país.
Que el numeral 1 del artículo 6o del Decreto número 1223 de 2020 consagra como una función del Director General de la Agencia de Renovación del Territorio “dirigir, orientar, coordinar, vigilar y supervisar el desarrollo de las funciones a cargo de la Agencia”.
Que el artículo 117 de la Ley 2220 de 2022 establece que el Comité de Conciliación es una instancia administrativa que actúa como sede de estudio, análisis y formulación de políticas sobre prevención del daño antijurídico y defensa de los intereses de la entidad.
Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 118 y el numeral 1 del artículo 120 de la Ley 2220 de 2022, y la Resolución número 001126 de 2023 de la ART, el Comité de Conciliación de la Agencia de Renovación del Territorio estará integrado por el Director General o su delegado quien lo presidirá y dentro de las funciones del comité se encuentra la de formular, aprobar y ejecutar las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad, de conformidad con los lineamientos emitidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Que la Política de Prevención del Daño Antijurídico vigente fue aprobada mediante la Resolución número 00064 de 2022 para el periodo 2022-2023, por lo cual es necesario adoptar una nueva para el periodo 2024-2025, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Que de acuerdo con las Circulares Externas números 05 del 27 de septiembre de 2019 y 09 del 24 de julio de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, el Comité de Conciliación de la Agencia de Renovación del Territorio, en sesión del 14 de diciembre de 2023, mediante Acta número 23, aprobó la Política de Prevención del Daño Antijurídico formulada para el período comprendido entre los años 2024 a 2025.
Que de conformidad con las consideraciones expuestas, se hace necesario adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Agencia de Renovación del Territorio formulada y aprobada por el Comité de Conciliación en sesión del 14 de diciembre de 2023, mediante Acta número 23, para el período comprendido entre los años 2024 a 2025.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Agencia de Renovación del Territorio (ART), formulada y aprobada por el Comité de Conciliación, para el período comprendido entre 2024 y 2025, conforme a la metodología aprobada por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
PARÁGRAFO. El documento Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Agencia de Renovación del Territorio (ART) hace parte integral del presente acto administrativo.
ARTÍCULO 2o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La Política de Prevención del Daño Antijurídico debe ser conocida y aplicada por todas las dependencias, servidores públicos y contratistas de la Agencia de Renovación del Territorio.
ARTÍCULO 3o. IMPLEMENTACIÓN. La Dirección General, las direcciones y subdirecciones técnicas, la Secretaría General, los Jefes de oficina, los grupos internos de trabajo de la Agencia, en el marco de sus funciones y competencias deberán implementar el Plan de Acción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico que se adopta por el presente acto administrativo y emprender las acciones preventivas necesarias para impedir o evitar que se configure un daño antijurídico, minimizando los riesgos y las causas generadoras.
ARTÍCULO 4o. COMUNICACIÓN. La presente resolución se comunicará al interior de la entidad a través su página web, correo electrónico institucional y Sistema Integrado de Gestión de la entidad SIGART.
https //www.renovacionterritono gov co/#/es/itemtransparencia/174normatividad \\mercurio\SIGART\7 NORMATIVIDAD ART\1RESOLUCIONES\2023
ARTÍCULO 5o. VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 14 de diciembre de 2023.
El Director General,
Segundo Raúl Delgado Guerrero