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RESOLUCIÓN 285 DE 2017

(julio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURIDICA DEL ESTADO

Por medio de la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DE DEFENSA JURIDICA DEL ESTADO

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las dispuestas en el numeral 3o del artículo 11 de Decreto 4085 de 2011 "Por el cual se establecen los objetivos y estructura de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica de Estado" y,

CONSIDERANDO

Que el Decreto 1069 de 2015[1] dispone en su artículo 2.2.4.3.1.2.1. que: (...) las normas sobre Comités de Conciliación contenidas en el presente capítulo son de obligatorio cumplimiento para las entidades de derecho público, los organismos públicos del orden nacional, departamental, distrital, los municipios que sean capital de departamento y los entes descentralizados de estos mismos niveles (...)"

Que así mismo, el Decreto dispone como una de las funciones a cargo de los Comités de Conciliación la de ''(...) Formular y ejecutar políticas de prevención del daño antijurídico (Artículo 2.2.4.3.1.2.5, núm. 1o), y corresponde al Secretario Técnico del Comité: "Proyectar y someter a consideración del Comité la información que este requiera para la formulación y diseño de políticas de prevención del daño antijurídico y de defensa de os intereses del ente" (Artículo 2.2.4.3.1.2.6, núm. 4o).

Que mediante Resolución No. 286 de 2015, la Agencia Nacional de Defensa jurídica del Estado, adoptó la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad con su respectivo Plan Operativo.

Que a través de la Circular No. 06 de 2016, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, instó a las entidades públicas del orden nacional para formular anualmente la política de prevención del daño antijurídico, a partir de posibles riesgos de daño con ocasión de las funciones administrativas y misionales, conforme lo establece la Circular Externa No. 11 de 2014 expedida por esta entidad.

Que en desarrollo de lo anterior, el Comité de Conciliación de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en sesión ordinaria virtual celebrada el 16 de junio de 2017, aprobó por unanimidad el documento que contiene la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Que el documento que contiene la Política de Prevención de Daño Antijurídico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, fue remitido a la Dirección de Políticas y Estrategias de la Agencia para su evaluación formal, verificándose por parte de dicha Dirección que "(...) el comité de conciliación formuló una política de acuerdo con los lineamientos y metodología elaborados por esta entidad...", tal como se manifiesta en el Radicado No. 20173000046311 - DPE del 11-07-2017.

En mérito de lo anterior,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. ADOPCIÓN. Adoptar la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, contenido en el documento aprobado por el Comité de Conciliación de la entidad en sesión ordinaria del 16 de junio de 2017 y evaluado por la Dirección de Políticas y Estrategias el 11 de julio de 2017, el cual hace parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO. Corresponde a la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, realizar la evaluación y seguimiento del mecanismo establecido en el plan de acción de la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad.

ARTÍCULO 3. INFORMES. La Secretaría Técnica del Comité de Conciliación rendirá informe a sus integrantes, al finalizar la vigencia del 2017, relacionado con la ejecución de las actividades previstas en las Políticas de Prevención del Daño Antijurídico de la entidad.

ARTÍCULO 4. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en la Ciudad de Bogotá D.C, a los, 28 JUL 2017

COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

LUIS GUILLERMO VELEZ CABRERA

Director General

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario de Sector Justicia y del Derecho "

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