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DIRECTIVA 15 DE 2020

(abril 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

DE:PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
PARA:SERVIDORES DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN DE TODOS LOS ÓRDENES Y NIVELES Y PERSONEROS MUNICIPALES Y DISTRITALES
ASUNTO:AMPLIAR EL TÉRMINO PREVISTO EN LA DIRECTIVA No 011 DEL 31 DE MARZO DE 2020 PARA EL TRABAJO EN CASA, EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7o del artículo 7 del Decreto Ley 262 de 2000, corresponde al Procurador General de la Nación “Expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley”.

Que el Procurador General de la Nación, en uso de sus facultades legales y constitucionales, mediante la Directiva no 008 del 13 de marzo de 2020, impartió lineamientos institucionales para la contención del COVID-19.

Que el Procurador General de la Nación, atendiendo a la Resolución no 385 de 2020 del Ministerio de Salud, mediante la cual se declara emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19, expidió la Directiva No 009 del 16 de marzo de 2020 con instrucciones a los funcionarios de la Procuraduría y de las Personerías, para proteger su salud e integridad, promover condiciones de seguridad en el trabajo y garantizar la continuidad en la prestación de los servicios a los ciudadanos.

Que en la mencionada directiva, se dispuso que los jefes de dependencia organizarían con sus equipos de trabajo “la prestación del servicio, para que inicialmente, del 17 al 31 de marzo de 2020, los servidores de la Procuraduría General de la Nación adopten medidas de trabajo en casa”.

Que el Procurador General de la Nación, en razón de lo dispuesto en el Decreto No 457 del 22 de marzo de 2020, en virtud del cual el Presidente de la República ordenó “el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 25 de marzo de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19”, expidió la Directiva 011 del 31 de marzo de 2020 ampliando el término previsto en la Directiva 009 para adelantar trabajo en casa.

Que posteriormente, mediante el Decreto 531 del 8 de abril de 2020, el Presidente de la República, impartió nuevas instrucciones para atender la emergencia sanitaria ocasionada por el coronavirus COVID-19 y amplió el término de aislamiento preventivo obligatorio “a partir cero horas (00:00 a.m.) del día 13 de abril 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 27 de abril de 2020

Que en virtud de lo anterior, y como quiera que las condiciones de la emergencia sanitaria se mantienen, se hace necesario ampliar nuevamente el término para adelantar trabajo en casa, como uno de los componentes de la estrategia de contención de la Procuraduría General de la Nación.

En mérito de lo expuesto,

DISPONE:

ARTÍCULO PRIMERO. Ampliar el término de la medida de trabajo en casa, del componente de distanciamiento social, hasta el día 24 de abril de 2020 inclusive.

ARTÍCULO SEGUNDO. Las demás disposiciones de la Directiva 009 de 2020 continúan vigentes, sin perjuicio de que ante la evolución incierta de los hechos asociados al Coronavirus COVID-19 los lineamientos institucionales deban ser actualizados.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE,

FERNANDO CARRILLO FLÓREZ

Procurador General de la Nación

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