Puede realizar búsquedas exactas dentro de este documento, ingrese el texto a buscar en la siguiente casilla:
CIRCULAR EXTERNA 18 DE 2012
(agosto 14)
Diario Oficial No. 51.692 de 1 de junio de 2021
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
Para: | Servicios de Vigilancia y Seguridad Privada |
de: | Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada |
Asunto: | “Renova” Nuevo aplicativo para el reporte de información a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada |
Fecha: | 14 de agosto de 2012 |
En cumplimiento de la funciones asignadas a esta Superintendencia como ente responsable de dirigir, coordinar y ejecutar la inspección, vigilancia y control, sobre los servicios y la industria de vigilancia y seguridad privada, en especial en cumplimiento de la función de instrucción consagrada en el numeral 13 del artículo 4o del Decreto 2355 de 2006, “por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada y se dictan otras disposiciones”, se hace necesario emitir algunos lineamientos relacionados con la adopción del nuevo aplicativo para el reporte de la información a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
GENERALIDADES:
En el Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada, Decreto - Ley 356 de 1994, se incluye como obligación por parte de los vigilados efectuar el reporte de información a la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, relacionada con la ocurrencia de siniestros, en los cuales haya presencia de personas vinculadas a los servicios de vigilancia y seguridad privada y de las novedades que se presenten en materia de personal, armamento, equipo y demás medios utilizados, así como la relación de usuarios, indicando razón social y dirección.
A su turno, mediante el Decreto 3222 de 2002, se crearon las Redes de Apoyo y Solidaridad Ciudadana, entendidas estas como el conjunto de actividades organizadas, canalizadas y lideradas por la Policía Nacional, con la finalidad de captar información sobre hechos, delitos o conductas que afecten o puedan afectar la tranquilidad y seguridad, aprovechando los recursos técnicos y humanos que poseen las personas naturales o jurídicas que prestan los servicios a que se refiere el Decreto-ley 356 de 1994.
Es así como, en uso de la facultad consagrada en el artículo 110 del Estatuto de Vigilancia y Seguridad Privada, la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad ha venido expidiendo una serie de circulares externas, relacionadas con el suministro de información de novedades, en las cuales se determinó la clase de información a reportar y el medio para tal fin.
No obstante, el 10 de enero del año en curso, se expidió el Decreto 019 de 2012, “por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública'”, el cual dispuso en sus considerandos que, con el objeto de facilitar la actividad de las personas naturales y jurídicas ante las autoridades que cumplen funciones administrativas, contribuir a la eficacia y eficiencia de estas y fortalecer, entre otros, los principios de buena fe, confianza legítima, transparencia y moralidad, se requiere racionalizar los trámites y procedimientos contenidos en normas con fuerza de ley.
Teniendo en cuenta lo anterior y con el objeto de fijar criterios de contenido técnico y jurídico en materia de reporte de información por parte de los servicios vigilados a la Superintendencia, el pasado 14 de agosto de 2012, se expidió la Resolución número 5614, “por la cual se establecen los lineamientos generales y el mecanismo tecnológico para el reporte de Novedades”, indicando en su artículo 4o que el único medio para cumplir con la citada obligación es el aplicativo tecnológico denominado “Renova”.
LINEAMIENTOS
“Renova” es el nuevo aplicativo tecnológico de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, creado con dos objetivos fundamentales: fortalecer la articulación entre el sector de la vigilancia y la seguridad privada y la fuerza pública, mediante el Plan Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes, como estrategia para combatir la delincuencia y fortalecer la seguridad ciudadana y, facilitar a nuestros vigilados el cumplimiento de la obligación de efectuar el reporte de las novedades relacionadas en la mencionada resolución, promoviendo la cultura del cero papel en el sector de la vigilancia y seguridad privada y contribuyendo, una vez más, a la materialización de la filosofía antitrámites.
Adicionalmente, con la implementación de la citada herramienta, se contará con información constantemente actualizada y sistematizada que permitirá llegar a georreferenciar los puestos de vigilancia en el marco del Plan Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes de la Policía Nacional, lo que convierte al sector, y particularmente a nuestros vigilados, en los agentes primarios de este logro tecnológico, a través del suministro de información verídica, con la cual se facilitará el diseño y la implementación de estrategias conjuntas para combatir eficazmente la informalidad y la delincuencia y prevenir la comisión de delitos.
De conformidad con lo anterior, nos permitimos dar a conocer las instrucciones para que nuestros servicios vigilados entren a hacer parte de esta etapa de transformación tecnológica, así:
INSTRUCCIONES
- Con el fin de hacer parte del aplicativo Renova, todos nuestros vigilados deberán efectuar una inscripción y validación inicial en el sistema en aras de obtener su usuario y clave de acceso, para lo cual deberán ingresar por nuestra página web www.supervigilancia. gov.co donde encontrarán el botón denominado “Renova”; estando allí debe elegirse la opción “Ingresar al sistema” y hacer click en la opción de “registro de usuario”, lugar en el cual se deberá registrar los datos básicos solicitados, dentro de los que se encuentra el correo electrónico al que se les enviará su aceptación como usuario y la validación de la contraseña.
- El usuario y la contraseña son generados de manera individual por empresa validada y serán indispensables para ingresar al sistema.
- Una vez recibido el mensaje de admisión en el sistema, con el usuario y la contraseña creada, se deberá ingresar al mismo e incluir la información allí solicitada, mediante el diligenciamiento de la totalidad de los módulos, los cuales están creados para ingresar la información correspondiente al tipo de servicio vigilado.
- La información que se registra para la validación en el sistema debe corresponder a la situación actual del servicio vigilado, de tal manera que los status históricos que no se encuentren vigentes en la actualidad no deben ser ingresados.
- Las novedades que deberán reportarse son las de carácter operativo y administrativo en los términos y condiciones consagrados la Resolución número 5614 de 2012, las cuales se encuentran parametrizadas en el sistema Renova, para lo cual, los vigilados deben acceder al mismo, con su clave y usuario y elegir la opción a reportar.
- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5o de la Resolución número 5614 de 2012, las disposiciones contenidas en las Circulares Externas números 24 de 2006, 057 de 2008 y 015 de 2011 quedan expresamente derogadas, así como las demás que le sean contrarias, acogiéndose el aplicativo Renova, como el único medio válido para que los servicios vigilados efectúen el reporte de novedades. Cualquier reporte realizado por un medio diferente no será tenido en cuenta y se entenderá por no presentado.
- Teniendo en cuenta que se requiere cumplir con la primera fase de validación, los vigilados tendrán plazo hasta el 30 de septiembre del año en curso para ingresar la totalidad de la información en el sistema, fecha a partir de la cual entra en operación el mismo, de tal manera que el cumplimiento de la obligación de reporte de las novedades de carácter operativo y administrativo, solo podrá hacerse a través de este aplicativo, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución número 5614 de 2012, so pena de imponer las sanciones a que haya lugar.
Finalmente, si tiene dificultades o dudas en el ingreso de la información al aplicativo, consulte el manual de uso, el cual se encuentra publicado en el botón Renova de nuestra página web. Allí también encontrarán una serie de videos explicativos a los cuales pueden acceder a manera de consulta. Si consultado el manual de uso y los videos las dudas persisten, se ha habilitado una mesa de ayuda a la cual podrán acceder comunicándose a la línea telefónica de nuestra Entidad.
La presente circular rige a partir de su publicación.
El Superintendente de Vigilancia y Seguridad Privada,
Luis Felipe Murgueitio Sicard.