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ACUERDO 66 DE 2020

(noviembre 13)

Diario Oficial No. 51.501 de 17 de noviembre de 2020

INSTITUTO COLOMBIANO DE CRÉDITO EDUCATIVO Y ESTUDIOS TÉCNICOS EN EL EXTERIOR

Por la cual se modifica del Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).

LA JUNTA DIRECTIVA,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 6 del artículo 9o del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1002 del 30 de diciembre de 2005, transformó al Icetex en una entidad financiera de naturaleza especial, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, vinculada al Ministerio de Educación Nacional.

Que el numeral 4 del artículo 9o del Decreto número 1050 de 2006 faculta a la Junta Directiva del Icetex para adoptar el manual de procedimientos que deberá observarse para prevenir el lavado de activos.

Que la Junta Directiva mediante Acuerdo número 007 del 24 de abril de 2019, actualizó el Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), cuyo fin consiste en disponer de políticas, mecanismos, procesos, metodologías y controles para que la entidad se proteja de ser utilizada como instrumento por cualquier medio, para dar apariencia de legalidad a activos derivados de actividades delictivas (lavado de activos) o para la canalización de recursos dirigidos a la realización de actividades terroristas (financiación del terrorismo) para el ocultamiento de activos provenientes de dichas actividades, en cumplimiento de las políticas internas de la Organización como de la normatividad que la regula, especialmente en lo relacionado con la protección frente al lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Que la Oficial de Cumplimiento del Icetex, en cumplimiento a la normatividad emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia a través de la Circular Básica Jurídica en su Parte I, Título IV, Capítulo IV “Instrucciones relativas a la administración del riesgo de lavado de activos y de la financiación del terrorismo” (SARLAFT), conforme a lo establecido en su numeral 4.4.1.3, propuso a la Junta Directiva realizada el 28 de octubre de 2020, la modificación del Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), con el fin de alinearlo a la nueva Circular Externa 027 de septiembre de 2020, emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia.

Que en sesión ordinaria de fecha 27 de octubre de 2020 la Junta Directiva aprobó la modificación al Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT).

Que, en mérito de lo expuesto,

ACUERDA:

ARTÍCULO 1o. Aprobar la modificación integral del Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), el cual desarrolla los siguientes aspectos:

1. Objetivos del Manual

2. Alcance del Manual

3. Marco Normativo

4. Acerca del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior Mariano Ospina Pérez – Icetex

5. Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo

6. Políticas para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo

7. Metodología del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo

8. Procedimientos SARLAFT

9. Instrumentos

10. Estructura Organizacional SARLAFT

11. Capacitación SARLAFT

12. Documentación

13. Infraestructura Tecnológica

14. Divulgación de la Información

15. Sanciones Financieras Dirigidas

16. Práctica insegura.

ARTÍCULO 2o. El Manual del Sistema de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT), a que se refiere el artículo anterior hace parte integral de este acuerdo.

ARTÍCULO 3o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Manual de Políticas y Procedimientos del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y de la Financiación del Terrorismo (SARLAFT) adoptado mediante Acuerdo número 007 del 24 de abril de 2019.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de noviembre de 2020.

El Presidente de Junta Directiva,

Luis Fernando Pérez Pérez,

La Secretaria (e) de Junta Directiva,

Miriam Cardona Giraldo.

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