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ACUERDO 33 DE 2015
(agosto 25)
Diario Oficial No. 49.615 de 25 de agosto de 2015
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS
<NOTA DE VIGENCIA: Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017>
Por el cual se establece el alcance, los requisitos, términos y condiciones para la rendición de cuentas de los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD).
LA COMISIÓN RECTORA DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS,
en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos 4o y 5o de la Ley 1530 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 361 de la Constitución Política creó los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) para definir los proyectos de inversión que se financiarán con los recursos del Sistema General de Regalías (SGR), de conformidad con lo establecido en la Ley 1530 de 2012.
Que conforme al artículo 6o de la Ley 1530 de 2012, los órganos colegiados de administración y decisión, son los responsables de definir los proyectos de inversión, sometidos a su consideración, que se financiarán con recursos del Sistema General de Regalías, así como, de evaluar, viabilizar, aprobar y priorizar la conveniencia y oportunidad de su financiación y de designar su ejecutor de naturaleza pública.
Que el artículo 41 de la Ley 1744 de 2014, consagra la rendición de cuentas de los órganos colegiados de administración y decisión y establece que con miras a garantizar un adecuado control y seguimiento al Sistema General de Regalías, dichos órganos deben rendir un informe público de gestión semestral, en el que se especifique el número de proyectos aprobados, sus puntajes obtenidos, el impacto y la pertinencia de los mismos, así como su estado de ejecución.
Que se hace necesario dictar lineamientos orientados a establecer los requisitos, términos y condiciones para que los OCAD en cumplimiento del precitado artículo 41 rindan semestralmente informe público de su gestión.
Que los términos y condiciones que se establecen en el presente Acuerdo para que los OCAD rindan el informe de gestión semestral, se enmarcan dentro de las disposiciones contenidas en el Conpes 3654 de 2010, denominado: “Política de rendición de cuentas de la rama ejecutiva a los ciudadanos” y la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”.
Que según consta en Acta número 31 del 06 de agosto de 2015, la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías en sesión del 17 de julio de 2015, aprobó por unanimidad el alcance, requisitos, términos y condiciones para la rendición de cuentas de los OCAD que se establecen a través del presente Acuerdo.
En mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El presente Acuerdo tiene por objeto establecer el alcance, los requisitos, términos y condiciones para que los órganos colegiados de administración y decisión (OCAD) rindan cuentas, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1744 de 2014.
ARTÍCULO 2o. ALCANCE. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> La rendición de cuentas semestral del OCAD, debe contener el resumen de la gestión en función de los proyectos aprobados y su articulación con los planes de desarrollo, así como los requisitos, variables y parámetros técnicos definidos en el artículo 3o del presente acuerdo.
ARTÍCULO 3o. REQUISITOS, VARIABLES Y PARÁMETROS PARA LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE RENDICIÓN DE CUENTAS DE LOS OCAD. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El informe público semestral de rendición de cuentas por parte de los OCAD contendrá información de fácil comprensión, actualizada, oportuna, disponible y completa, y en su elaboración y divulgación se podrá tener en cuenta el Manual Único de Rendición de Cuentas del Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Función Pública publicado en la página web de esas entidades.
Con base en la información que sea reportada en los Sistemas de Información del SGR y utilizando las herramientas que defina el Departamento Nacional de Planeación, el informe deberá dar cuenta de las variables y parámetros que se señalan a continuación:
a) Número de proyectos aprobados durante el respectivo semestre. El informe debe presentar el número de proyectos aprobados por el OCAD, según los acuerdos expedidos en el semestre, su distribución por sector de inversión, el monto total de recursos asignados a los mismos y el porcentaje del presupuesto vigente que estos representan, discriminado por fuente de financiación de competencia del OCAD, que incluye aquellos recursos provenientes del incentivo a la producción, los rendimientos financieros de asignaciones directas y otros recursos en tesorería sobre los cuales debe decidir el OCAD. Esta información debe estar soportada en una relación de los proyectos aprobados, con su respectiva identificación (Código BPIN), sector de inversión, valor total y valor detallado por cada fuente de financiación tanto del SGR como otras fuentes de cofinanciación, si a ello hubiere lugar, el tiempo de ejecución, entidad pública designada como ejecutora y entidad responsable de contratar la interventoría o el apoyo a la supervisión:
b) Puntajes obtenidos. El documento debe presentar los resultados de la aplicación del Sistema de Evaluación por Puntajes para cada uno de los proyectos. Para el caso de los OCAD municipales, departamentales, regionales, de las corporaciones autónomas regionales y de los municipios ribereños del Río Grande la Magdalena y del Canal del Dique, los resultados de este componente deben presentarse una vez entre en vigencia la fase de operación del mencionado Sistema.
En concordancia con el Acuerdo número 032 de 2015 “por el cual se implementa el Sistema de Evaluación por Puntajes de los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del Sistema General de Regalías”, los proyectos que involucran aportes de distintos OCAD, deberán presentar el cálculo del Sistema de Evaluación de Puntajes hecho por el OCAD que viabiliza el proyecto, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 2.2.4.1.1.4.7 del Decreto 1082 de 2015 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya;
c) Estado de ejecución. El informe debe presentar la información relacionada con cada proyecto conforme al último reporte de GESPROY SGR disponible.
Tratándose de proyectos de inversión que no hayan iniciado la etapa de ejecución, corresponde a la secretaría técnica señalar el estado de cumplimiento de los requisitos previos a la expedición del acto administrativo que ordena la apertura del proceso de selección del que trata el artículo 24 del Acuerdo 017 de 2013 y el artículo 8o del acuerdo 27 de 2015, según corresponda, o de las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan;
d) Impacto. El informe debe presentar la contribución que realicen los proyectos aprobados en su conjunto al cumplimiento de las metas locales, sectoriales, regionales, nacionales y los objetivos y fines del Sistema General de Regalías;
e) Pertinencia. El informe debe presentar la oportunidad y conveniencia de la aprobación de proyectos en su conjunto en concordancia con las condiciones particulares y necesidades socioculturales, económicas y ambientales;
f) Destinación de recursos del SGR para proyectos de inversión con enfoque diferencial. Para el caso de las entidades territoriales donde se encuentren asentadas comunidades étnicas acreditadas por el Ministerio del Interior o la autoridad competente, el informe debe contener los proyectos aprobados que cumplan con el objetivo de propiciar la inclusión, equidad, participación y el desarrollo integral de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, del Pueblo Rom o Gitano y de las comunidades Indígenas con su respectiva identificación (Código BPIN) y los recursos destinados a financiar este tipo de proyectos, con base en lo previsto en los artículos 34 y 40 de la Ley 1530 de 2012.
PARÁGRAFO. El informe podrá contener información adicional que el OCAD estime necesario divulgar respecto a otras decisiones tales como la viabilización, priorización y ajuste de proyectos, aprobación de financiación de compromisos adquiridos antes del 31 de diciembre de 2011 (artículo 144 de la Ley 1530 de 2012) y liberación de recursos, entre otros.
ARTÍCULO 4o. APROBACIÓN DEL INFORME. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> La secretaría técnica deberá convocar a una sesión del OCAD para la aprobación del informe a ser publicado, en los términos establecidos en el artículo 2.2.4.3.2.4 del Decreto 1082 de 2015, remitiendo la propuesta del mismo.
El acuerdo que contenga la decisión del OCAD sobre el contenido del informe será suscrito y expedido dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la suscripción del acta por el Presidente y el Secretario Técnico, la cual deberá ser suscrita al finalizar la sesión del OCAD respectivo.
Una vez expedido el acuerdo, la secretaría técnica publicará el informe según lo aprobado en la sesión, en los términos del artículo 5o del presente Acuerdo.
PARÁGRAFO TRANSITORIO. Tratándose del informe correspondiente al primer semestre de 2015, los términos señalados en este artículo serán contados a partir de la publicación del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 5o. PUBLICACIÓN DEL INFORME. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El acuerdo que contenga el informe de gestión de los OCAD deberá ser publicado por la secretaría técnica dentro de los (30) días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre, en la Plataforma Integrada de Información del Sistema General de Regalías (Maparegalías) operada por el Departamento Nacional de Planeación, utilizando las herramientas que para tal efecto disponga dicha entidad. El informe deberá contener para cada anualidad, la información correspondiente a los periodos comprendidos entre el 1o de enero y el 30 de junio para el primer informe y, entre el 1o de julio y el 31 de diciembre, para el segundo.
Tratándose del informe correspondiente al semestre de finalización del periodo de gobierno de alcaldes y gobernadores, este deberá ser publicado antes del 15 de diciembre del último año de mandato. La información corresponderá al periodo comprendido entre el 1o de julio y el 30 de noviembre del año respectivo del último año de mandato.
ARTÍCULO 6o. DIVULGACIÓN. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El Informe será divulgado mediante la estrategia de rendición de cuentas que defina cada OCAD, para lo cual podrá tener en cuenta el Manual Único de Rendición de Cuentas del Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Función Pública publicado en la página web de esas entidades.
PARÁGRAFO. Una vez sea divulgado el informe, la secretaría técnica del OCAD debe reportar al Departamento Nacional de Planeación, en su calidad de administrador del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías, la fecha de divulgación del informe y los mecanismos de divulgación, utilizando las herramientas que para tal efecto disponga el Departamento Nacional de Planeación.
PARÁGRAFO transitorio. Tratándose del informe correspondiente al primer semestre de 2015, los términos señalados en este artículo serán contados a partir de la publicación del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 7o. MONITOREO. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El Departamento Nacional de Planeación en calidad de administrador del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías realizará monitoreo al reporte oportuno que sobre la rendición de cuentas realicen los OCAD a través de Plataforma Integrada de Información del Sistema General de Regalías (Maparegalías), así como la información a la que se refiere el artículo 6o del presente Acuerdo.
ARTÍCULO 8o. VIGENCIA. <Acuerdo derogado por el artículo 7.2 del Acuerdo 45 de 2017> El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, a 25 de agosto de 2015.
El Presidente Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,
SIMÓN GAVIRIA MUÑOZ,
Director General Departamento Nacional de Planeación.
El Secretario Técnico Comisión Rectora del Sistema General de Regalías,
MANUEL FERNANDO CASTRO,
Subdirector General Territorial y de Inversión Pública Departamento Nacional de Planeación.
SISTEMA DE EVALUACIÓN POR PUNTAJES DE PROYECTOS DE INVERSIÓN FINANCIADOS CON RECURSOS DEL FONDO DE DESARROLLO REGIONAL, DEL FONDO DE COMPENSACIÓN REGIONAL, DE ASIGNACIONES DIRECTAS Y DEMÁS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS.
<Anexo publicado en el Diario Oficial No. 49.680 de 29 de octubre de 2015>
1. Marco normativo. El Sistema de Evaluación por Puntajes tiene fundamento en las características definidas en el artículo 23 de la Ley 1530 de 2012 y en los criterios del artículo 40 de la Ley 1744 de 2014, los cuales se definen a continuación:
1.1 Pertinencia: oportunidad y conveniencia de formular proyectos acordes con las condiciones particulares y necesidades socioculturales, económicas y ambientales que se identifiquen como relevantes para satisfacer las necesidades de la población beneficiaria.
La pertinencia implica que los proyectos de inversión deben ser formulados y estructurados a la medida de la población objeto de intervención, de tal forma que se deberá identificar claramente la necesidad y las características del grupo poblacional objetivo, de tal manera que se pueda analizar con esta información la solución que se pretende implementar.
1.2 Viabilidad: cumplimiento de las condiciones y criterios jurídicos, técnicos, financieros, ambientales y sociales requeridos.
Actualmente, estas condiciones y criterios están definidos en el Acuerdo número 17 de 2013, para los proyectos de inversión susceptibles de financiación con recursos provenientes de asignaciones directas, los fondos de Compensación Regional y de Desarrollo Regional y demás recursos del Sistema General de Regalías, incluidos los rendimientos financieros e incentivos a la producción; y en el Acuerdo número 27 de 2015, para los proyectos de inversión cuyos recursos provengan del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1.3 Sostenibilidad: posibilidad de financiar la operación y funcionamiento del proyecto con ingresos de naturaleza permanente.
La sostenibilidad implica que se debe asegurar la existencia de recursos financieros, por parte de la entidad que presentó el proyecto o del correspondiente operador, con los cuales, una vez terminada la ejecución del proyecto de inversión e inicie su operación, sea posible garantizar la financiación de los gastos de operación y mantenimiento de los bienes o servicios que se entregan con el proyecto.
1.4 Impacto: entendido como la contribución efectiva que realice el proyecto al cumplimiento de las metas locales, sectoriales, regionales y a los objetivos y fines del Sistema General de Regalías.
Determina que el proyecto debe impactar de manera positiva las metas definidas en los diferentes niveles de gobierno, a su vez, este deberá ser medible a través de la iniciativa de inversión.
1.5 Articulación: articulación con planes de las entidades territoriales, de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de las comunidades Indígenas y del pueblo Rom o Gitano de Colombia.
Esta articulación implica una coherencia entre el proyecto y los diferentes niveles de planificación, y por tal razón, esta articulación debe ser explícita dentro de la formulación del proyecto.
La identificación de esta articulación con el Plan Nacional de Desarrollo es obligatoria, y dependiendo del carácter de la iniciativa, es necesario observar su articulación con los otros ámbitos de la planificación.
Asimismo, el Sistema de Evaluación por Puntajes está fundamentado en los criterios de relevancia, objetividad y consistencia señalados en el artículo 40 de la Ley 1744 de 2014; los cuales se definen a continuación:
1.6 Relevancia: los elementos de evaluación establecidos para el Sistema de Evaluación por Puntajes se fundamentan en criterios que permiten asignar a las iniciativas una valoración que se corresponda con los criterios establecidos en los artículos 23 y 27 de la Ley 1530 de 2012.
1.7 Objetividad: la asignación de puntajes establecida en el Sistema de Evaluación por Puntajes se basa en información imparcial y verificable.
1.8 Consistencia: el Sistema de Evaluación por Puntajes identifica criterios coherentes con el proceso de gestión y evaluación de la inversión pública.
2. Elementos de evaluación: los siguientes son los elementos de evaluación, los cuales están divididos en dos categorías:
2.1 Elementos principales de evaluación.
a) Cierre de Brechas: mide la contribución del proyecto de inversión a la reducción de disparidades sociales, económicas y de capacidad institucional, entre regiones, departamentos y subregiones;
b) Magnitud del proyecto: mide el alcance del proyecto en función de los recursos destinados a su financiamiento. Busca reducir la dispersión de proyectos de inversión a través de localizar las inversiones en intervenciones de mayor tamaño. Este elemento de evaluación se conforma por dos variables: el monto del proyecto y la clasificación o identificación de macroproyectos de inversión;
c) Impacto territorial: mide los beneficios del proyecto sobre los territorios y la población objetivo;
d) Concurrencia: mide la articulación de diferentes fuentes en la financiación de proyectos del Sistema General de Regalías.
2.2 Elementos adicionales de evaluación.
a) Mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de las comunidades Indígenas y del pueblo Rom o Gitano de Colombia;
b) Proyectos orientados al mejoramiento de la infraestructura en las zonas de frontera;
c) Mejoramiento de la infraestructura en las zonas de exploración y explotación de recursos no renovables;
d) Proyectos de recuperación y estabilización ambiental, reforestación y recuperación de ecosistemas;
e) Para la extensión, ampliación y utilización de energía no convencional, tales como la eólica, solar, geotérmica o de iguales características, que sean renovables y sustentables ambientalmente;
f) Para las zonas no interconectadas del país, proyectos de energización;
g) Para la culminación de proyectos ya iniciados que sean prioritarios para el desarrollo regional;
h) Uso de proyectos tipo estandarizados del Departamento Nacional de Planeación;
i) Incentivo a la producción.
3. Relación entre marco normativo y elementos de evaluación: la relación entre los elementos de evaluación y los criterios y características definidos en las Leyes 1530 de 2012 y 1744 de 2014, se presenta en la siguiente tabla:
Artículo | Marco normativo: Principios, características, criterios | Elementos de evaluación | Elementos de Evaluación (puntos adicionales) | |||||||||||||
Cierre de Brechas | Monto del proyecto | Impacto territorial | Concurrencia | Beneficia a minorías étnicas | Zonas de frontera | Infraestructura en zonas de exploración y explotación | Zonas no interconectadas | Proyectos estandarizados | Fase de estructuración | Recuperación y estabilización ambiental | Energía no convencional | Culminación de ya iniciados | Incentivo a la producción | |||
Art. 23 Ley 1530/2012 | Pertinencia | x | x | x | ||||||||||||
Viabilidad | x | x | x | x | x | |||||||||||
Sostenibilidad | x | x | x | |||||||||||||
Impacto | x | x | x | x | ||||||||||||
Articulación | x | x | ||||||||||||||
Art. 27 Ley 1530/2012 | 1. Impacto territorial | x | x | x | x | |||||||||||
2. Articulación planes de desarrollo | x | |||||||||||||||
3. Minorías étnicas | x | |||||||||||||||
4. Integración regional | x | x | x | |||||||||||||
5. Contratos Plan | x | x | x | |||||||||||||
6. Infraestructura en las zonas de frontera | x | |||||||||||||||
7. Infraestructura en las zonas de exploración y explotación | x | |||||||||||||||
8. Culminación de proyectos ya iniciados | x | x | ||||||||||||||
9. Inversiones físicas en educación | x | |||||||||||||||
10. Recuperación y estabilización ambiental | x | x | ||||||||||||||
11. Energía no convencional | x | x | ||||||||||||||
12. Infraestructura física para mejorar la calidad de educación | x | |||||||||||||||
13. Energización zonas no interconectadas | x | |||||||||||||||
Art. 40 Ley 1744/2014 | Relevancia | x | x | |||||||||||||
Objetividad | x | x | x | x | x | x | x | x | x | |||||||
Pertinencia | x | x | x | |||||||||||||
Sostenibilidad | x | x | x | |||||||||||||
Impacto social | x | x | x | x |
4. Variables de elementos de evaluación: a continuación se presentan las variables con que se miden los elementos de evaluación antes mencionados:
4.1 Cierre de Brechas: es medido por dos variables:
a) Priorización de sectores: Los OCAD deben escoger los cinco (5) sectores que priorizarán de acuerdo con los sectores definidos en el Acuerdo número 17 de 2013 de la Comisión Rectora o del que lo modifique o sustituya, a saber:
– Agropecuario
– Agua y saneamiento básico
– Ambiente
– Deporte y recreación
– Educativo
– Energía eléctrica (incluye energía no convencional)
– Gas
– Inclusión social y reconciliación
– Industria
– Justicia y seguridad
– Minería
– Salud
– Tecnologías de la información y las telecomunicaciones
– Transporte
– Turismo
– Vivienda rural
– Vivienda y desarrollo urbano
– Cultura
– Otros
Lineamientos para la priorización. Los OCAD deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos para la priorización de sectores:
OCAD regionales. El OCAD determinará los cinco (5) sectores priorizados para cada uno de los departamentos que conforman la región teniendo en cuenta los planes de desarrollo territoriales. En ese sentido, los departamentos podrán presentar la propuesta de sectores priorizados a consideración de los OCAD a través de las secretarías técnicas.
OCAD departamentales y municipales, de corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique. El OCAD determinará los cinco (5) sectores priorizados teniendo en cuenta los planes de desarrollo territoriales. Para el caso de los municipios adheridos a los OCAD departamentales, el OCAD determinará los cinco (5) sectores priorizados para cada uno de los municipios que forman parte del OCAD teniendo en cuenta los planes de desarrollo territoriales. En ese sentido, los municipios, departamentos y corporaciones, respectivamente, podrán presentar la propuesta de sectores priorizados a consideración de los OCAD a través de las secretarías técnicas.
Plazo para la priorización de sectores. La selección de los cinco (5) sectores prioritarios deberá realizarse durante la primera sesión de cada OCAD al inicio de cada período de gobierno y podrá ajustarse dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha de entrada en vigencia de los planes de desarrollo municipales y departamentales y; tratándose de corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, de los planes de acción. Durante el año 2015, la priorización de sectores deberá hacerse dentro de los 30 días calendario siguientes a la entrada en vigencia de las fases de operación del Sistema de Evaluación por Puntajes para las asignaciones directas, los Fondos de Compensación y de Desarrollo Regional y de los demás recursos del Sistema General de Regalías, diferentes al Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación, según los términos definidos por el Departamento Nacional de Planeación en el numeral 2 del artículo 5o del presente Acuerdo.
Si para un mismo periodo de gobierno se presenta cambio en las administraciones locales y tal situación implica a su vez un cambio en el plan de desarrollo territorial, el OCAD deberá sesionar para elegir los cinco (5) sectores prioritarios dentro de los 30 días calendario siguientes a la entrada en vigencia del nuevo plan de desarrollo municipal, departamental y los planes de acción, según corresponda.
Nota 1: Los sectores priorizados en el periodo inmediatamente anterior continuarán vigentes hasta tanto se realice la nueva priorización de sectores o se ratifique la anterior.
Nota 2: Los sectores priorizados podrán sustituirse cuando los municipios, departamentos o corporaciones, justifiquen ante el OCAD el cumplimiento de las metas sectoriales de los planes de desarrollo. El OCAD decidirá si aprueba o no la propuesta de cambio.
Es así como todo proyecto que se clasifique en uno de los cinco (5) sectores priorizados por el OCAD al que se está presentando el proyecto recibirá un puntaje que difiere dependiendo del OCAD y la fase de estructuración del proyecto, de la siguiente forma.
Puntaje asignado: variable sector priorizado por tipo de OCAD según fase en que se presenta el proyecto
<Apartes de este cuadro tachados corregidos por el texto entre <> por la Fe de Erratas, publicada en el Diario Oficial No. 49.699 de 17 de noviembre de 2015>
Tipo de OCAD | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
Regional | 13,33 | 10 |
1,00 | 1 | |
13,33 | 10 | |
Departamental/CAR | 13,33 | 10 |
1,00 | 1 | |
13,33 | 10 | |
Municipal | 50,00 | 30 |
1,00 | 1 | |
50,00 | 30 |
Fuente: STIP.
b) Nivel de esfuerzo para el cierre de brechas: es un indicador para los OCAD departamentales, regionales, de las corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, que permite valorar el esfuerzo que cada entidad territorial debe realizar para cerrar sus brechas.
Asimismo, el nivel de esfuerzo a utilizar en los OCAD mencionados se vinculará directamente al sector principal del proyecto. Sin embargo, teniendo en cuenta que no se dispone de niveles de esfuerzo para los sectores transporte, agropecuario, ambiente, deporte y recreación, gas, inclusión social y reconciliación, justicia y seguridad, minería, tecnologías de la información y las telecomunicaciones, y cultura, se deberá utilizar para estos el nivel de esfuerzo integral del municipio. Para los sectores de industria y turismo, se utilizará el nivel de esfuerzo del sector institucional dada la relación directa entre estos sectores y los ingresos propios municipales.
El nivel de esfuerzo definitivo de cada proyecto será el más alto nivel de esfuerzo entre las entidades territoriales que se benefician del mismo.
Los niveles de esfuerzos correspondientes para los departamentos, las corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, corresponde al promedio ponderado poblacionalmente de los municipios que conforman estas unidades territoriales.
Para los OCAD municipales y municipios adheridos a los OCAD departamentales, el nivel de esfuerzo para el cierre de brechas no aplicará.
Para la definición de las categorías de puntuación para esta variable, se debe tener presente el máximo nivel de esfuerzo del departamento en el que se localizan las entidades territoriales cubiertas, ya que este nivel de esfuerzo determinará el máximo valor que puede obtener este proyecto y define los rangos de valores para los puntajes de cada una de las diez (10) categorías.
En términos generales, la siguiente tabla resume los puntajes asignados con base en cada categoría considerada en esta variable por tipo de OCAD y fase del proyecto:
Puntaje asignado: variable nivel de esfuerzo para el cierre de brechas por tipo de OCAD según fase en que se presenta el proyecto
Tipo de OCAD | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
Regional | 26,67 | 20 |
Categoría 1 | 2,67 | 2 |
Categoría 2 | 5,33 | 4 |
Categoría 3 | 8,00 | 6 |
Categoría 4 | 10,67 | 8 |
Categoría 5 | 13,33 | 10 |
Categoría 6 | 16,00 | 12 |
Categoría 7 | 18,67 | 14 |
Categoría 8 | 21,33 | 16 |
Categoría 9 | 24,00 | 18 |
Categoría 10 | 26,67 | 20 |
Departamental / CAR | 26,67 | 20 |
Categoría 1 | 2,67 | 2 |
Categoría 2 | 5,33 | 4 |
Categoría 3 | 8,00 | 6 |
Categoría 4 | 10,67 | 8 |
Categoría 5 | 13,33 | 10 |
Categoría 6 | 16,00 | 12 |
Categoría 7 | 18,67 | 14 |
Categoría 8 | 21,33 | 16 |
Categoría 9 | 24,00 | 18 |
Categoría 10 | 26,67 | 20 |
Fuente: STIP.
2.1 Magnitud del proyecto: este elemento de evaluación cuantifica el tamaño del proyecto en términos monetarios y se mide a través de dos variables fundamentales, la primera es el monto total del proyecto y la segunda es la clasificación o identificación de macroproyectos de inversión.
a) Monto total del proyecto: se mide como el valor total del proyecto a financiar respecto del valor históricamente aprobado por el OCAD en el sector de referencia en que se clasifica el proyecto. Esta variable solo aplica para los proyectos presentados en fase III.
Un proyecto se cataloga como grande o pequeño de acuerdo a qué tan distante o cercano se encuentra de la media acumulada de aprobación. La obtención del valor promedio histórico total por OCAD y sector, se toma del inventario de proyectos registrados en SUIFP-SGR que han sido aprobados hasta el 25 de septiembre de 2015.
Para la identificación y definición del valor histórico aprobado de referencia se deberán tener en cuenta las siguientes consideraciones:
-- Para las entidades territoriales que no hayan aprobado proyectos para un sector en particular, se tomará como valor promedio de referencia, el valor promedio del sector para el tipo de OCAD en el que se encuentra aplicando el proyecto.
-- Para la categoría del sector “Otros”, el promedio histórico de referencia a considerar es el valor promedio total (incluyendo todos los sectores) aprobado en el OCAD del departamento al que se presenta el proyecto en cuestión.
-- Para los OCAD municipales: cuando para la entidad territorial no haya información histórica por sector, se tomará el promedio histórico de los OCAD municipales del departamento al que pertenece el mencionado OCAD. Cuando no existiese referencia del monto promedio municipal del departamento para algún sector se tomará el promedio de todos los OCAD municipales en ese sector.
La definición de las categorías de puntuación establece como punto de partida el promedio histórico aprobado en el sector de referencia para el OCAD del asunto, que luego de dividirlo entre cinco (5) establece el límite superior de la primera categoría (1), y que mientras se aumente de categoría este valor va multiplicándose por un consecutivo ( i = { 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10} ) hasta definir el límite máximo de la categoría número diez (10). Finalmente, el valor total del proyecto debe clasificarse en algunos de los rangos definidos con base en el promedio histórico aprobado y la categoría en la que se clasifique determinará el puntaje del proyecto.
Puntaje asignado: categorías de puntajes asignadas por variable monto total del proyecto por OCAD según la fase en que se presenta el proyecto
Valor total proyecto | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 13 |
Categoría 1 | 1,33 |
Categoría 2 | 2,67 |
Categoría 3 | 4 |
Categoría 4 | 5,33 |
Categoría 5 | 6,67 |
Categoría 6 | 8 |
Categoría 7 | 9,33 |
Valor total proyecto | Fase 3 -Factibilidad |
Categoría 8 | 10,67 |
Categoría 9 | 12 |
Categoría 10 | 13,33 |
Departamental/CAR | 13 |
Categoría 1 | 1,33 |
Categoría 2 | 2,67 |
Categoría 3 | 4 |
Categoría 4 | 5,33 |
Categoría 5 | 6,67 |
Categoría 6 | 8 |
Categoría 7 | 9,33 |
Categoría 8 | 10,67 |
Categoría 9 | 12 |
Categoría 10 | 13,33 |
Municipal | 20 |
Categoría 1 | 2 |
Categoría 2 | 4 |
Categoría 3 | 6 |
Categoría 4 | 8 |
Categoría 5 | 10 |
Categoría 6 | 12 |
Categoría 7 | 14 |
Categoría 8 | 16 |
Categoría 9 | 18 |
Categoría 10 | 20 |
Fuente: STIP.
b) Macroproyecto de inversión. Esta variable busca incentivar la presentación de proyectos que contemplen varias iniciativas alineadas programáticamente dentro de un mismo objetivo general y sector, privilegiando a proyectos formulados que ofrezcan solución completa a una necesidad. Esta variable solo aplica para los proyectos presentados en los OCAD departamentales, regionales, de las corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique.
En caso que el proyecto sea presentado como un macroproyecto, se deben tener en cuenta de manera conjunta las siguientes preguntas:
-- ¿Contempla más de una iniciativa que puede ser considerada de manera independiente como viable y sostenible?
-- ¿Se involucran diferentes iniciativas que le apuntan a un mismo objetivo general en un único sector?
-- ¿El valor total del proyecto supera $2.000 millones?
De acuerdo con lo anterior, un proyecto se clasificará como un macroproyecto[1] de inversión y calificará como tal siempre que responda afirmativamente los anteriores interrogantes, de manera conjunta. Para dar respuesta a las preguntas, la persona responsable de la aplicación del Sistema de Evaluación por Puntajes deberá estudiar los objetivos específicos, componentes y productos del proyecto.
Antes de responder estas preguntas, se debe considerar que:
-- Un macroproyecto se entiende como el conjunto de iniciativas de inversión viables y sostenibles de manera independiente, encausadas en un mismo objetivo y un único sector.
-- Una iniciativa se entiende como una propuesta de solución a una necesidad que presenta una comunidad.
-- Asimismo, una iniciativa se entiende como viable cuando al ser revisada en sus aspectos técnicos, legales, ambientales y financieros puede proponerse como proyecto ya que se espera que tenga una realización exitosa y logre satisfacer efectivamente las necesidades de la población.
-- Una iniciativa se clasifica como sostenible cuando asegura que posee los recursos suficientes para permanecer a través del tiempo de forma tal que pueda seguir atendiendo las necesidades de la población.
La asignación de puntajes para esta variable dentro del Sistema de Evaluación por Puntajes se determina dependiendo de la fase del proyecto y del tipo de OCAD, de la siguiente manera:
Puntaje asignado: variable macroproyecto de inversión por OCAD según la fase en que se presenta el proyecto
Macroproyecto de inversión | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 20 | 7 |
Respuesta afirmativa 3 preguntas | 20 | 6,67 |
Respuesta negativa en al menos una de las 3 preguntas | 0 | 0 |
Departamental / CAR | 20 | 7 |
Respuesta afirmativa 3 preguntas | 20 | 6,67 |
Respuesta negativa en al menos una de las 3 preguntas | 0 | 0 |
Fuente: STIP.
4.3 Impacto territorial: Se mide con las siguientes variables:
a) Número de entidades territoriales aportantes. El número de entidades aportantes contabiliza el número municipios, departamentos o corporaciones autónomas regionales que aportan recursos a un mismo proyecto, sin importar la fuente de los recursos.
Esta variable solo aplica para OCAD regionales, departamentales, de las corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, para proyectos en fase III.
La tabla de puntos asignados a esta variable varía con base en el tipo de OCAD siguiendo la distribución que se presenta a continuación:
Puntaje asignado por categoría: número de entidades territoriales aportantes por OCAD según fase en que se presenta el proyecto
Número de entidades aportantes | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 10,00 |
1 | 0,00 |
2 | 2,00 |
3-4 | 4,00 |
5-6 | 6,00 |
7-10 | 8,00 |
más de 10 | 10,00 |
Departamental / CAR | 12,00 |
1 | 0,00 |
2 | 2,40 |
3-4 | 4,80 |
5-6 | 7,20 |
7-10 | 9,60 |
más de 10 | 12,00 |
Municipal | 0,00 |
1 | 0,00 |
2 | 0,00 |
3-4 | 0,00 |
5-6 | 0,00 |
7-10 | 0,00 |
más de 10 | 0,00 |
Fuente: STIP.
b) Número de entidades cubiertas respecto del total subregional. El número de entidades cubiertas contabiliza el número de municipios que se ven beneficiados por el alcance del proyecto con el fin de privilegiar a aquellos proyectos en los OCAD regionales, de las corporaciones autónomas regionales, departamentales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique que beneficien a un mayor número de entidades territoriales dentro de las subregiones de uno (o varios) departamento(s) propuestas en el marco del Plan Nacional de Desarrollo.
El cálculo de esta variable corresponde al número de entidades cubiertas respecto del total de municipios que forman parte de la(s) subregión(es) a las que pertenecen, y otorga puntos así:
Puntaje asignado por categoría: número de entidades territoriales cubiertas por OCAD según la fase en que se presenta el proyecto
Entidades cubiertas respecto total subregional | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 20 | 10 |
0%-10% | 1 | 1 |
10,1%-20% | 4 | 2 |
20,1%-30% | 6 | 3 |
30,1%-40% | 8 | 4 |
40,1%-50% | 10 | 5 |
50,1%-60% | 12 | 6 |
60,1%-70% | 14 | 7 |
70,1%-80% | 16 | 8 |
80,1%-90% | 18 | 9 |
90,1%-100% | 20 | 10 |
Departamental / CAR | 26,67 | 12 |
0%-10% | 1,00 | 1,00 |
10,1%-20% | 5,33 | 2,40 |
20,1%-30% | 8,00 | 3,60 |
30,1%-40% | 10,67 | 4,80 |
40,1%-50% | 13,33 | 6,00 |
50,1%-60% | 16,00 | 7,20 |
60,1%-70% | 18,67 | 8,40 |
70,1%-80% | 21,33 | 9,60 |
80,1%-90% | 24,00 | 10,80 |
90,1%-100% | 26,67 | 12,00 |
Fuente: STIP.
Para el caso de las corporaciones autónomas regionales, el denominador considerado para el cálculo de la variable será el número total de entidades territoriales para las cuales la respectiva corporación tiene jurisdicción.
En todo caso, esta variable no aplica para OCAD municipales.
c) Población beneficiaria sobre población afectada. La variable cuantifica la cobertura de un proyecto respecto a la magnitud de la necesidad. Para ello, el cálculo es producto del cociente entre la variable considera la población beneficiaria u objetivo sobre población total afectada, multiplicado por cien (100) y otorga puntos así:
Puntaje asignado por categoría: población beneficiaria respecto afectada por OCAD según la fase en que se presenta el proyecto
Población beneficiaria respecto afectada | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 10 | 5 |
0%-10% | 1 | 1 |
10,1%-20% | 2 | 1 |
20,1%-30% | 3 | 2 |
30,1%-40% | 4 | 2 |
40,1%-50% | 5 | 3 |
50,1%-60% | 6 | 3 |
60,1%-70% | 7 | 4 |
70,1%-80% | 8 | 4 |
80,1%-90% | 9 | 5 |
90,1%-100% | 10 | 5 |
Departamental/CAR | 13,33 | 6,00 |
0%-10% | 1,00 | 1,00 |
10,1%-20% | 2,67 | 1,20 |
20,1%-30% | 4,00 | 1,80 |
30,1%-40% | 5,33 | 2,40 |
40,1%-50% | 6,67 | 3,00 |
50,1%-60% | 8,00 | 3,60 |
60,1%-70% | 9,33 | 4,20 |
70,1%-80% | 10,67 | 4,80 |
80,1%-90% | 12,00 | 5,40 |
90,1%-100% | 13,33 | 6,00 |
Municipal | 50 | 30 |
0%-10% | 1 | 1 |
10,1%-20% | 10 | 6 |
20,1%-30% | 15 | 9 |
30,1%-40% | 20 | 12 |
40,1%-50% | 25 | 15 |
50,1%-60% | 30 | 18 |
60,1%-70% | 35 | 21 |
70,1%-80% | 40 | 24 |
80,1%-90% | 45 | 27 |
90,1%-100% | 50 | 30 |
Fuente: STIP.
d) Integración interdepartamental. Esta variable busca reconocer aquellos proyectos presentados ante los OCAD regionales que muestran ejercicios de articulación que beneficien a municipios de diferentes departamentos. De manera que el Sistema de Evaluación por Puntajes privilegia proyectos que beneficien proyectos en este sentido.
El puntaje asignado se muestra a continuación:
Puntaje asignado: variable integración interdepartamental por OCAD según la fase en que presenta el proyecto
Integración interdepartamental | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 10 | 5 |
Beneficia a un departamento | 0 | 0 |
Beneficia a 2 o más departamentos | 10 | 5 |
Fuente: STIP.
Esta variable no aplica para los OCAD departamentales, de las corporaciones autónomas y municipales.
4.4 Concurrencia: mide la articulación de diferentes fuentes en la financiación de los proyectos del Sistema General de Regalías. En este sentido, la concurrencia es medida como el diferencial entre el valor total del proyecto y los recursos diferentes a regalías del OCAD al que se presenta el proyecto, vinculados con la iniciativa de inversión, sobre el valor total del proyecto multiplicado por cien (100). Los proyectos pueden obtener puntajes, cuando son presentados en fase III así:
Puntaje asignado por categoría: concurrencia por OCAD según la fase en que se presenta el proyecto
Concurrencia | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 20,00 |
0% | 1,00 |
0,1%-0,5% | 2,22 |
0,51%-1% | 4,44 |
1,1%-5% | 6,67 |
5,1%-10% | 8,89 |
Concurrencia | Fase 3 -Factibilidad |
10,1%-20% | 11,11 |
20,1%-30% | 13,33 |
30,1%-40% | 15,56 |
40,1%-50% | 17,78 |
50,1% o más | 20,00 |
Departamental/CAR | 20,00 |
0% | 1,00 |
0,1%-0,5% | 2,22 |
0,51%-1% | 4,44 |
1,1%-5% | 6,67 |
5,1%-10% | 8,89 |
10,1%-20% | 11,11 |
20,1%-30% | 13,33 |
30,1%-40% | 15,56 |
40,1%-50% | 17,78 |
50,1% o más | 20,00 |
Municipal | 20,00 |
0% | 1,00 |
0,1%-0,5% | 2,22 |
0,51%-1% | 4,44 |
1,1%-5% | 6,67 |
5,1%-10% | 8,89 |
10,1%-20% | 11,11 |
20,1%-30% | 13,33 |
30,1%-40% | 15,56 |
40,1%-50% | 17,78 |
50,1% o más | 20,00 |
Fuente: STIP.
En resumen a continuación se presenta la tabla general de los elementos de evaluación, por variables, categorías y puntajes:
Puntaje asignado para cada categoría, por OCAD según la fase en que se presenta el proyecto
Cierre de brechas
Sector priorizado | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
Regional | 13,33 | 10 |
Sí | 1,00 | 1 |
No | 13,33 | 10 |
Departamental/CAR | 13,33 | 10 |
Sí | 1,00 | 1 |
No | 13,33 | 10 |
Municipal | 50,00 | 30 |
Sí | 1,00 | 1 |
No | 50,00 | 30 |
Nivel de esfuerzo para el cierre de brechas | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
Regional | 26,67 | 20 |
Categoría 1 | 2,67 | 2 |
Categoría 2 | 5,33 | 4 |
Categoría 3 | 8,00 | 6 |
Categoría 4 | 10,67 | 8 |
Categoría 5 | 13,33 | 10 |
Categoría 6 | 16,00 | 12 |
Categoría 7 | 18,67 | 14 |
Categoría 8 | 21,33 | 16 |
Categoría 9 | 24,00 | 18 |
Categoría 10 | 26,67 | 20 |
Departamental/CAR | 26,67 | 20 |
Categoría 1 | 2,67 | 2 |
Categoría 2 | 5,33 | 4 |
Categoría 3 | 8,00 | 6 |
Categoría 4 | 10,67 | 8 |
Categoría 5 | 13,33 | 10 |
Categoría 6 | 16,00 | 12 |
Categoría 7 | 18,67 | 14 |
Categoría 8 | 21,33 | 16 |
Categoría 9 | 24,00 | 18 |
Categoría 10 | 26,67 | 20 |
Magnitud del proyecto
Valor total proyecto | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 0 | 13 |
Cierre de brechas
Sector priorizado | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
Categoría 1 | 0 | 1,33 |
Categoría 2 | 0 | 2,67 |
Categoría 3 | 0 | 4 |
Categoría 4 | 0 | 5,33 |
Categoría 5 | 0 | 6,67 |
Categoría 6 | 0 | 8 |
Categoría 7 | 0 | 9,33 |
Categoría 8 | 0 | 10,67 |
Categoría 9 | 0 | 12 |
Categoría 10 | 0 | 13,33 |
Departamental/CAR | 0 | 13 |
Categoría 1 | 0 | 1,33 |
Categoría 2 | 0 | 2,67 |
Categoría 3 | 0 | 4 |
Categoría 4 | 0 | 5,33 |
Categoría 5 | 0 | 6,67 |
Categoría 6 | 0 | 8 |
Categoría 7 | 0 | 9,33 |
Categoría 8 | 0 | 10,67 |
Categoría 9 | 0 | 12 |
Categoría 10 | 0 | 13,33 |
Municipal | 0 | 20 |
Categoría 1 | 0 | 2 |
Categoría 2 | 0 | 4 |
Categoría 3 | 0 | 6 |
Categoría 4 | 0 | 8 |
Categoría 5 | 0 | 10 |
Categoría 6 | 0 | 12 |
Categoría 7 | 0 | 14 |
Categoría 8 | 0 | 16 |
Categoría 9 | 0 | 18 |
Categoría 10 | 0 | 20 |
Macroproyecto de inversión | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 20 | 7 |
Respuesta afirmativa 3 preguntas | 20 | 6,67 |
Respuesta negativa en al menos una de las 3 preguntas | 0 | 0 |
Departamental/CAR | 20 | 7 |
Respuesta afirmativa 3 preguntas | 20 | 6,67 |
Respuesta negativa en al menos una de las 3 preguntas | 0 | 0 |
Impacto territorial
Entidades cubiertas respecto total subregional | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 20 | 10 |
0%-10% | 1 | 1 |
10,1%-20% | 4 | 2 |
20,1%-30% | 6 | 3 |
30,1%-40% | 8 | 4 |
40,1%-50% | 10 | 5 |
50,1%-60% | 12 | 6 |
60,1%-70% | 14 | 7 |
70,1%-80% | 16 | 8 |
80,1%-90% | 18 | 9 |
90,1%-100% | 20 | 10 |
Departamental/CAR | 26,67 | 12 |
0%-10% | 1,00 | 1,00 |
10,1%-20% | 5,33 | 2,40 |
20,1%-30% | 8,00 | 3,60 |
30,1%-40% | 10,67 | 4,80 |
40,1%-50% | 13,33 | 6,00 |
50,1%-60% | 16,00 | 7,20 |
60,1%-70% | 18,67 | 8,40 |
70,1%-80% | 21,33 | 9,60 |
80,1%-90% | 24,00 | 10,80 |
90,1%-100% | 26,67 | 12,00 |
Número de entidades aportantes | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 0 | 10,00 |
1 | 0 | 0,00 |
Cierre de brechas
Sector priorizado | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
2 | 0 | 2,00 |
3-4 | 0 | 4,00 |
5-6 | 0 | 6,00 |
7-10 | 0 | 8,00 |
más de 10 | 0 | 10,00 |
Departamental/CAR | 0 | 12,00 |
1 | 0 | 0,00 |
2 | 0 | 2,40 |
3-4 | 0 | 4,80 |
5-6 | 0 | 7,20 |
7-10 | 0 | 9,60 |
más de 10 | 0 | 12,00 |
Población beneficiaria respecto afectada | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 10 | 5 |
0%-10% | 1 | 1 |
10,1%-20% | 2 | 1 |
20,1%-30% | 3 | 2 |
30,1%-40% | 4 | 2 |
40,1%-50% | 5 | 3 |
50,1%-60% | 6 | 3 |
60,1%-70% | 7 | 4 |
70,1%-80% | 8 | 4 |
80,1%-90% | 9 | 5 |
90,1%-100% | 10 | 5 |
Departamental/CAR | 13,33 | 6,00 |
0%-10% | 1,00 | 1,00 |
10,1%-20% | 2,67 | 1,20 |
20,1%-30% | 4,00 | 1,80 |
30,1%-40% | 5,33 | 2,40 |
40,1%-50% | 6,67 | 3,00 |
50,1%-60% | 8,00 | 3,60 |
60,1%-70% | 9,33 | 4,20 |
70,1%-80% | 10,67 | 4,80 |
80,1%-90% | 12,00 | 5,40 |
90,1%-100% | 13,33 | 6,00 |
Municipal | 50 | 30 |
0%-10% | 1 | 1 |
10,1%-20% | 10 | 6 |
20,1%-30% | 15 | 9 |
30,1%-40% | 20 | 12 |
40,1%-50% | 25 | 15 |
50,1%-60% | 30 | 18 |
60,1%-70% | 35 | 21 |
70,1%-80% | 40 | 24 |
80,1%-90% | 45 | 27 |
90,1%-100% | 50 | 30 |
Integración interdepartamental | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 10 | 5 |
Beneficia a un departamento | 0 | 0 |
Beneficia a 2 o más departamentos | 10 | 5 |
Concurrencia
Concurrencia | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3 -Factibilidad |
Regional | 0 | 20,00 |
0% | 0 | 1,00 |
0,1%-0,5% | 0 | 2,22 |
0,51%-1% | 0 | 4,44 |
1,1%-5% | 0 | 6,67 |
5,1%-10% | 0 | 8,89 |
10,1%-20% | 0 | 11,11 |
20,1%-30% | 0 | 13,33 |
30,1%-40% | 0 | 15,56 |
40,1%-50% | 0 | 17,78 |
50,1% o más | 0 | 20,00 |
Departamental/CAR | 0 | 20,00 |
0% | 0 | 1,00 |
0,1%-0,5% | 0 | 2,22 |
0,51%-1% | 0 | 4,44 |
Cierre de brechas
Sector priorizado | Fase 1 -Perfil / Fase 2 -Prefactibilidad | Fase 3Factibilidad |
1,1%-5% | 0 | 6,67 |
5,1%-10% | 0 | 8,89 |
10,1%-20% | 0 | 11,11 |
20,1%-30% | 0 | 13,33 |
30,1%-40% | 0 | 15,56 |
40,1%-50% | 0 | 17,78 |
50,1% o más | 0 | 20,00 |
Municipal | 0 | 20,00 |
0% | 0 | 1,00 |
0,1%-0,5% | 0 | 2,22 |
0,51%-1% | 0 | 4,44 |
1,1%-5% | 0 | 6,67 |
5,1%-10% | 0 | 8,89 |
10,1%-20% | 0 | 11,11 |
20,1%-30% | 0 | 13,33 |
30,1%-40% | 0 | 15,56 |
40,1%-50% | 0 | 17,78 |
50,1% o más | 0 | 20,00 |
Fuente: STIP.
4.5 Variables de elementos de evaluación adicionales: a continuación se presentan las variables que ofrecerán puntajes adicionales a los proyectos presentados:
a) Mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de las comunidades Indígenas y del pueblo Rom o Gitano de Colombia;
b) Proyectos orientados al mejoramiento de la infraestructura en las zonas de frontera;
c) Mejoramiento de la infraestructura en las zonas de exploración y explotación de recursos no renovables;
d) Proyectos de recuperación y estabilización ambiental, reforestación y recuperación de ecosistemas;
e) Para la extensión, ampliación y utilización de energía no convencional, tales como la eólica, solar, geotérmica o de iguales características, que sean renovables y sustentables ambientalmente;
f) Para las zonas no interconectadas del país, proyectos de energización;
g) Para la culminación de proyectos ya iniciados que sean prioritarios para el desarrollo regional;
h) Uso de proyectos tipo estandarizados del Departamento Nacional de Planeación;
i) Incentivo a la producción.
La asignación de puntajes por elementos de evaluación adicionales se sintetiza en la siguiente tabla:
Elementos adicionales de evaluación | Puntos adicionales |
1. Mejoramiento de las condiciones de vida de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, de las comunidades Indígenas y del pueblo Rom o Gitano de Colombia. | 3 puntos |
2. Proyectos orientados al mejoramiento de la infraestructura en las zonas de frontera. | 3 puntos |
3. Mejoramiento de la infraestructura en las zonas de exploración y explotación de recursos no renovables. | 3 puntos |
4. Proyectos de recuperación y estabilización ambiental, reforestación y recuperación de ecosistemas. | 3 puntos |
5. Para la extensión, ampliación y utilización de energía no convencional, tales como la eólica, solar, geotérmica o de iguales características, que sean renovables y sustentables ambientalmente. | 3 puntos |
6. Proyectos de energización en zonas no interconectadas del país. | 3 puntos |
7. Culminación de proyectos ya iniciados que sean prioritarios para el desarrollo regional. | 3 puntos |
8. Uso de proyectos tipo estandarizados por el DNP. | 3 puntos |
9. Incentivo a la producción. | 3 puntos |
5. Puntaje mínimo recomendado por el Sistema de Evaluación por Puntajes: en el evento en que un proyecto obtenga un puntaje por debajo de 40 puntos –límite inferior definido–, le corresponderá a la secretaría técnica del OCAD correspondiente informar a la entidad proponente el resultado, de manera previa a la sesión del OCAD.
6. Decisiones del OCAD con base al Sistema de Evaluación por Puntajes: el Sistema de Evaluación por Puntajes es una herramienta de apoyo para la toma de decisiones. El Sistema define un puntaje mínimo requerido bajo el cual los proyectos presentados ante el OCAD podrán ser objeto de deliberación por el órgano colegiado de administración y decisión para su viabilización, priorización y aprobación.
7. Procedimiento para aplicar el Sistema de Evaluación por Puntajes: el procedimiento para aplicar el Sistema de Evaluación por Puntajes contempla los siguientes pasos:
7.1 Diligenciamiento: el secretario técnico de cada OCAD aplica el Sistema de Evaluación en la herramienta dispuesta para tal fin, con la información de cada proyecto. Los resultados de ese ejercicio serán anexados como soporte para la citación a la sesión de viabilización, priorización o aprobación del proyecto de inversión. Además, le corresponde a la secretaría técnica del OCAD informar a la entidad que presentó el proyecto el resultado de la aplicación del Sistema.
7.2 Discusión: una vez en la sesión del OCAD, sus miembros, que han conocido la calificación previamente, revisarán la pertinencia de las iniciativas de cada proyecto teniendo en cuenta la totalidad de proyectos elegibles.
7.3 Viabilización, priorización y aprobación: con base en el puntaje y la discusión realizada, se procede con la viabilización, priorización y aprobación.
8. Disponibilidad del aplicativo mediante el cual se implementará el Sistema de Evaluación por Puntajes: estará disponible en la página web del Sistema General de Regalías y en el Banco de proyecto SUIFP-SGR, de tal forma que los miembros del OCAD puedan acceder a la aplicación.
Entre el 29 de octubre y el 15 de noviembre, para el caso de los OCAD regionales, departamentales, de las corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique deberá emplearse la herramienta diseñada en Excel para la implementación del Sistema de Evaluación por Puntajes. A partir del 16 de noviembre, las secretarías técnicas de los OCAD deberán acceder al Sistema de Evaluación por Puntajes a través de SUIFP-SGR.
Para los OCAD regionales, departamentales, de las corporaciones autónomas regionales y de municipios ribereños del Río Grande de la Magdalena y Canal del Dique, entre el 29 de octubre y el 15 de diciembre la aplicación del Sistema de Evaluación por Puntajes, así como la priorización de los sectores, podrá realizarse durante la sesión del OCAD, solamente cuando:
-- Los proyectos que a la fecha de entrada en operación del Sistema de Evaluación por Puntajes se encuentren viabilizados o priorizados y aún no hayan sido sometidos a aprobación por los órganos colegiados de administración y decisión correspondientes.
-- Los proyectos cuya sesión de OCAD para priorización, viabilización o aprobación hayan sido citados antes o el día de inicio de la fase de operación del sistema.
Para los OCAD municipales y de los municipios adheridos a los OCAD departamentales, entre el 29 de octubre y el 15 de diciembre el Sistema de Evaluación por Puntajes estará aplicándose en su fase de pilotaje y a partir del 28 de enero, estos OCAD deberán entrar en fase de operación del Sistema.
9. Alcance del Departamento Nacional de Planeación en la implementación: El Departamento Nacional de Planeación definirá y aplicará los procedimientos para la evaluación objetiva de los proyectos, los cuales incluirán los formatos, tiempos y requisitos técnicos. Los procedimientos se socializarán con los actores interesados.
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1. Lo que antes se denominaba programa de inversión ahora ha sido renombrado como “macroproyecto de inversión” pero su forma de cálculo y definición siguen siendo las mismas.