Providencia del Consejo de Estado, Sección Segunda, expediente 11001-03-25-000-2004-00144-01(2491-04) de 2006
¿El curso de formación judicial estará abierto a todos los aspirantes que estén interesados en formarse profesional y científicamente para el adecuado desempeño de la función judicial? Acción de nulidad contra el artículo 2, numerales 4.1 y 4.2 del Acuerdo 1549 del 17 de septiembre de 2002, proferido por el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Administrativa, por el cual se convocó al XII concurso de méritos para la provisión de cargos de carrera de la Rama Judicial, para magistrados y jueces de la jurisdicción ordinaria. Fallo: nulidad de la expresión: "de conformidad con los resultados del Curso de Formación Judicial,". Legal el aparte demandado del artículo 2, numeral 4.1, del Acuerdo 1549 de 17 de septiembre de 2002. Carrera judicial - Lista de elegibles. Concurso de méritos. Rama judicial - Provisión de vacantes. Curso de formación judicial. Registro de elegibles