Providencia del Consejo de Estado, Sala Plena, expediente 11001-03-28-000-2013-00011-00A de 2015
La divulgación de información reservada compromete la transparencia pero no afecta la imparcialidad - La divulgación de información reservada que se conoce en razón del cargo "compromete la transparencia en el ejercicio de la función pública, sin que por ese solo hecho se afecte la imparcialidad del juez para decidir objetivamente el asunto". De ahí que las conductas descritas deban ser estrictamente diferenciadas, pues operan en ámbitos de control distintos. Vale decir que si se configura la previsión contemplada por el numeral 12 del artículo 150 del Código de Procedimiento Civil, ello da lugar a separar al juez del conocimiento del asunto, mientras que las divulgaciones inoportunas se tipifican como faltas disciplinarias - Ley 734, arts. 34, num. 2, 6 y 38; 48, num. 47 y 50