Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 76001-23-31-000-1996-02876-01(19311) de 2011
Consejo de Estado decidió no declarar la responsabilidad patrimonial del Estado, por el proceso policivo iniciado por el INURBE, en el cual la Alcaldía de Buenaventura, decretó la suspensión de unas obras que realizaban los actores en un predio de su propiedad. El INURBE actuó en ejercicio legítimo de su derecho de acción. La constitucionalización de la responsabilidad extracontractual del Estado. Concepto y noción del daño antijurídico. El principio de imputabilidad. La indemnización del daño antijurídico cabe achacarla al Estado cuando haya el sustento fáctico y la atribución jurídica. Teoría de la causalidad adecuada y teoría de la equivalencia de las condiciones
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