Providencia del Consejo de Estado, Sección Quinta, expediente 11001-03-28-000-2014-00130-00 de 2016
Si bien el hoy Contralor General cuando se desempeñó como Procurador General nombró a dos de los Magistrados de la Corte Constitucional y a familiares de otro Magistrado en el Ministerio Público, tenía la potestad para hacerlo y no está probado que lo hubiese hecho por razones diferentes al mérito de cada uno de ellos o expresamente con el fin de preparar una futura aspiración a la Contraloría. También se demandó la elección del Contralor, porque ejerció como Conjuez de alta corporación en el año inmediatamente anterior a su elección, incurriendo en una inhabilidad, sin embargo la Sección Quinta ya se había pronunciado sobre el particular al resolver la medida cautelar solicitada, por ello se limita a reiterar que quienes ejercen como conjueces no ocupan cargos públicos, sino que ejercen funciones públicas, hecho que no genera ninguna inhabilidad para ser elegido como Contralor