Providencia del Consejo de Estado, Sección Primera, expediente 15001-23-31-000-2010-01166-01(AP) de 2013
¿Puede una actuación u omisión de la Administración configurar simultáneamente un supuesto defendible por medio de acción de tutela y de acción popular? Sí, el hecho que una determinada actuación u omisión de la Administración o de un particular de origen a una situación susceptible de amparo constitucional por vía de tutela, no excluye la configuración paralela de un supuesto reconducible al ámbito de los derechos colectivos que podrá ser objeto de valoración por el juez de acción popular. Será necesario, en ese caso, que el comportamiento enjuiciado incida efectivamente sobre los bienes jurídicos que protege este mecanismo procesal. El referido carácter principal de esta acción respecto de la defensa y garantía de los derechos e intereses colectivos disipa cualquier duda sobre su procedencia y pertinencia en esta clase de eventos. Esta circunstancia ha llevado a que esta Sala, en un pronunciamiento reciente, haya reconocido la factibilidad de que unos mismos hechos puedan generar vulneración de derechos fundamentales y afectación, amenaza o vulneración de derechos colectivos; y en este sentido ha precisado que en ese evento procede examinarlos tanto por la vía de acción popular como de acción de tutela