Providencia del Consejo de Estado, Sección Tercera, expediente 25000-23-24-000-2011-00032-01(AP) de 2014
¿Es viable que los recursos generados por la explotación comercial de los bienes que comprende el terminal de carga internacional el Dorado no ingresen al patrimonio estatal? No resulta posible el entendimiento en el sentido de que el producto de la explotación comercial de bienes públicos beneficie a particulares, salvo la remuneración legal y previamente convenida a cambio precisamente por la administración de los mismos, con sujeción al ordenamiento y los términos contractuales, de los que no cabe suponer la mutación del dominio de los bienes concesionados, hacia el patrimonio particular. De donde resulta a todas luces contrario a los intereses estatales que los recursos generados por la explotación comercial de los bienes que comprende el terminal de carga internacional no ingresen al patrimonio estatal, esto es al Fideicomiso P.A. OPAIN S.A. Aeropuerto El Dorado, el ingreso bruto