RESOLUCIÓN 543 DE 2013
(octubre 31)
Diario Oficial No. 48.968 de 8 de noviembre de 2013
PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Por la cual se adiciona el Programa de Incentivos para los servidores de la Procuraduría General de la Nación.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 7o, numeral 42, 254, 255 y 256 del Decreto 262 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución número 202 del 23 de mayo de 2013, se reglamentó el Programa de Incentivos para los servidores de la Procuraduría General de la Nación, como parte del sistema de estímulos de la entidad, el cual tiene como propósito elevar los niveles de eficiencia, desarrollo y bienestar de los funcionarios en el desempeño de su labor y contribuir con el cumplimiento efectivo de los resultados institucionales.
Que de acuerdo con el marco del programa de Gestión Integral del Talento Humano, se debe buscar el fortalecimiento de las competencias de los servidores de la entidad a través de la capacitación y actualización permanente, la cual además facilita la participación de los servidores en los concursos de méritos que adelanta la Procuraduría General de la Nación para el ascenso en la Carrera Administrativa.
Que el artículo 20 de la Resolución número 202 de 2013 establece la oferta de estímulos y procedimiento para su asignación.
Que en virtud de lo anterior, es necesario adicionar la anterior resolución en el artículo 20, el literal h) y parágrafo, para incluir los programas de capacitación formal en el nivel de posgrados para los funcionarios de la entidad, dirigidos a quienes posean título profesional, de acuerdo a lo establecido en cada programa y en el cual se establecerán los requisitos, alcance y procedimientos para la postulación, según los presupuestos establecidos y aprobados.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Adicionar el literal h) en el artículo 20 de la Resolución número 202 del 23 de mayo de 2013, el cual quedará así:
“h) Programas de Posgrado. La entidad podrá estructurar programas de capacitación formal en el nivel de posgrados, dirigidos a fomentar las habilidades en el desempeño de funciones de los servidores que posean título profesional, de acuerdo a lo establecido en cada programa.
PARÁGRAFO. Para la promoción y desarrollo de cada programa, se establecerán los requisitos alcance y procedimientos para la postulación, según los presupuestos establecidos y aprobados”.
ARTÍCULO 2o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de octubre de 2013.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
ALEJANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO.




