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RESOLUCIÓN 318 DE 2006

(noviembre 16)

Diario Oficial No. 46.466 de 28 de noviembre de 2006

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por la cual se crea un Grupo de Trabajo adscrito al Despacho del Procurador General de la Nación a efectos de asesorarlo en materias relacionadas con las investigaciones disciplinarias que se sigan contra Congresistas o ex Congresistas por conductas disciplinariamente relevantes relacionadas con grupos al margen de la ley,

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 21 del artículo 7o del Decreto 262 otorga competencia al Procurador General de la Nación para “conocer en única instancia de los procesos disciplinarios que se adelanten contra los congresistas, por faltas cometidas con anterioridad a la adquisición de dicha calidad o durante su ejercicio, en este último caso aunque hayan dejado de ser congresistas”;

Que el numeral 7 del artículo anterior faculta al Procurador General de la Nación para expedir los actos administrativos que sean necesarios para desarrollar las funciones atribuidas por la ley;

Que el numeral 34 del mismo artículo dispone que el Procurador General de la Nación podrá crear grupos de trabajo para el cumplimiento de las funciones de la entidad y los previstos en la ley, y

Que se hace necesario establecer mecanismos jurídicos eficaces que faciliten el procesamiento y consulta de documentación extensa y compleja relacionada con la participación o intervención de servidores públicos aforados en delitos vinculados con grupos al margen de la ley, por lo cual

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Créase un Grupo de Trabajo, el cual se identificará como “Grupo Especial Investigaciones Aforados”, integrado por tres Procuradores Judiciales en lo Penal con el objeto de procesar y consultar documentación en general y la existente tanto en procesos disciplinarios como penales y proyectar las decisiones pertinentes que deba tomar el Procurador General de la Nación en los procesos disciplinarios contra congresistas o ex Congresistas que incurran en infracciones disciplinarias relacionadas con delitos vinculados con grupos al margen de la ley.

ARTÍCULO 2o. El Grupo de Trabajó actuará coordinadamente con las demás dependencias de la Procuraduría General de la Nación, especialmente con la Procuraduría Delegada para el Ministerio Público, Procuradores Delegados para la Investigación y Juzgamiento Penal y Dirección Nacional de Investigaciones Especiales, demandando y recibiendo información útil, pertinente y conducente para la tarea encomendada.

ARTÍCULO 3o. El Grupo de Trabajo tendrá un coordinador principal y otro suplente.

ARTÍCULO 4o. El coordinador principal se encargará de coordinar las tareas del grupo, asegurarse del análisis más completo de la documentación existente sobre la materia y revisar los proyectos de decisiones para firma del Procurador General de la Nación. Muy especialmente dirigirá y coordinará con los demás miembros del grupo la tarea asignada en el artículo 2o de esta resolución.

ARTÍCULO 5o. El coordinador suplente reemplazará al principal cuando este no pueda llevar a cabo su función.

ARTÍCULO 6o. Las pruebas que se deriven de las investigaciones de que da cuenta esta resolución serán practicadas por la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales o por los Procuradores Judiciales II destacados en el artículo 1 de la misma, según se disponga.

ARTÍCULO 7o. El Grupo de Trabajo tendrá el personal de apoyo necesario para su adecuado funcionamiento.

ARTÍCULO 8o. Las labores secretariales serán llevadas a cabo por la Secretaría de la Dirección Nacional de Investigaciones Especiales.

ARTÍCULO 9o. Por Secretaría General se le asignará al Grupo de Trabajo los elementos materiales y logísticos necesarios para su labor.

ARTÍCULO 10. Esta resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese y cúmplase.

16 de noviembre de 2006.

El Procurador General de la Nación,

EDGARDO JOSÉ MAYA VILLAZÓN.

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