RESOLUCIÓN 1048 DE 2007
(marzo 30)
Diario Oficial No. 46.596 de 11 de abril de 2007
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2754 de 2008>
Por medio de la cual se adopta la documentación del grupo de Lofoscopia de la Sección de Identificación del Cuerpo Técnico de Investigación.
EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales 5, 14 y 17 del artículo 11 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 213 de la Ley 906 de 2004, en el último párrafo determina que “La Fiscalía General de la Nación, dispondrá de protocolos, previamente elaborados, que serán de riguroso cumplimiento, en el desarrollo de la actividad investigativa regulada en esta sección”;
Que en cumplimiento de lo señalado en la ley anteriormente citada se requiere elaborar los protocolos, teniendo en cuenta los avances científicos y técnicos;
Que la Ley 872 de 2003, en su artículo 1o, dice: “Créase el Sistema de Gestión de la Calidad de las entidades del Estado, como una herramienta de gestión sistemática y transparente que permita dirigir y evaluar el desempeño institucional, en términos de calidad y satisfacción social, en la prestación de los servicios a cargo de las entidades y agentes obligados, la cual estará enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de tales entidades. El Sistema de Gestión de la Calidad adoptará en cada entidad un enfoque basado en los procesos que se surten al interior de ella y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios de sus funciones asignadas por el ordenamiento jurídico vigente”;
Que en complemento a la implementación de la norma NTC GP 1000:2004 “Sistema de Gestión de la Calidad para la Rama Ejecutiva del Poder Público y Otras Entidades Prestadoras de Servicios. Requisitos”; la entidad decide implementar la norma técnica ISO IEC 17025:2005 “Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración”, la cual tiene requisitos comunes con la norma inicialmente citada y hace parte integral del Sistema de Gestión de la Calidad de la Fiscalía General de la Nación.
Que se debe contar con la documentación mínima necesaria para el funcionamiento del Sistema de Gestión de Calidad y la adecuada implementación de la ISO IEC
17025:2005, la cual incluye la definición del manual técnico de acreditación, procedimientos, protocolos y demás documentos requeridos para la eficaz planificación, operación y control de los laboratorios de la entidad;
Que la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad en la Fiscalía General de la Nación y de la norma técnica ISO IEC 17025:2005 se hará de forma gradual en los grupos de la Sección de Identificación de la entidad, iniciando en el nivel central y continuando en las seccionales hasta cubrir la Entidad a nivel nacional;
Que una vez la entidad decide implementar la norma ISO IEC 17025:2005 acoge las disposiciones relativas a estructura, documentación y responsabilidades necesarias para la operacionalización de la misma, razón por la cual este despacho,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2754 de 2008> Adoptar en el grupo de Lofoscopia de la Sección de Identificación del Cuerpo Técnico de Investigación y cuando aplique en las seccionales, los documentos que se relacionan a continuación:
Manuales:
| Código | Denominación |
FGN-42100-LO-MT-01 | Manual Técnico de Acreditación |
Procedimientos:
| Código | Denominación |
| FGN-42100-LO-P-01 | Procedimiento General de Lofoscopia |
FGN-42100-LO-P-02 | Procedimiento Manejo de Elementos de Ensayo (EMP y EF) |
Protocolos:
Código | Denominación |
FGN-42100-LO-PR-01 | Aplicativo Charting |
FGN-42100-LO-PR-02 | Elaboración de moldeos de huellas de origen lofoscópico, calzado y neumáticos |
FGN-42100-LO-PR-03 | Procesamiento de huellas contaminadas con polvo, talco o sustancias similares |
FGN-42100-LO-PR-04 | Procesamiento de huellas contaminadas con sangre |
FGN-42100-LO-PR-05 | Revelado de huellas latentes en superficies adhesivas |
FGN-42100-LO-PR-06 | Revelado de huellas latentes en superficies absorbentes secas o húmedas |
FGN-42100-LO-PR-07 | Revelado de huellas latentes en superficies no absorbentes secas o húmedas |
| FGN-42100-LO-PR-08 | Registro decadactilar de individuos vivos |
| FGN-42100-LO-PR-09 | Análisis de huellas e impresiones dactilares con fines de identificación |
Instructivos:
| Código | Denominación |
FGN-42100-LO-IT-01 | Instructivo de Operación de la Lupa Galtoniana |
FGN-42100-LO-IT-02 | Instructivo de Operación de la Luz Forense Bluemmax |
| FGN-42100-LO-IT-03 | Instructivo de Operación de la Unidad de Cianowand |
| FGN-42100-LO-IT-04 | Instructivo Cámara de Vapores con Unidad de Cianowand o Cianocrilato Gel |
| FGN-42100-LO-IT-05 | Instructivo de Operación del Centro de Consulta Técnica (CCT Reginal) |
| FGN-42100-LO-IT-06 | Instructivo de Operación de la Estación de Adquisición de Latentes (Law) |
| FGN-42100-LO-IT-07 | Instructivo de Operación de la Cabina de Extracción |
| FGN-42100-LO-IT-08 | Instructivo de Operación de Morphotouch |
| FGN-42100-LO-IT-09 | Instructivo de Operación de la Estación de Trabajo AFISANI (Reginal) |
Formatos:
| Código | Denominación |
| FGN-42100-LO-F-01 | Hoja de Trabajo Lofoscopia |
| FGN-42100-LO-F-02 | Hoja de Trabajo Exploraciones Lofoscópicas |
FGN-42100-LO-F-03 | Tarjeta Decadactilar |
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2754 de 2008> Es de obligatorio cumplimiento para todos los servidores involucrados en el grupo de Lofoscopia de la Sección de Identificación del Cuerpo Técnico de Investigación, y de las seccionales cuando para ellas aplique, seguir los lineamientos y la documentación generada con la implementación de la norma ISO IEC 17025:2005 del Sistema de Gestión de la Calidad de la Fiscalía General de la Nación.
PARÁGRAFO. Las responsabilidades de los servidores involucrados en la implementación de la norma ISO IEC 17025:2005 aparecen en el Manual Técnico de Acreditación del grupo.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2754 de 2008> Los ajustes, actualizaciones y propuestas de mejoramiento continuo a la documentación aprobada mediante la presente resolución, serán tramitadas siguiendo los lineamientos para el control de documentos del Sistema de Gestión de la Calidad.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2754 de 2008> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y complementa las Resoluciones 0-0694 del 18 de febrero de 2005 y 02738 del 28 de junio de 2005.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de marzo de 2007.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
El Fiscal General de la Nación,
MARIO GERMÁN IGUARÁN ARANA.




