RESOLUCION 694 DE 2005
(febrero 18)
Diario Oficial No. 45.833 de 25 de febrero de 2005
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
<Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2746 de 2008>
<NOTA DE VIGENCIA: Ver Resumen de Notas de Vigencia normas que la complementan>
Por medio de la cual se adopta el Manual de Protocolos del área de Criminalística del Cuerpo Técnico de Investigación.
EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN,
en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales 5 y 17 del artículo 11 del Decreto 938 del 30 de diciembre de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 213 de la Ley 906 de 2004, en el último párrafo determina que "la Fiscalía General de la Nación, dispondrá de protocolos, previamente elaborados, que serán de riguroso cumplimiento, en el desarrollo de la actividad investigativa regulada en esta sección";
Que en cumplimiento de lo señalado en la norma anteriormente citada se requiere elaborar los protocolos, t eniendo en cuenta los avances científicos y técnicos;
Que por lo anterior, se establecerá el Manual de Protocolos, que permita estandarizar y unificar los métodos de trabajo con los cuales se adelantan las actividades en el área de Criminalística, por lo que
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2746 de 2008> Expedir el Manual de Protocolos del Area de Criminalística del Cuerpo Técnico de Investigación, cuyo texto forma parte integral de la presente resolución, en los términos establecidos por el artículo 213 de la Ley 906 de 2004.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2746 de 2008> Corresponde a los servidores del Cuerpo Técnico de Investigación que desarrollen actividades criminalísticas velar por la aplicación de los procedimientos descritos en el manual expedido con la presente resolución.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2746 de 2008> Los ajustes, actualizaciones y propuestas de mejoramiento continuo al manual expedido mediante la presente resolución, serán tramitados a través de la Oficina de Planeación.
ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 2 de la Resolución 2746 de 2008> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 18 de febrero de 2005.
El Fiscal General de la Nación,
LUIS CAMILO OSORIO ISAZA.




