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RESOLUCIÓN 008 DE 2024

(diciembre 19)

Diario Oficial No. 52.976 de 20 de diciembre de 2024

Diario Oficial disponible en la web de la Imprenta 30/12/2024

FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Por medio de la cual se actualizan algunos de los instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación.

EL DIRECTOR DE PLANEACIÓN DESARROLLO,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial, la establecida en el numeral 16 del artículo 29 del Decreto Ley 898 de 2017 y en el artículo 19 de la Resolución número 0-1400 del 22 de se ptiembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 74 de la Constitución Política establece el derecho que tienen todas las personas de acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.

Que mediante la Ley 1712 de 2014, por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones, se reguló el derecho de acceso a la información pública, los procedimientos para el ejercicio y garantía del derecho y las excepciones a la publicidad de la información.

Que el artículo 2o ibidem, estableció el Principio de máxima publicidad para titular universal, consistente en que toda información en posesión, bajo control o custodia de un sujeto obligado es pública y no podrá ser reservada o limitada sino por disposición constitucional o legal, de conformidad con lo dispuesto en esa misma ley.

Que el artículo 5o, define como sujetos obligados para el cumplimiento de la ley a toda entidad pública, incluyendo las pertenecientes a todas las Ramas del Poder Público, en todos los niveles de la estructura estatal, central o descentralizada por servicios o territorialmente, en los órdenes nacional, departamental, municipal y distrital.

Que el artículo 12, establece la obligación de adoptar y difundir de manera amplia el Esquema de Publicación de Información y el artículo 13 ibidem, señala el deber de crear y mantener actualizado el Registro de Activos de Información.

Que el artículo 20, establece la obligación de mantener un índice actualizado de los actos, documentos e informaciones calificados como clasificados o reservados de conformidad a esta ley, donde se debe incluir sus denominaciones, la motivación y la individualización del acto en que conste tal calificación.

Que complementando lo antes referido, los artículos 35 y 36 del Decreto número 103 de 2015, reglamentario de la Ley 1712 de 2014 y el cual fue compilado en los artículos 2.1.1.5.1 y 2.1.1.5.2 del Decreto Reglamentario único del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015 prevén, respectivamente que los sujetos obligados deben: (i) garantizar la actualización y divulgación de los instrumentos de gestión de la información pública y (ii) actualizar dichos instrumentos por medio de acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal aplicable al sujeto obligado.

Que con el objeto de cumplir con el deber de la Fiscalía General de la Nación de adoptar los instrumentos de gestión de la información pública, esta Dirección expidió la Resolución DPD 0039 de 22 de diciembre de 2017 en cuyo artículo primero resolvió:

“Artículo 1o. Adoptar los siguientes Instrumentos de Gestión de la Información Pública de la Fiscalía General de la Nación para garantizar el derecho fundamental de acceso a la información y mejorar la efectividad, eficiencia y capacidad para atender oportunamente y con calidad los requerimientos de los ciudadanos:

i) El Esquema de Publicación de Información

ii) El Registro de Activos de Información y

iii) El Índice de Información Clasificada y Reservada de la Fiscalía General de la Nación.

Los instrumentos de gestión de la información pública indicados en el inciso anterior se anexan al presente acto administrativo en medio magnético (CD), y hacen parte íntegra del mismo”.

Que, a su turno, el artículo tercero del citado acto administrativo ordenó:

“Artículo 3o. Los instrumentos de gestión pública de la información que se adoptan mediante la presente resolución, deberán ser actualizados por parte de la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Subdirección de Gestión Documental, en el marco de sus respectivas competencias”.

Que, para la vigencia de 2018, esta Dirección profirió la Resolución DPD número 0033 de 12 de diciembre de 2018, por medio de la cual se actualizan los instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación, correspondientes al Registro de Activos de Información, Índice de Información Clasificada y Reservada, y el Esquema de Publicación de Información.

Que, para la vigencia de 2019, esta Dirección expidió la Resolución DPD número 0010 de 2 de diciembre de 2019, por medio de la cual se actualizan algunos instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación, correspondientes al Registro de Activos de Información, índice de Información Clasificada y Reservada, y el Esquema de Publicación de Información.

Que, para la vigencia de 2020, a través de la Subdirección de Gestión Documental se publicó en el 2020-06-03 la actualización del Esquema de Publicación de Información, y en el 2020- 07-14 la actualización del Registro de Activos de Información. Por lo anterior, esta Dirección expidió la Resolución DPD número 006 del 22 de diciembre de 2020, por medio de la cual se actualizan algunos instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación, correspondientes al Registro de Activos de Información, y el Esquema de Publicación de Información.

Que, en la misma vigencia, esta Dirección también expidió la Resolución DPD número 007 del 22 de diciembre de 2020, por medio de la cual se actualizan algunos instrumentos de gestión de la información pública de la Fiscalía General de la Nación, correspondientes al Registro de Activos de Información, Índice de Información Clasificada y Reservada, y el Esquema de Publicación de Información.

Que para las posteriores vigencias esta Dirección ha expedido las siguientes resoluciones para actualizar los instrumentos de gestión de información pública (IGIP) que se señalan a continuación:

RESOLUCIONES POSTERIORES PARA ACTUALIZAR LOS IGIP DE LA FGN

Que a su vez en el parágrafo del artículo primero de la Resolución DPD número 003 del 28 de mayo de 2024, ordenó:

“Parágrafo. Corresponde a la Subdirección de Gestión Documental (i) recolectar y consolidar la información necesaria para la actualización de los mencionados Instrumentos de Gestión de Información Pública, (ii) revisar y actualizar de manera semestral el Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información, (iii) publicarlos en el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano, y (iv) coordinar y evidenciar su publicación en la página web institucional, con la dependencia competente.

A su turno, a la Dirección de Asuntos Jurídicos, le corresponde (i) revisar y actualizar con una periodicidad anual el Índice de Información Clasificada y Reservada, (ii) publicarlo en el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano, y (iii) coordinar y evidenciar su publicación en la página web institucional, con la dependencia competente”.

Que, de conformidad con lo expuesto en los anteriores segmentos, esta Entidad dispuso la actualización de los siguientes Instrumentos de Gestión de la Información Pública, incluyendo los cambios que se presentaron durante la presente vigencia:

1. Índice de Información Clasificada y Reservada.

2. Registro de Activos de Información.

3. Esquema de Publicación de Información.

Que, en consonancia con lo anterior, esta Entidad actualizó, entre otras, las Resoluciones correspondientes a las vigencias de 2017 al 2024 (ver tabla anterior), las cuales contenían lineamientos y pautas de acuerdo con el marco jurídico establecido en la Resolución DPD número 0011 del 11 de diciembre de 2023.

Que la Subdirección de Gestión Documental, con fundamento en la información remitida por todas las Dependencias de la Entidad, actualizó el Registro de Activos de información y el Esquema de Publicación de Información y la Dirección de Asuntos Jurídicos actualizó el Índice de Información Clasificada y Reservada, los cuales se anexan a la presente resolución en medio magnético (CD) y hacen parte íntegra de la misma.

Que con una periodicidad semestral el Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información y con una periodicidad anual el Índice de Información Clasificada y Reservada, deberán ser revisados y actualizados, previa consolidación de la información, por la Subdirección de Gestión Documental y Dirección de Asuntos Jurídicos y publicados en la página web de la Entidad y el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano.

Que el artículo 43 del Decreto número 103 de 2015, compilado en el artículo 2.1.1.5.3.3 del Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, establece que los sujetos obligados implementarán mecanismos de consulta a ciudadanos, interesados o usuarios en los procesos de adopción y actualización del Esquema de Publicación de Información.

Que, en cumplimiento de la anterior disposición, la Fiscalía General de la Nación a través de su sitio web puso a consideración de los ciudadanos, interesados y usuarios, el Esquema de Publicación de Información del 03 al 6 de diciembre de 2024.

Que, en el marco de la estrategia para fortalecer la transparencia institucional y el adecuado acceso a la información de la Entidad, mediante el presente acto administrativo se actualizan los siguientes instrumentos de gestión de la información pública: el Esquema de Publicación de Información, el Registro de Activos de Información, y el índice de Información Clasificada y Reservada de la Fiscalía General de la Nación.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección:

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Actualizar el Esquema de Publicación de información, el Registro de Activos de Información, y el Índice de Información Clasificada y Reservada de la Fiscalía General de la Nación, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 20 de la Ley 1712 de 2014, 35 y 36 del Decreto número 103 de 2015, compilado en los artículos 2.1.1.5.1 y 2.1.1.5.2 respectivamente, del Decreto número 1081 de 2015, por medio del cual se expide el Decreto Reglamentario Único del Sector Presidencia de la República, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.

Los instrumentos de gestión e información pública, actualizados a través de esta resolución, se anexan en medio magnético (CD), y hacen parte íntegra de la misma.

PARÁGRAFO. Corresponde a la Subdirección de Gestión Documental y Dirección de Asuntos Jurídicos, según su pertinencia, consolidar la información necesaria para la actualización de los mencionados instrumentos de Gestión de Información pública. Así mismo, a la Subdirección de Gestión Documental le corresponde: (i) revisar y actualizar de manera semestral el Registro de Activos de Información y el Esquema de Publicación de Información, (ii) publicarlos en el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano, y (iii) coordinar y evidenciar su publicación en la página web institucional, con la dependencia competente.

A su turno, a la Dirección de Asuntos Jurídicos, le corresponde: (i) revisar y actualizar con una periodicidad anual el Índice de Información Clasificada y Reservada, (ii) publicarlo en el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano, y (iii) coordinar y evidenciar su publicación en la página web institucional, con la dependencia competente.

ARTÍCULO 2o. Publicar los instrumentos de gestión de información pública que se actualizan mediante la presente resolución, en el Menú “Transparencia y acceso a información pública” del sitio web de la Fiscalía General de la Nación y en el Portal de Datos Abiertos del Estado Colombiano.

ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de la presente resolución a todas las Dependencias de la Fiscalía General de la Nación.

ARTÍCULO 4o. La presente resolución rige a partir de su publicación, y deroga todas aquellas que le sean contrarias.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 19 de diciembre de 2024.

El Director de Planeación y Desarrollo,

Juan Pablo Toro Roa.

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