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RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0816-2022 DE 2022

(diciembre 9)

Diario Oficial No. 52.243 de 9 de diciembre de 2022

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Por la cual se modifica la Resolución Organizacional OGZ-0769 de 2020, relativa al funcionamiento del grupo de trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República.

EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en los numerales 2 y 4 de los artículos 6o y 35 del Decreto Ley 267 de 2000 y el artículo 4o del Decreto ley 271 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto ley 267 de 2000 establece la estructura orgánica de la Contraloría General de la República, fija las funciones de sus dependencias y dicta otras disposiciones.

Que el numeral 2 del artículo 35 del Decreto ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley.

Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.

Que conforme al artículo 12 del Decreto ley 267 de 2000, es objetivo del Despacho del Contralor prestar los apoyos auxiliares y administrativos inmediatos que demande el Contralor General de la República contribuyendo a facilitar el ejercicio de sus atribuciones, competencias y funciones constitucionales y legales.

Que, conforme al Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República, al Despacho del Contralor General de la República está adscrito el cargo de director grado 03, encargado entre otras funciones de las siguientes:

“1. Dirigir y apoyar el seguimiento y ejecución de las políticas, planes, programas y estrategias tendientes a garantizar el ejercicio de la vigilancia y control fiscal en los términos que fija la Ley.

2. Coordinar el seguimiento y evaluación de la vigilancia de la gestión fiscal de conocimiento del Despacho a objeto de lograr efectividad y oportunidad en el logro de resultados.

3. Apoyar el seguimiento a las políticas, planes, programas y estrategias de carácter financiero, contractual y presupuestal de la Entidad.

4. Coordinar y orientar el apoyo al Contralor General en el seguimiento a los asuntos asignados o delegados por el Contralor General a otras dependencias, tanto el nivel central como en el nivel desconcentrado.

(…)

7. Coordinar el seguimiento a la ejecución de los convenios suscritos por el Contralor General.

(...)

11. Proponer y participar en la estructuración de políticas y lineamientos institucionales tendientes al cumplimiento de la misión de este Órgano de Control. (...)

13. Realizar las demás funciones que fe sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo”.

Que, sobre la conformación de grupos de trabajo, el Consejo de Estado en concepto número 2030 de 29 de octubre de 2010, Exp. 11001-03-06-000-2010-00093-00(2030), C. P. Augusto Hernández Becerra, afirmó:

“ La ventaja del sistema de planta global es que permite a la Dirección de la entidad disponer eficiente y ágilmente del recurso humano, de modo que puede extender o disminuir determinadas áreas, atender ciertos servicios que requieren una mayor capacidad de respuesta, realizar proyectos nuevos y ejecutar los planes y políticas que se le encomienden, cumpliendo el mandato del artículo 209 de la Constitución sobre la función administrativa, y enmarcando su actividad, por supuesto, dentro de los parámetros presupuestales...”.

Que mediante Resolución Organizacional OGZ-0769 de 2020, se creó el Grupo de Trabajo de la Dirección del Despacho del Contralor General de la República y se le asignaron funciones generales de apoyo a dicha Dirección. No obstante, se requieren modificar las funciones con el objeto de fortalecer las funciones del grupo, para brindar apoyo al director de despacho y por su conducto al Contralor General, en lo referente a la fijación de políticas institucionales, seguimiento de las actividades misionales y en general facilitarla gestión administrativa de la entidad.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. OBJETO. Modificar las funciones del Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República, creado con carácter permanente en el Despacho del Contralor General de la República, mediante Resolución OGZ-0769 de 14 de agosto de 2020.

ARTÍCULO 2o. Modificar el artículo 2o de la Resolución Organizacional número OGZ-0769 de 2020, el cual quedará así:

“Artículo 2o. Conformación. El Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República estará conformado por los servidores públicos que designe el Contralor General de la República y por quien ocupe el empleo de director grado 03, adscrito al Despacho del Contralor General de la República, quien cumplirá las funciones de coordinador del grupo, además de las funciones propias de su empleo.

ARTÍCULO 3o. Modificar el artículo 3o de la Resolución Organizacional número OGZ-0769 de 2020, el cual quedará así:

“Artículo 3o. Funciones del Grupo de Trabajo. El Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República, cumplirá las siguientes funciones:

1. Apoyar al director del despacho y, por medio de este, al Contralor General de la República, en la fijación, implementación y seguimiento de las políticas, planes, programas, estrategias y lineamientos tendientes a garantizar el ejercicio de la vigilancia y control fiscal en los términos de Constitución y la Ley.

2. Apoyar al director del despacho y, por medio de este, al Contralor General de la República, en el cumplimiento de sus funciones. Para ello, brindará las orientaciones y apoyo a la gestión que les sean requeridas.

3. Hacer seguimiento al efectivo cumplimiento de metas e indicadores previstas en los planes y estrategias de la entidad y a las directrices y lineamientos impartidos por el Contralor General de la República, respecto de la gestión de las dependencias del nivel central y desconcentrado de la Contraloría General de la República e informarlo pertinente tanto al director del Despacho como al Contralor General de la República.

4. Presentar, para consideración del director del despacho, los asuntos que por su trascendencia o importancia deban ser objeto de estudios, investigaciones o pronunciamientos por parte de la entidad. Para ello podrá coordinar lo pertinente con las dependencias de la entidad que puedan prestar su apoyo al respecto.

5. Apoyar al director de despacho en su labor de coordinación con las instancias competentes, para la elaboración y difusión de las publicaciones de interés de la Contraloría general de la República.

6. Apoyar al director de despacho en el seguimiento a los convenios, acuerdos y demás Instrumentos de Cooperación que suscriba la Contraloría con instituciones  del país o del exterior.

7. Proponer y apoyar la elaboración de la normativa que se requiera para el cumplimiento de la misión de la entidad.

8. Proponer al Centro de Estudios Fiscales (CEF) y a las Direcciones de Estudios Sectoriales, estudios, publicaciones e investigaciones para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Contraloría General de la República.

9. Evaluar, bajo las directrices del director de despacho, la eficiencia y eficacia de la Contraloría en ejecución de políticas, planes, programas y proyectos, con el propósito de generar información para adoptar acciones que permitan incrementar la probabilidad de éxito en los resultados de la Contraloría General de la República.

10. Mantener actualizada la información que el Contralor General requiera para el cumplimiento de sus funciones.

11. Apoyar las funciones de la secretaría técnica del Comité Directivo.

12. Las demás que le señale el Contralor General de la República.

PARÁGRAFO. El coordinador del grupo de trabajo o los miembros del mismo verificarán que el desarrollo de sus funciones sea armónico y colaborativo con las funciones que sobre las materias objeto de este artículo tienen el Despacho del Vicecontralor, la Secretaría Privada y la Oficina de Planeación.

ARTÍCULO 4o. Modificar el artículo 4o de la Resolución Organizacional número OGZ-0769 de 2020, el cual quedará así:

“Artículo 4o. Funciones del coordinador. Además de las funcione propias del empleo de director Grado 03, adscrito al Despacho del Contralor General de la República director del despacho, cumplirá las siguientes funciones:

1. Representar al Contralor General de la República y al Vicecontralor en los actos y reuniones que sea delegado.

2. Vigilar y controlar el cumplimiento de las funciones por parte de los servidores que integran el Grupo de Trabajo.

3. Presentar los informes que le sean requeridos por el Contralor General de la República.

4. Las demás que le sean asignadas por el Contralor General de la República o sean inherentes a la labor de coordinación del Grupo de Trabajo.

ARTÍCULO 5o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de su publicación y modifica en lo pertinente a la Resolución OGZ-0769 de 2020.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 9 de diciembre de 2022.

El Contralor General de la República,

Carlos Hernán Rodríguez Becerra.

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