RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL OGZ-0769-2020 DE 2020
(agosto 14)
Diario Oficial No. 51.410 de 18 de agosto de 2020
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por medio de la cual se crea e integra el Grupo de Trabajo de la Dirección del Despacho del Contralor General de la República.
EL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las previstas en los artículos 6o y 35 numerales 2 y 4 del Decreto-ley 267 de 2000 y el artículo 4o del Decreto-ley 271 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-ley 267 de 2000 dicta las normas sobre la organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, establece su estructura orgánica, fija las funciones de sus dependencias y dicta otras disposiciones.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6o del Decreto-ley 267 de 2000, la Contraloría General de la República, en ejercicio de su autonomía administrativa, debe definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones.
Que el numeral 2 del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley.
Que el numeral 4 del artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000 establece como función del Contralor General de la República la de “Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley”.
Que conforme al artículo 12 del Decreto-ley 267 de 2000, es objetivo del Despacho del Contralor prestar los apoyos auxiliares y administrativos inmediatos que demande el Contralor General de la República contribuyendo a facilitar el ejercicio de sus atribuciones, competencias y funciones constitucionales y legales.
Que según lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto-ley 267 de 2000, corresponde al Despacho del Contralor, con la colaboración y coordinación del Secretario Privado, prestar y suministrar en forma efectiva los servicios de apoyo inmediato que requiera el Contralor General, con el fin de facilitar el ejercicio de sus funciones.
Que son funciones del Contralor General de la República, además de las atribuciones constitucionales y legales a él asignadas, las siguientes: 1. Fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la vigilancia de la gestión fiscal, del control fiscal del Estado y de las demás funciones asignadas a la Contraloría General de la República de conformidad con la Constitución y la ley; 2. Adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la Contraloría General de la República, en desarrollo de la autonomía administrativa y presupuestal otorgada por la Constitución y la ley; 3. Fijar las políticas, planes y programas para el desarrollo, ejecución y control del sistema presupuestal de la Contraloría General de la República; 4. Dirigir como autoridad superior las labores administrativas y de vigilancia fiscal de las diferentes dependencias de la Contraloría General de la República, de acuerdo con la ley; 5. Llevar la representación legal de todos los asuntos que en el ejercicio de sus funciones se presenten a favor o en contra de la entidad; 6. Ordenar la suspensión inmediata, mientras culminan los procesos penales o disciplinarios a que alude el ordinal 8 del artículo 268 de la Constitución Política; 7. Dictar las normas tendientes a la armonización de los sistemas en materia de vigilancia de la gestión fiscal y los controles y modalidades que corresponda, las que serán de obligatorio cumplimiento y adopción por las contralorías territoriales; 8. Las demás que le señale la ley (...)”.
Que mediante la Resolución Organizacional OGZ-0745 del 13 de febrero de 2020, se adoptó el manual específico de funciones, requisitos y competencias laborales de los empleos públicos de la planta global de la Contraloría General de la República contenido íntegramente como documento del sistema de gestión y control interno de la entidad.
Que conforme al Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República, el Despacho del Contralor General de la República cuenta con un Director Grado 03 cuyo objetivo principal del cargo es el “Dirigir el seguimiento de políticas, planes y programas institucionales, así como coordinar y apoya aspectos técnicos del Despacho del Contralor General a fin de garantizar el cumplimiento de la misión institucional, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales asignadas a la Entidad”.
Que de acuerdo al Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República, el Director Grado 03 del Despacho de Contralor General de la República tiene asignadas las siguientes funciones esenciales: 1. Dirigir y apoyar el seguimiento y ejecución de las políticas, planes, programas y estrategias tendientes a garantizar el ejercicio de la vigilancia y control fiscal en los términos que fija la ley; 2. Coordinar el seguimiento y evaluación de la vigilancia de la gestión fiscal de conocimiento del Despacho a objeto de lograr efectividad y oportunidad en el logro de resultados; 3. Apoyar el seguimiento a las políticas, planes, programas y estrategias de carácter financiero, contractual y presupuestal de la Entidad; 4. Coordinar y orientar el apoyo al Contralor General en el seguimiento a los asuntos asignados o delegados por el Contralor General a otras dependencias, tanto el nivel central como en el nivel desconcentrado; 5. Apoyar el seguimiento y desarrollo de instrumentos normativos para el cumplimiento de la misión institucional; 6. Efectuar seguimiento al desarrollo y ejecución de las políticas relacionadas con controles excepcionales, con miras a propender por una amplia cobertura del cumplimiento de la misión institucional; 7. Coordinar el seguimiento a la ejecución de los convenios suscritos por el Contralor General; 8. Dirigir y orientar la elaboración de los documentos e informes de competencias del Despacho del Contralor General, en aras de garantizar su oportunidad, calidad y completitud; 9. Apoyar la elaboración y difusión de las publicaciones de interés del Contralor General; 10. Coordinar la evaluación de los indicadores de gestión de la dependencia y proponer las acciones de ajustes correspondientes; 11. Proponer y participar en la estructuración de políticas y lineamientos institucionales tendientes al cumplimiento de la misión de este Órgano de Control; 12. Participar en la ejecución y seguimiento de proyectos y programas transversales que le asigne el Contralor General; 13. Realizar las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo” (Subraya fuera de texto).
Que por medio de los Decretos-leyes 2037 de 2019 y 405 de 2020 se modificó la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República, en razón de la ampliación del ámbito funcional de sus competencias conforme a las modificaciones que introdujo el Acto Legislativo 04 de 2019 y el desarrollo de estas competencias en el Decreto-ley 403 de 2020
Que el artículo 4o del Decreto-ley 271 de 2000 faculta al Contralor General de la República para crear y organizar grupos internos de trabajo con carácter permanente o transitorio, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad.
Que en virtud de lo anterior se hace necesario crear al interior del Despacho del Contralor General de la República un grupo de trabajo permanente encargado de apoyar las labores propias del Despacho del Contralor General de la República, entre otras, el seguimiento y control de las actividades y procesos de las diferentes dependencias con miras a generar insumos para la toma de decisiones de alta dirección al interior de la Entidad.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. OBJETO. Créase el “Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República” con carácter permanente en el Despacho del Contralor General de la República.
ARTÍCULO 2o. CONFORMACIÓN. <Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución OGZ-0816 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> El Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República estará conformado por los servidores públicos que designe el Contralor General de la República y por quien ocupe el empleo de director grado 03, adscrito al Despacho del Contralor General de la República, quien cumplirá las funciones de coordinador del grupo, además de las funciones propias de su empleo.
ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL GRUPO DE TRABAJO. <Artículo modificado por el artículo 3 de la Resolución OGZ-0816 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> El Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República, cumplirá las siguientes funciones:
1. Apoyar al director del despacho y, por medio de este, al Contralor General de la República, en la fijación, implementación y seguimiento de las políticas, planes, programas, estrategias y lineamientos tendientes a garantizar el ejercicio de la vigilancia y control fiscal en los términos de Constitución y la Ley.
2. Apoyar al director del despacho y, por medio de este, al Contralor General de la República, en el cumplimiento de sus funciones. Para ello, brindará las orientaciones y apoyo a la gestión que les sean requeridas.
3. Hacer seguimiento al efectivo cumplimiento de metas e indicadores previstas en los planes y estrategias de la entidad y a las directrices y lineamientos impartidos por el Contralor General de la República, respecto de la gestión de las dependencias del nivel central y desconcentrado de la Contraloría General de la República e informarlo pertinente tanto al director del Despacho como al Contralor General de la República.
4. Presentar, para consideración del director del despacho, los asuntos que por su trascendencia o importancia deban ser objeto de estudios, investigaciones o pronunciamientos por parte de la entidad. Para ello podrá coordinar lo pertinente con las dependencias de la entidad que puedan prestar su apoyo al respecto.
5. Apoyar al director de despacho en su labor de coordinación con las instancias competentes, para la elaboración y difusión de las publicaciones de interés de la Contraloría general de la República.
6. Apoyar al director de despacho en el seguimiento a los convenios, acuerdos y demás Instrumentos de Cooperación que suscriba la Contraloría con instituciones del país o del exterior.
7. Proponer y apoyar la elaboración de la normativa que se requiera para el cumplimiento de la misión de la entidad.
8. Proponer al Centro de Estudios Fiscales (CEF) y a las Direcciones de Estudios Sectoriales, estudios, publicaciones e investigaciones para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Contraloría General de la República.
9. Evaluar, bajo las directrices del director de despacho, la eficiencia y eficacia de la Contraloría en ejecución de políticas, planes, programas y proyectos, con el propósito de generar información para adoptar acciones que permitan incrementar la probabilidad de éxito en los resultados de la Contraloría General de la República.
10. Mantener actualizada la información que el Contralor General requiera para el cumplimiento de sus funciones.
11. Apoyar las funciones de la secretaría técnica del Comité Directivo.
12. Las demás que le señale el Contralor General de la República.
PARÁGRAFO. El coordinador del grupo de trabajo o los miembros del mismo verificarán que el desarrollo de sus funciones sea armónico y colaborativo con las funciones que sobre las materias objeto de este artículo tienen el Despacho del Vicecontralor, la Secretaría Privada y la Oficina de Planeación.
ARTÍCULO 4o. FUNCIONES DEL COORDINADOR. <Artículo modificado por el artículo 4 de la Resolución OGZ-0816 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> Además de las funcione propias del empleo de director Grado 03, adscrito al Despacho del Contralor General de la República director del despacho, cumplirá las siguientes funciones:
1. Representar al Contralor General de la República y al Vicecontralor en los actos y reuniones que sea delegado.
2. Vigilar y controlar el cumplimiento de las funciones por parte de los servidores que integran el Grupo de Trabajo.
3. Presentar los informes que le sean requeridos por el Contralor General de la República.
4. Las demás que le sean asignadas por el Contralor General de la República o sean inherentes a la labor de coordinación del Grupo de Trabajo.
ARTÍCULO 5o. APOYO DE LAS DEPENDENCIAS AL GRUPO DE TRABAJO. Todas las dependencias de la Entidad prestarán el apoyo que requiera el Grupo de Trabajo Dirección del Despacho del Contralor General de la República para el cumplimiento de sus funciones.
ARTÍCULO 6o. VIGENCIA Y DEROGATORIAS. La presente resolución rige a partir de su publicación.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a agosto de 2020.
Carlos Felipe Córdoba Larrarte,
Contraloría General de la República.




