RESOLUCIÓN ORGÁNICA 6 DE 2007
(mayo 25)
Diario Oficial No. 46.642 de 28 de mayo de 2007
AUDITORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Por la cual se modifica el horario de trabajo al interior de la Auditoría General de la República.
LA AUDITORA GENERAL DE LA REPÚBLICA,
en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 6o y 17, numerales 1 y 14 del Decreto-ley 272 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que con base en la autonomía que goza este organismo, le corresponde al Auditor General de la República definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones de conformidad con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y el Decreto 272 de 2000, así como adoptar las políticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo administrativo y financiero de la institución y dictar los reglamentos internos y suscribir los actos administrativos y contratos que para ello se requieran;
Que de conformidad con el inciso 2o del artículo 33 del Decreto 1042 de 1978, el Auditor General de la República, en su condición de jefe del organismo, puede establecer el horario de trabajo de la entidad;
Que con el propósito de garantizar una atención continua en las oficinas de la Auditoría General de la República durante la jornada laboral, especialmente en el nivel central, es necesario adoptar un nuevo horario, de carácter alternativo, que consulte el acceso de la ciudadanía a la entidad,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. El horario de trabajo del Nivel Central y de la Gerencia Seccional II, con sede en Bogotá, D. C., de la Auditoría General de la República será el comprendido entre los días de lunes a viernes de 7:30 a. m. a 4:30 p. m., con un intervalo de una hora destinada para el almuerzo de acuerdo con turnos de 12:00 m. a 1:00 p. m. o de 1:00 p. m. a 2:00 p. m., establecidos por el jefe de cada dependencia, en coordinación con la Dirección de Talento Humano.
Por su parte, el horario de las restantes Gerencias Secciónales, será el siguiente:
1. Gerencia Seccional I, con sede en Medellín: De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 4:30 p. m., con un intervalo destinado al almuerzo entre las 12:00 m. y la 1:00 p. m.
2. Gerencia Seccional III, con sede en Cali: De lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., con un intervalo de una hora destinada para el almuerzo de acuerdo con turnos de 12:00 m. a 1:00 p. m. o de 1:00 p. m. a 2:00 p. m.
3. Gerencia Seccional IV, con sede en Bucaramanga: De lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 5:00 p. m., con un intervalo de una hora destinada para el almuerzo de acuerdo con turnos de 12:00 m. a 1:00 p. m. o de 1:00 p. m. a 2:00 p. m.
4. Gerencia Seccional V, con sede en Barranquilla: De lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 12:30 p. m. y de 1:30 p. m. a 5:00 p. m., con un intervalo destinado al almuerzo entre las 12:30 p. m. y la 1:30 p. m. (sin jornada continua).
5. Gerencia Seccional VI, con sede en Neiva: De lunes a viernes, de 7:30 a 5:00 p. m., con un intervalo destinado al almuerzo entre las 12:30 p. m. y las 2:00 p. m. (sin jornada continua).
6. Gerencia Seccional VII, con sede en Armenia: De lunes a viernes, de 7:30 a. m. a 4:30 p. m. con un intervalo destinado al almuerzo entre las 12:00 m. y la 1:00 p. m.
ARTÍCULO 2o. La Secretaría General, a través de la Dirección de Talento Humano y de los Gerentes Seccionales, velará por el cumplimiento del horario de trabajo establecido en la presente Resolución.
ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación y deroga la Resolución Orgánica número 010 del 31 de agosto de 2005 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 25 de mayo de 2007.
La Auditora General de la República,
ANA CRISTINA SIERRA DE LOMBANA.




