RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 3 DE 2010
(diciembre 31)
Diario Oficial No. 47.973 de 4 de febrero de 2011
AUDITORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013>
Por la cual se modifica la Resolución Ordinaria número 126 de 2008 y se asignan funciones.
El Auditor Auxiliar (AF), asumiendo las funciones del Auditor General de la República, de conformidad con lo normado por el parágrafo 1o del artículo 15 del Decreto 272 de 2000, en ejercicio de las facultades constitucionales, legales y reglamentarias contenidas en el Decreto-ley 272 de 2000, artículo 17, numeral 14 y 16, y la Resolución Orgánica número 0006 de 2010,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-ley 272 de 2000, artículo 6o, inciso 1o, le corresponde a la Auditoría General de la República, en ejercicio de la autonomía administrativa, definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con los principios consagrados en la Constitución, ley y el mencionado decreto.
Que el Decreto-ley 272 de 2000, artículo 17, numeral 14, faculta expresamente al Auditor General de la República para “… Asignar a las distintas dependencias y funcionarios de la Auditoría General de la República las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y legales, para lo cual podrá conformar equipos de trabajo y dictar los reglamentos internos que se requieran, así como delegar y desconcentrar las funciones a que hubiere lugar, con sujeción a las disposiciones constitucionales y legales vigentes”.
Que el Decreto-ley 272 de 2000, artículo 17, numeral 16, faculta expresamente al Auditor General de la República para “… Adoptar la planta de personal de la entidad de acuerdo con la viabilidad presupuestal expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, proveer los empleos cumpliendo las normas sobre carrera administrativa, así como distribuir los cargos de la planta global, conformar los grupos internos de trabajo, consejos y comités asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz de las competencias y responsabilidades de la entidad, asignándoles las tareas a ejecutar”.
Que mediante la Resolución Ordinaria número 126 del 7 de marzo de 2008, se creó el Grupo de Contratación de la Auditoría General de la República, fijó su estructura y estableció sus responsabilidades; con el fin de colaborar permanentemente a todas las dependencias en los temas relacionados con los procesos de contratación, para lograr una armonización y actualización continua que propenda por la seguridad jurídica de la Entidad.
Que dada la complejidad de los procesos, la naturaleza de los mismos y las oportunidades de mejora identificadas, se hace necesario modificar la Resolución Orgánica número 126 de 2008, asignar las funciones al coordinador del Grupo de Contratación, y designar los integrantes del Grupo de Contratación.
Que mediante la Resolución Orgánica número 0006 del 2 de agosto de 2010, se establecieron los lineamientos para la expedición de las resoluciones en la Auditoría General de la República.
Que la Resolución Orgánica número 0006 del 2 de agosto de 2010, artículo 4o, determinó que las resoluciones reglamentarias son aquellos actos administrativos de carácter general y abstracto, que expide el Auditor General en desarrollo de la Constitución Política o la ley, fijando políticas y directrices internas de la entidad en materia de administración del talento humano, régimen especial de carrera administrativa, y en general, de todos los asuntos relacionados con el manejo administrativo de la Auditoría General de la República.
Que por lo expuesto anteriormente, la Auditora General de la República,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> Modificar el artículo 3o de la Resolución Ordinaria número 126 de 2008, el cual quedará así:
Artículo 3o. Estructura del Grupo de Contratación. El Grupo de Contratación, en adelante GC, estará conformado de la siguiente manera: Un (1) coordinador, quien lo dirigirá, y que será el Director de la Oficina Jurídica; uno (1) profesional con formación en derecho de la Oficina Jurídica que será designado por el Coordinador del GC para cada proceso de contratación; un (1) profesional de la dependencia o área solicitante que será designado por el respectivo Director; un (1) profesional de la Dirección de Recursos Financieros que será designado por el respectivo Director; un (1) técnico que gestionará los trámites requeridos por el GC y por el personal que para el efecto designe el Secretario General.
PARÁGRAFO. El GC será un grupo o equipo de trabajo dinámico, de tal manera que su estructura dependerá de la complejidad, naturaleza y cuantía del proceso. Conforme lo anterior, concurrirán al GC los profesionales y/o técnico que sean necesarios para cada proceso contractual.
ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> Modificar el artículo 5o de la Resolución Ordinaria número 126 de 2008, el cual quedará así:
Artículo 5o. Funciones del (la) Coordinador(a) del Grupo de Contratación. Serán funciones del (la) coordinador(a) del GC las siguientes:
1. Dirigir y organizar todas las actividades de los integrantes del GC.
2. Velar por el cabal cumplimiento de las responsabilidades asignadas al GC.
3. Formular políticas relacionadas con la temática contractual.
4. Dirigir la elaboración de los conceptos jurídicos en temas de contratación conforme a los requerimientos realizados por el Auditor General, el Secretario General y los jefes de las dependencias.
5. Dirigir la elaboración de los conceptos jurídicos en temas de contratación conforme a los requerimientos solicitados por los entes de control fiscal.
6. Proponer y dirigir la creación de documentos relacionados con la actividad jurídica contractual con el fin de unificar criterios a nivel institucional.
7. Hacer las observaciones necesarias para establecer parámetros claros y precisos para tener en cuenta en los procesos de contratación.
8. Hacer devolución a las dependencias de aquellos documentos que no reúnan las condiciones necesarias y de orden legal para el trámite de los procesos de selección o contractuales.
ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> El Profesional Universitario o Especializado de la Planta Global de la Auditoría General de la República designado por el Coordinador del GC, tendrá las siguientes funciones:
1. Con base en los estudios y documentos previos, dar inicio al proceso de selección de contratista: Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos y Contratación Directa.
2. Apoyar al Director de la oficina, dependencia o área en la elaboración y evaluación de las condiciones mínimas técnicas y de experiencia del contrato o del proceso que se pretende adelantar.
3. Proyectar la minuta del contrato, adición, prórroga o modificaciones, solicitadas y autorizadas por el competente contractual, previo concepto favorable del supervisor o interventor del mismo, cuando a ello haya lugar.
4. Proyectar los actos administrativos que sean procedentes dentro de los procesos contractuales.
5. Proyectar la comunicación al contratista mediante la cual se le requiera para la firma del contrato.
6. Solicitar la expedición del registro presupuestal del contrato.
7. Verificar los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización del contrato.
8. Proyectar el oficio al contratista mediante el cual se le comunica el cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento, ejecución y legalización del contrato.
9. Proyectar la comunicación interna al supervisor del contrato mediante la cual se le informe la designación como tal y fecha de indicio del contrato.
10. Remitir al funcionario competente los documentos precontractuales, contractuales y post-contractuales para realizar la respectiva publicación en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública - SECOP.
11. Elaborar y tramitar los informes que deban ser remitidos a las diferentes instancias internas y/o externas.
12. Revisa y da visto bueno al proyecto de acta de liquidación.
13. Revisar jurídicamente el acta de liquidación remitida por el supervisor o interventor del contrato al GC.
ARTÍCULO 4o. <No incluido en docuemnto oficial>.
ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> El Profesional de la Planta Global de la Auditoría General de la República designado por la dependencia o área solicitante, tendrá las siguientes funciones:
1. Apoyar al Director de la oficina, dependencia o área en la elaboración y evaluación de las condiciones mínimas técnicas y de experiencia del contrato o del proceso que se pretende adelantar.
2. Proyectar la solicitud de expedición del Certificado de Disponibilidad Presupuestal de acuerdo con el Formato del Sistema de Gestión de Calidad dispuesto para el efecto, con visto bueno del Ordenador del Gasto.
3. Proyectar la solicitud de elaboración de la minuta del contrato, adición, prórroga o modificación.
4. Apoyar al Director de la oficina, dependencia o área en la identificación y delimitación de los bienes o servicios a contratar.
5. Elaborar y tramitar los informes que deban ser remitidos a las diferentes instancias internas y/o externas.
6. Revisar técnicamente el acta de liquidación remitida por el supervisor o interventor del contrato al GC.
ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> El Profesional de la Planta Global de la Auditoría General de la República designado por el (la) Director(a) de Recursos Financieros, tendrá las siguientes funciones:
1. Apoyar al Director de la oficina, dependencia o área solicitante del contrato o del proceso, en la elaboración y evaluación de las condiciones mínimas financieras.
2. Elaborar y tramitar los informes que deban ser remitidos a las diferentes instancias internas y/o externas.
3. Revisar financieramente el acta de liquidación remitida por el supervisor o interventor del contrato al GC.
ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> Modificar el inciso 1o del artículo 7o de la Resolución Ordinaria número 126 de 2008, el cual quedará así:
Será responsabilidad del Profesional Universitario Grado 02 de la Planta Global de la Auditoría General de la República asignado a la Oficina Jurídica, la publicación de los procedimientos, actos administrativos y en general de todos los documentos que por ley o decreto reglamentario deban publicarse en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP) a través del Portal Único de Contratación o en el sitio web que para tal efecto determine la legislación vigente.
ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> Derogar el artículo 5o de la Resolución Ordinaria número 126 de 2008.
ARTÍCULO 9o. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> Las demás disposiciones contenidas en la Resolución Ordinaria número 126 de 2008 se mantienen indemnes.
ARTÍCULO 10. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> Remitir copia de la presente resolución a la Dirección de Recursos Físicos para que realice el trámite de publicación en el Diario Oficial.
ARTÍCULO 11. <Resolución derogada por el artículo 15 de la Resolución 3 de 2013> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 2010.
El Auditor Auxiliar (AF) asumiendo funciones de Auditor General de la República,
JUAN DIEGO DONCEL RAMÍREZ.




