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MEMORANDO 202503000925 DE 2025

(enero 8)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

 JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

Para:Ordenadores de gasto, supervisores de contratos y convenios.
de:Giselle Andrea Silva
PinedaSubdirectora Financiera
Asunto:Programación PAC[1] vigencia 2025
Fecha:8 de enero de 2025

Con el fin de programar y ejecutar de manera eficiente los recursos asignados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y atender de manera oportuna las solicitudes de pagos a los servidores, contratistas, proveedores y demás obligaciones contraídas por la JEP, a continuación, se establecen los lineamientos a tener en cuenta para la programación del PAC en la vigencia 2025:

- De acuerdo con los procedimientos internos, la remisión de la proyección mensual de PAC de las necesidades de pagos de los componentes de inversión y funcionamiento, se deberán realizar a través del enlace que se remite mensualmente del correo electrónico diego.mosquera@jep.gov.co, denominado "Solicitud PAC".

- Las solicitudes deberán presentarse teniendo en cuenta el siguiente calendario, elaborado según los términos impartidos por la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional:

MESFECHA LÍMITE ENVÍO SOLICITUD DEL PAC POR PARTE DEL SUPERVISORMES A EVALUAR
FEBRERO06 DE FEBREROMARZO
MARZO06 DE MARZOABRIL
ABRIL08 DE ABRILMAYO
MAYO08 DE MAYOJUNIO
JUNIO09 DE JUNIOJULIO
JULIO09 DE JULIOAGOSTO
AGOSTO06 DE AGOSTOSEPTIEMBRE
SEPTIEMBRE09 DE SEPTIEMBREOCTUBRE
OCTUBRE08 DE OCTUBRENOVIEMBRE
NOVIEMBRE07 DE NOVIEMBREDICIEMBRE

- La asignación de PAC por parte del Ministerio de Hacienda se efectuará con base en las metas autorizadas por el CONFIS y los recursos disponibles en la Cuenta Única Nacional, en concordancia con el artículo 73 del Decreto 111 de 1996.

De acuerdo con lo recomendado por el órgano rector, la priorización del gasto público deberá estar enfocado de la siguiente manera: Servicios Personales (nómina y emolumentos inherentes a la nómina), Gastos Generales (servicios públicos, arriendos, seguros y por ultimo los demás gastos que normativamente incurra la entidad), Transferencias Corrientes, Inversión Ordinaria (prestación de servicios personales), especificando cada de ellas con su respectivo monto.

- Las solicitudes de modificaciones recibidas por fuera de las fechas señaladas no serán tenidas en cuenta y deberán ser programadas en la solicitud de PAC del mes siguiente.

- Para seguimiento y control por parte de los supervisores, el primer día hábil de cada mes se remitirá enlace denominado "PAC Programado” a través del correo giselle.silva@jep.gov.co, en el que podrán consultar la información del PAC mensual programado, con el fin de que los supervisores confirmen el PAC solicitado y así durante los primeros 10 días calendario del mes radiquen las solicitudes de pago ante la subdirección financiera.

Finalmente, es importante señalar que la Dirección de Crédito Público y Tesoro Nacional mensualmente realiza seguimiento a la ejecución del PAC a través del indicador INPANUT (indicador de PAC no utilizado), para evaluar el comportamiento de las entidades frente al PAC, lo que nos compromete a utilizar eficazmente los recursos asignados.

Cordialmente,

GISELLE ANDREA SILVA PINEDA

Subdirectora Financiera

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. PAC: Programa Anual de Caja - Instrumento mediante el cual se define el monto máximo mensual de fondos disponibles en la Cuenta Única Nacional para los órganos financiados con recursos de la Nación, con el fin de cumplir con sus compromisos

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