DECRETO 739 DE 2009
(marzo 6)
Diario Oficial No. 47.283 de 6 de marzo de 2009
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
<NOTA DE VIGENCIA: Decreto derogado por el artículo 6 del Decreto 1402 de 2010>
Por el cual se fija la escala de asignaciones básicas para los empleos públicos de Positiva Compañía de Seguros, S.A., y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. <Decreto derogado por el artículo 6 del Decreto 1402 de 2010> A partir del 1o de enero de 2009, la escala de asignación básica para las distintas denominaciones de empleos públicos de Positiva Compañía de Seguros, S.A., será la siguiente:
| Grado | Asignación Básica |
| 01 | 1.126.764 |
| 02 | 1.810.608 |
| 03 | 2.415.748 |
| 04 | 2.670.861 |
| 05 | 2.879.566 |
| 06 | 4.808.160 |
| 07 | 7.464.342 |
| 08 | 7.995.812 |
| 09 | 12.166.710 |
| 10 | 15.074.267 |
PARÁGRAFO. En la escala de asignación básica fijada en el presente artículo, la primera columna señala los grados de remuneración correspondientes a las distintas denominaciones de empleos y la segunda columna indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.
ARTÍCULO 2o. <Decreto derogado por el artículo 6 del Decreto 1402 de 2010> Las asignaciones básicas establecidas en el artículo 1o del presente decreto, corresponden exclusivamente a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.
ARTÍCULO 3o. <Decreto derogado por el artículo 6 del Decreto 1402 de 2010> La prima técnica, los viáticos, la bonificación de dirección y el régimen salarial y prestacional aplicables a los empleos públicos de que trata el presente decreto será el establecido en el Decreto 3148 de 2008 y demás normas que lo sustituyan, adicionen o modifiquen.
ARTÍCULO 4o. <Decreto derogado por el artículo 6 del Decreto 1402 de 2010> El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el artículo 4o del Decreto 3148 de 2008 y demás disposiciones que le sean contrarias surte efectos fiscales a partir del 1o de enero de 2009.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 6 de marzo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro Técnico del Ministerio, de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
JUAN PABLO ZÁRATE PERDOMO.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
ELIZABETH RODRÍGUEZ TAYLOR.




