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CIRCULAR 0015 DE 2026

(abril 8)

Diario Oficial No. 53.474 de 27 de abril de 2026

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO

PARA: Servidores Públicos Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo y Red de Prestadores
DE:Dirección General Unidad Administrativa Especial Servicio Público de Empleo
ASUNTO: Recomendaciones y hoja de ruta para la prestación del servicio de registro de potenciales empleadores y responsabilidad de la Red de Prestadores.
FECHA:abril 8 de 2026

La Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo se permite socializar con la Red de Prestadores una serie de recomendaciones y lineamientos orientados al fortalecimiento del registro de potenciales empleadores, así como a la prevención de posibles casos de fraude, estafa u otros hechos delictivos que puedan afectar la gestión del servicio.

Se reconoce que varios de estos aspectos ya vienen siendo implementados y constituyen buenas prácticas dentro de la Red de Prestadores. No obstante, se considera fundamental continuar fortaleciendo los protocolos de validación y gestión, como parte de los esfuerzos preventivos integrales orientados a garantizar la confiabilidad y transparencia del Servicio Público de Empleo.

El creciente uso de plataformas digitales para la colocación laboral ha incrementado los riesgos de fraude en la publicación de vacantes, mediante el uso indebido del sistema por parte de terceros que inducen a error a los ciudadanos, solicitando pagos o información bajo falsas promesas de empleo.

Esta situación afecta la confianza en el servicio, genera cargas administrativas por la atención de peticiones, quejas y reclamaciones, y expone al sistema a riesgos reputacionales. En consecuencia, se hace necesario fortalecer las acciones de prevención, delimitar responsabilidades dentro de la red de prestadores y establecer lineamientos orientados a mitigar estos riesgos.

OBJETIVOS DE LA HOJA DE RUTA:

- Fortalecer las acciones institucionales para prevenir la publicación de vacantes fraudulentas.

- Delimitar responsabilidades dentro de la Red de Prestadores.

- Reforzar las estrategias de prevención dirigidas a los usuarios del sistema.

DEFINICIONES NORMATIVAS PARA TENER EN CUENTA:

Algunas obligaciones de los Prestadores del SPE:

El Capítulo I y Título I del Anexo Técnico de la Resolución número 3229 de 2022 del Ministerio del Trabajo respecto a los Servicios básicos señala:

Registro de Potenciales Empleadores. Inscripción presencial y/o virtual del potencial empleador, de manera autónoma o asistida por el prestador, que incluye como mínimo: tipo de persona (natural o jurídica); razón social o nombre; número del nit o documento de identificación; datos del representante legal (nombre y correo electrónico); domicilio (ciudad, departamento y país); datos de la persona de contacto (nombre, teléfonos y correo electrónico).

El artículo 2.2.6.1.2.20., del Decreto número 1072 de 2015, modificado por el artículo 7o del Decreto número 1823 de 2020, sobre las obligaciones de los prestadores establece:

(…)7. Verificar que los empleadores que se registran y publican vacantes en el Servicio Público de Empleo estén legalmente constituidos y que no ejerzan o realicen actividades que vayan en contra de la dignidad humana.

El artículo 6o de la Resolución número 0206 de mayo 21 de 2021, por medio del cual se establecen las condiciones de entrega y uso del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo; y se definen las características funcionales y técnicas, así como los mecanismos de interoperabilidad y compatibilidad de los sistemas de información propios de los prestadores con el Sistema de Información del Servicio Público de Empleo, precisa lo siguiente:

"(…) Artículo 6o Obligaciones Frente al Uso del Sistema de Información del Servicio Público de Empleo. Una vez expedido el acto administrativo, el prestador deberá dar cumplimiento a las siguientes obligaciones:

2. La información registrada en el sistema debe ser validada por el prestador para garantizar la veracidad de la misma.

2.1 El prestador es responsable de la información registrada por los usuarios. (…)".

La obligación previamente señalada es extensible a los prestadores del SPE que poseen sistemas de información propios o arrendados.

RECOMENDACIONES GENERALES:

En el marco del servicio de registro de potenciales empleadores y de las obligaciones de los prestadores autorizados, se presentan a continuación recomendaciones para la inscripción y validación de la información registrada en el sistema, tanto de forma autónoma como asistida.

- Verificación de la constitución legal del potencial empleador:

Se recomienda validar la información del empleador mediante los siguientes insumos:

a) Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, con vigencia no mayor a 30 días.

b) Consulta en el Registro Único Empresarial y Social (RUES). https://www.rues.org.co/.

c) Verificación del Número de Identificación Tributaria (NIT) a través de la DIAN. https://www.dian.gov.co / RUT/Trámites y servicios/Rut Consultas.

d) Cumplimiento de lo dispuesto en la Circular Externa número 0026 de 2025, respecto a la conservación de evidencias y soportes verificables del tratamiento de datos personales.

- Alertas en empresas autorregistradas y denominaciones similares a marcas reconocidas:

Para los casos de suplantación que se pueden presentar con denominaciones similares se recomienda activar protocolos de validación ante las siguientes alertas:

a) Nombre comercial similar a una marca reconocida sin vínculo verificable.

b) Uso de correos no corporativos pese a declarar pertenencia a una marca.

c) Inconsistencias entre razón social (RUES/DIAN) y el nombre reportado.

d) Falta de matrícula vigente en RUES con uso de marca reconocida.

e) Sitios web o redes sociales recientes sin respaldo verificable.

f) Personas naturales con nombres homónimos a marcas.

g) Franquicias o distribuidores sin certificación del titular de la marca.

h) Sucursales sin validación de vínculo con la empresa matriz.

- Acciones preventivas y medidas de control:

a) Solicitar pruebas de uso de marca o vínculo corporativo (certificación, contrato, poder).

b) Verificar correo corporativo y exigir comunicación desde dicho dominio.

c) Buscar el nombre de la empresa en internet para detectar posibles fraudes.

d) Requerir certificado de existencia y representación legal actualizado (<30 días).

e) Activar un canal interno de denuncias para sospechas de suplantación.

f) Incluir protocolos de validación en la inducción y reinducción del personal.

g) Recopilar evidencias (capturas, correos, llamadas) para verificaciones futuras.

h) Validar telefónicamente la información con el área de Talento Humano de la empresa.

i) Consultar homonimia en la Ventanilla Única Empresarial (VUE) para verificar registros. https://www.vue.gov.co/tramites-y-consultas/consulta-de-nombre-demarca.

j) Remitir cualquier situación atípica al Ministerio del Trabajo, autoridad competente.

RECOMENDACIONES FINALES PARA LOS PRESTADORES:

Fortalecimiento y difusión de campañas preventivas: Adoptar y difundir permanentemente campañas orientadas a la identificación de fraudes, suplantación de empleadores y vacantes engañosas. Estas campañas deben socializarse con equipos internos, empleadores y buscadores de empleo, integrándose en procesos de inducción, reinducción y actualización operativa del personal de los prestadores.

Consolidación de herramientas de gestión y control preventivo: Utilizar listas de chequeo, matrices de validación, registros de evidencias, protocolos de alerta temprana y trazabilidad de verificaciones para estandarizar criterios, mejorar la calidad de la información y fortalecer auditorías internas.

Enfoque de mejora continua y cultura de prevención: Promover evaluaciones periódicas de los procedimientos de validación y actualizar protocolos conforme a cambios normativos y lecciones operativas, fortaleciendo la protección de los buscadores de empleo y la credibilidad del servicio.

Responsabilidad institucional y trazabilidad: Garantizar que todas las acciones relacionadas con el registro de empleadores y la publicación de vacantes cuenten con soportes verificables y trazabilidad documental, evidenciando el cumplimiento de obligaciones legales y contractuales.

ACCIONES POR PARTE DE UAESPE:

- Emisión de lineamientos institucionales dirigidos a los prestadores: Se deben emanar lineamientos dirigidos a la red de prestadores del Servicio Público de Empleo en la cual se recuerden las obligaciones relacionadas con:

a) La verificación de empleadores.

b) La validación de vacantes.

c) La prevención de fraudes laborales.

- Fortalecimiento del contenido de los actos administrativos de autorización: Se recomienda a la Subdirección de Administración y seguimiento reforzar dentro de los actos administrativos de autorización o renovación de prestadores la referencia expresa a las obligaciones relacionadas con la verificación de empleadores y vacantes. Este fortalecimiento permitirá dar claridad a los prestadores que, en virtud de la normativa vigente, son responsables de garantizar la veracidad de la información publicada dentro del sistema, lo anterior con el acompañamiento de la oficina asesora con funciones jurídicas.

- Reforzamiento del seguimiento institucional frente a reportes de fraude: Cuando se reciban peticiones relacionadas con posibles vacantes fraudulentas, la Subdirección de Administración y Seguimiento continuará aplicando el procedimiento institucional consistente en:

a) Identificar el prestador responsable de la publicación de la vacante.

b) Consolidación de la información respecto a la competencia de la UAESEP con el fin de acompañar a la red de prestadores.

c) Trasladar la solicitud al prestador correspondiente con los soportes de competencia de la UAESEP.

d) Requerir información sobre las acciones de verificación realizadas.

e) Este procedimiento permite garantizar que las solicitudes ciudadanas sean atendidas por la entidad competente dentro de la red de prestadores.

- Fortalecimiento de campañas y medidas de prevención frente a fraudes laborales: La Subdirección de Promoción en acompañamiento de la Oficina Asesora de Comunicaciones deberán promover campañas institucionales orientadas a informar y sensibilizar a la red de prestadores, los ciudadanos y actores del ecosistema sobre la gratuidad de los servicios del Servicio Público de Empleo, los riesgos asociados a posibles fraudes laborales y los canales oficiales para reportar irregularidades.

En el marco de estas campañas, se deberán difundir las siguientes medidas de prevención:

a) Abstenerse de atender correos, mensajes o llamadas que soliciten credenciales, pagos para acceder a vacantes o la descarga de archivos no verificados.

b) Validar siempre el origen del remitente y acceder a las plataformas únicamente a través de las URL oficiales del Servicio Público de Empleo.

c) Confirmar la identidad de empleadores, oferentes o intermediarios antes de realizar cualquier transacción o suministro de información.

d) Identificar señales de alerta como mensajes con carácter urgente ("actúe ahora"), promesas de beneficios desproporcionados o solicitudes de pago para procesos de selección.

e) Rechazar cualquier solicitud de información confidencial por canales no institucionales o no autorizados.

f) Documentar eventos sospechosos mediante evidencias (capturas, correos, números de contacto o transacciones).

g) Reportar de manera inmediata cualquier incidente o intento de fraude a los canales oficiales de la Entidad.

La Subdirección de Desarrollo y Tecnología garantizará:

- Monitoreo, trazabilidad y análisis técnico: la disponibilidad y análisis de los registros de operación de la plataforma (logs), con el fin de:

a) Identificar usuarios involucrados, marcas de tiempo y trazabilidad completa de las interacciones realizadas.

b) Analizar comportamientos atípicos o patrones asociados a posibles fraudes.

c) Emitir conceptos técnicos que permitan a las áreas competentes determinar la naturaleza del incidente y las acciones a seguir.

- Gestión de incidentes de seguridad y posibles vulneraciones: En caso de evidenciar que los hechos reportados no corresponden a actuaciones de usuarios legítimos sino a posibles accesos no autorizados, suplantación o explotación de vulnerabilidades:

a) Se activarán los procedimientos de análisis de seguridad sobre la plataforma y su infraestructura.

b) Se evaluará la existencia de fallas técnicas, brechas de seguridad o configuraciones indebidas.

c) Se coordinará con el proveedor tecnológico la implementación de medidas correctivas, preventivas y de contención necesarias.

d) Se adoptarán acciones orientadas a garantizar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información, así como la continuidad del servicio.

- Fortalecimiento continuo: La Entidad promoverá acciones de sensibilización, ajustes tecnológicos y mejora continua de controles, orientados a mitigar riesgos de fraude en el ecosistema del Servicio Público de Empleo.

Sin otro particular,

El Director General,

Yuberth Antonio Ordoñez Vergara.

El Secretario General,

VoBo. Javier Mauricio García Quiroz

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